Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (09/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

87 NORMAS LEGALES Viernes 9 de junio de 2023 El Peruano / 2023-EF/53.01, sobre los ingresos de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales, alcaldes y regidores municipales, asimismo, desglosa algunas consideraciones a tomar en cuenta sobre si está permitido el incremento de la compensación económica del alcalde y del monto de las dietas de los regidores; Que, según el numeral 28 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal aprobar la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores; asimismo, el artículo 12º de la precitada norma establece que los regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fi jadas por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión, debiendo el referido acuerdo ser publicado obligatoriamente bajo responsabilidad; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, estando a las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, y a la votación por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; SE ACUERDA:Artículo Primero.- DECLARAR fundada la Reconsideración presentada por los Regidores Gladys Sabina Condori Huamán y Yaidrit Florez Arotaype, en contra del Acuerdo de Concejo adoptado en la Sesión de Concejo de fecha 27 de marzo de 2023, sobre la compensación económica del Titular del Pliego y dieta de los Regidores. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO el Acuerdo de Concejo Nº 027-2023-MDM de fecha 27 de marzo de 2023. Artículo Tercero.- RATIFICAR la Compensación Económica del señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Majes, para el periodo municipal 2023 – 2026, ascendiente a la suma de S/. 7,500.00 (Siete mil quinientos con 00/100 soles), suma que deberá considerarse también como monto para la entrega de los aguinaldos por fi estas patrias y navidad respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 413-2019-EF y la Ley Nº 31638. Artículo Cuarto.- RATIFICAR la dieta de los regidores del Concejo Municipal de Majes, durante los ejercicios 2023 – 2026, por su asistencia efectiva a las sesiones de concejo en la suma de S/. 1,335.00 (Mil trescientos treinta y cinco con 00/100 soles), por cada sesión, hasta por un máximo de dos (02) sesiones de concejo abonables por mes. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo, según lo dispuesto en el artículo 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Sexto.- ENCARGAR a Secretaría General la notifi cación del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal; Sub Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización; Sub Gerencia de Administración y Finanzas; y a la Unidad de Recursos Humanos para su conocimiento y fi nes correspondientes. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Unidad de Sistemas e Informática la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Portal de Transparencia de la Entidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JENRY F. HUISA CALAPUJA Alcalde YLICH N. TORRES MARTÍNEZ Secretario General 2185201-1Designan Funcionaria Responsable de Entregar la Información, en cumplimiento al Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 012-2023-MDM Majes, 11 de enero del 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES VISTO:El Proveído Nº 000001-2023/SG/MDM de la Secretaria General; proveído Nª 0000001-2023/GM/MDM de la Gerencia Municipal; Informe Nº 00000026-2023/RRHH/MDM del Encargado de la Unidad de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, consagra la autonomía política, económica y administrativa de las Municipalidades en asuntos de su competencia, en concordancia con lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, ello concordante con el artículo 29º del mismo cuerpo legal. Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, en su artículo primero, establece: “La presente Ley tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú (…)”. Que, el artículo 8º del mismo cuerpo normativo señala que las entidades obligadas a brindar información, son las señaladas en el artículo 2º de la presente Ley. Dichas entidades identi fi carán, bajo su responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar información solicitada en virtud de la presente Ley. Ello en concordancia con lo señalado en el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, en su artículo 3º señala: “Las obligaciones de la máxima autoridad de la Entidad, bajo responsabilidad, son las siguientes: (…) b. Designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público (…)”. Que, asimismo, en su artículo 4º de su Reglamento se señala: “(…) La designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información (…) se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad y será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”. Que, de conformidad a lo dispuesto Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; así como lo señalado en el artículo 20º numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, prescribe que es atribución del Alcalde dictar decretos y resoluciones de Alcaldía con sujeción a las leyes y ordenanzas. Que, a través del Proveído Nº 0000001-2023/GM/MDM de la Gerencia Municipal hace conocer que con el fi n de entregar la información dentro de los plazos establecidos y de acuerdo a Ley, cuya acción correspondería preferentemente a un profesional en Derecho, por lo que recomienda como Responsable de Entregar la Información a la Economista. Magda Guillermina Churata Torres. Asimismo, se cuenta con la opinión favorable sobre la propuesta del per fi l del profesional que asumirá el cargo, ello a través del Informe Nº 0000026-2023/RRHH/MDM del Encargado de la Unidad de Recursos Humanos. Que, estando a las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de