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31 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de junio de 2023 El Peruano / Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), como organismo de derecho público cuya fi nalidad es constituirse como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; sus competencias son de alcance nacional y constituye un pliego presupuestario; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, modi fi cada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 009-2021/CEPLAN/PCD, se aprueba la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD “Directiva para la formulación y actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, cuyo objetivo es establecer los lineamientos para la formulación y actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), dentro del marco de una visión compartida y concertada del país con prospectiva de mediano y largo plazo; Que, el literal b) del numeral 7.2 del artículo 7 de la citada Directiva, señala que las políticas nacionales, sectoriales y multisectoriales, en el marco de las Políticas de Estado y de conformidad con la Política General de Gobierno, se concretan en los Planes Estratégicos Sectoriales (PESEM) y los Planes Estratégicos Multisectoriales (PEM). Asimismo, el numeral 7.3 del mencionado artículo precisa que los objetivos de los PESEM, los PEM, los planes de desarrollo concertado y los planes institucionales de cada entidad del sector público se articulan con los objetivos de desarrollo nacional del PEDN y se orientan al logro de la Visión de País; Que, el segundo párrafo de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 095-2022-PCM, que aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050, dispone que los sectores formulan y aprueban su Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) articulados al Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050, en un plazo no mayor de trescientos treinta (330) días calendarios, contados a partir de la entrada en vigencia del citado Decreto Supremo. Dicho plazo fue ampliado hasta el último día útil del mes de diciembre de 2023, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0037-2023/CEPLAN/PCD, Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 009-2023/CEPLAN/PCD, se aprueba la Guía Metodológica para el Planeamiento Estratégico Sectorial, en la que se establece, entre otros aspectos, que la formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) se debe formalizar a través de una Resolución Ministerial que incluya la designación de un grupo de trabajo de naturaleza temporal con funciones especí fi cas, considerando a representantes de las entidades pertenecientes al sector; Que, conforme al numeral 28.1 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modi fi catorias, los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos. Sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros. Que, asimismo, el numeral 28.2 del citado artículo señala que los grupos de trabajo pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual depende. Corresponde a la O fi cina General de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces y a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, validar la legalidad y sustento técnico para su creación, respectivamente; precisando el numeral 28.3 que los grupos de trabajo de naturaleza temporal se extinguen de forma automática cumplidos sus objetivos y su periodo de vigencia, y se formaliza mediante comunicación a la Secretaría de Gestión Pública; Que, mediante Memorándum (OPP) N° OPP009712023, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe ORM N° 012-2023, elaborado por la O fi cina de Racionalización y Métodos, el cual concluye que es viable la propuesta de creación del Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal para formulación del nuevo PESEM del Sector Relaciones Exteriores 2024-2030; Que, en consecuencia, al amparo de dicho marco normativo, es necesario aprobar el inicio del proceso de formulación del PESEM 2024-2030 del Sector Relaciones Exteriores, y crear el Grupo de Trabajo sectorial de naturaleza temporal que tenga a su cargo formular la propuesta de Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Relaciones Exteriores; Con los visados de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Racionalización y Métodos, de la O fi cina de Programación y Presupuesto, de la O fi cina General de Asuntos Legales y de la O fi cina de Asuntos Administrativos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; el Decreto Supremo N° 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 009-2023/CEPLAN/PCD, que aprueba la Guía Metodológica para el Planeamiento Estratégico Sectorial; SE RESUELVE:Artículo 1.- Formulación del PESEM 2024-2030 del Sector Relaciones Exteriores Se aprueba el inicio del proceso de formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Relaciones Exteriores. Artículo 2.- Creación del Grupo de Trabajo Sectorial Se crea el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, denominado “Grupo de Trabajo de Planeamiento Estratégico del Sector Relaciones Exteriores”, en adelante Grupo de Trabajo Sectorial, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, que tiene por objeto formular la propuesta de Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Relaciones Exteriores. Artículo 3.- Conformación del Grupo de Trabajo3.1 El Grupo de Trabajo Sectorial, encargado del proceso de formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Relaciones Exteriores, está conformado por los/as siguientes integrantes: a. El/La Ministro/a de Relaciones Exteriores o su representante, quien lo preside. b. El/La Viceministro/a de Relaciones Exteriores o su representante. c. El/La Secretario/a General del Ministerio o su representante. d. El/La Director/a Ejecutivo/a de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) o su representante. e. El/La Director/a General de la Dirección General de Estudios y Estrategias de Política Exterior. f. El/La Director/a General de la Dirección General de América. g. El/La Director/a General de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos. h. El/La Director/a General de la Dirección General de Europa. i. El/La Director/a General de la Dirección General de Asia y Oceanía. j. El/La Director/a General de la Dirección General de África, Medio Oriente y Países del Golfo. k. El/La Director/a General de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales. l. El/La Director/a General de la Dirección General para Asuntos Económicos. m. El/La Director/a General de la Dirección General de Promoción Económica.