TEXTO PAGINA: 80
80 NORMAS LEGALES Jueves 15 de junio de 2023 El Peruano / Única de Partes de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación el 13 de junio de 2023, por el cual remite copias certi fi cadas de, entre otras, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 482-2023-JNJ, de fecha 09 de junio de 2023. CONSIDERANDO:Que, a través de la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 482-2023-JNJ, de fecha 09 de junio de 2023, se nombraron magistrados en el marco de la Convocatoria Nº 008-2021-SN/JNJ, como Fiscales Adjuntos Provinciales Titulares de Familia de Lima, del Distrito Fiscal de Lima Centro. Que, con fecha 12 de junio de 2023, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó los títulos de nombramiento correspondientes, entre otros, a los abogados Miguel Ángel Alcarraz Rivera y Rodolfo Alca Mariño. Que, el numeral 3 del artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Que, según el numeral 64.2 de la Ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de designar a los fi scales titulares en sus respectivos Despachos Fiscales, para lo cual deberán darse por concluido los nombramientos y/o designación de los fi scales que ocupan provisionalmente sus plazas. Que, estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158° y 159° de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N.º 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Erika Sánchez Esteban, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial de Familia de Lima, así como la adecuación de los mismos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2652-2019-MP-FN y 304-2022-MP-FN, de fechas 20 de septiembre de 2019 y 10 de marzo de 2022, respectivamente. Artículo Segundo .- Dar por concluida la designación del abogado Gustavo Alberto Matos Prado, Fiscal Adjunto Provincial Titular Civil y Familia de Chosica, Distrito Fiscal de Lima, actualmente competencia territorial del Distrito Fiscal de Lima Este, en el Despacho de la Séptima Fiscalía Provincial de Familia de Lima, Distrito Fiscal de Lima, así como la adecuación de la misma, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2284-2019-MP-FN y 304-2022-MP-FN, de fechas 28 de agosto de 2019 y 10 de marzo de 2022, respectivamente. Artículo Tercero .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Liz Margot Torres Uzuriaga, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Chosica, así como la adecuación de esta última, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2284-2019-MP-FN y 135-2021-MP-FN, de fechas 28 de agosto de 2019 y 29 de enero de 2021, respectivamente. Artículo Cuarto .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Miguel Ángel Alcarraz Rivera, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Cuarta Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, así como la adecuación de los mismos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2269-2019-MP-FN y 834-2021-MP-FN, de fechas 27 de agosto de 2019 y 08 de junio de 2021, respectivamente. Artículo Quinto .- Designar al abogado Miguel Ángel Alcarraz Rivera, Fiscal Adjunto Provincial Titular de Familia de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial de Familia de Lima. Artículo Sexto .- Designar al abogado Rodolfo Alca Mariño, Fiscal Adjunto Provincial Titular de Familia de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Séptima Fiscalía Provincial de Familia de Lima. Artículo Séptimo .- Designar al abogado Gustavo Alberto Matos Prado, Fiscal Adjunto Provincial Titular Civil y Familia de Chosica, Distrito Fiscal de Lima, actualmente competencia territorial del Distrito Fiscal de Lima Este, en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Chosica. Artículo Octavo .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro y Lima Este, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2187277-1 Designan Fiscales en el Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1413-2023-MP-FN Lima, 13 de junio de 2023VISTO:El o fi cio Nº 297-2023-PRE/JNJ, suscrito por la abogada Imelda Julia Tumialán Pinto, Presidenta de la