Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (18/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Domingo 18 de junio de 2023 El Peruano / SALUD Aprueban la NTS Nº 204 -MINSA/ DGIESP-2023, “Norma Técnica de Salud “Prevención Combinada del Virus de la Inmunodeficiencia Humana para Poblaciones en Alto Riesgo” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 576-2023/MINSA Lima, 16 de junio del 2023 Visto, el Expediente Nº DGIESP20230000106, que contiene los Memorándums Nº D001284-2023-DGIESP-MINSA, Nº D001645-2023-DGIESP-MINSA y Nº D002060-2023-DGIESP-MINSA, las Notas Informativas Nº D000153-2023-DGIESP-MINSA, Nº D000120-2023-DGIESP-DPVIH-MINSA, Nº D000156-2023-DGIESP-DPVIH-MINSA y Nº D000175-2023-DGIESP-DPVIH-MINSA, y el Informe Nº D000009-2023-DGIESP-DPVIH-MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Publica, y el Informe Nº D000647-2023-OGAJ/MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establecen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla, respectivamente; Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, señala como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas; Que, los literales b) y h) del artículo 5 del acotado Decreto Legislativo, modi fi cado por Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, establecen que son funciones rectoras del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, entre otros; Que, la Ley Nº 26626, que encarga al Ministerio de Salud la elaboración del Plan Nacional de Lucha contra el Virus de Inmunode fi ciencia Humana, el SIDA y las enfermedades de transmisión sexual, en su artículo 1, modi fi cado por Ley Nº 28243, declara de necesidad nacional e interés público la lucha contra el Virus de Inmunode fi ciencia Humana (VIH) y el Síndrome de Inmunode fi ciencia Adquirida (SIDA) y las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS); Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas en Salud Pública en materia de prevención y control de VIH-SIDA, enfermedades de transmisión sexual y hepatitis, entre otras; Que, en ese sentido, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública ha propuesto para aprobación la Norma Técnica de Salud “Prevención Combinada del Virus de la Inmunode fi ciencia Humana para Poblaciones en Alto Riesgo”, cuya fi nalidad es contribuir con la reducción de nuevas infecciones por el virus de la inmunode fi ciencia humana (VIH) en la población dentro del territorio nacional; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; Con el visado de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Dirección General de Operaciones en Salud, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades, del Instituto Nacional de Salud, del Seguro Integral de Salud, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Despacho Viceministerial de Salud Pública y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modi fi cado por los Decretos Supremos Nº 011-2017- SA y Nº 032-2017-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la NTS Nº 204-MINSA/ DGIESP-2023, “Norma Técnica de Salud “Prevención Combinada del Virus de la Inmunode fi ciencia Humana para Poblaciones en Alto Riesgo”, que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO Ministra de Salud 2188285-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a la empresa CYPERSOFT PERU S.A.C. Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 733-2023-MTC/01.03 Lima, 13 de junio de 2023 VISTO, el escrito de registro N° T-212432-2023 mediante el cual la empresa CYPERSOFT PERU S.A.C. solicita otorgamiento de Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el servicio portador local en la modalidad conmutado será el servicio a prestar inicialmente; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones;