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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (21/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de junio de 2023 El Peruano / los Sectores Estadísticos Agropecuarios; conforme se detalla en los Anexos 1 y 2 que forman parte de la presente Resolución, estando al Formato F1: Padrón de Sectores Estadísticos por Distrito Político contenido en los “Lineamientos Metodológicos de la Actividad Estadística del Sistema Integrado de Estadísticas Agraria - SEIA”, solicitando su actualización debido a la creación de seis (06) nuevos distritos en el año 2022, atendiendo a que se han analizado y actualizado 28 nuevos Sectores Estadísticos en 09 departamentos: Apurímac, Cusco, Huancavelica, Junín, La Libertad, Moquegua, Pasco, Puno y Tacna, correspondiendo actualizar 6872 Sectores Estadísticos existentes; Que, por Resolución Ministerial Nº 0273-2022-MIDAGRI se actualiza el Padrón de los Sectores Estadísticos Agropecuarios por la creación de nuevos Distritos Políticos y el Padrón Nacional de Sectores Estadísticos - SE 2021/2022, con vigencia para la campaña agrícola 2022/2023 que se inició en agosto de 2022 y culmina en julio de 2023; Que, es necesario actualizar el Padrón de los Sectores Estadísticos Agropecuarios, que tendrá vigencia durante la campaña agrícola 2023/2024 que se inicia en agosto de 2023 y culmina en julio de 2024, y aprobar los Anexos 1 y 2, con lo que Resolución Ministerial Nº 0273-2022-MIDAGRI pierde vigencia y debe ser derogada expresamente; Que, la actualización del Padrón Nacional de Sectores Estadísticos (SE) 2022-2023, que constituye el Anexo 2, genera cambios en el correlativo de la lista y, en los códigos de los citados Sectores Estadísticos consignados en el citado Padrón; por lo que se deroga la Resolución Ministerial Nº 0273-2022-MIDAGRI, así como los Anexos 1 y 2 que forman parte de la misma; Con las visaciones del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; del Secretario General; del Director General de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas; y, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1082, Decreto Legislativo que crea el Sistema Integrado de Estadística Agraria conformante del Sistema Estadístico Nacional; el Decreto Supremo Nº 021-2009-AG, que aprueba el Reglamento del Sistema Integrado de Estadística Agraria; la Resolución Ministerial Nº 0035-2013-AG, que aprueba los “Lineamientos Metodológicos de la Actividad Estadística del Sistema Integrado de Estadística Agraria - SIEA”; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y la Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; SE RESUELVE: Artículo 1.- Actualizar el Padrón de los Sectores Estadísticos Agropecuarios por la creación de nuevos Distritos Políticos y el Padrón Nacional de Sectores Estadísticos (SE) 2022/2023, conforme se detalla en los Anexos 1 y 2 que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La presente actualización del Padrón de los Sectores Estadísticos Agropecuarios tiene vigencia durante la campaña agrícola 2023/2024, la cual se inicia en agosto de 2023 y culmina en julio de 2024. Artículo 3.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 0273-2022-MIDAGRI, así como los Anexos 1 y 2 que forman parte de la misma. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en la sede Digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY PAREDES DEL CASTILLO Ministra de Desarrollo Agrario y Riego 2188734-1ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 219-2023-EF/41 Lima, 20 de junio del 2023CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial N° 288-2022-EF/41 se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos, correspondiente al Año Fiscal 2023 y los recursos que lo fi nancian por Fuente de Financiamiento, correspondiente al pliego 009 - Ministerio de Economía y Finanzas, a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Proyecto, Actividad, Categoría de Gasto y Genérica del Gasto; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras, con cargo a su presupuesto institucional, a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del pliego, así como del Jefe de la O fi cina de Administración y del Jefe de la O fi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, dispone que las transferencias fi nancieras en el caso del Gobierno Nacional, se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego y se publican en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante O fi cio N° 000636-2023-CG/GAD, la Contraloría General de la República comunica a la Unidad Ejecutora 012 - O fi cina General de Inversiones y Proyectos, que realizará el Concurso Público de Méritos después de que las Entidades efectúen la transferencia por concepto de retribución económica, del pago del derecho de designación y presenten la información para el Concurso Público de Méritos, por lo que solicita se realice la transferencia fi nanciera de recursos por el monto de S/ 125 666,00 (CIENTO VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES) por concepto de “100% Retribución Económica que incluye IGV” correspondiente a los períodos 2023 y 2024, así como el pago de S/ 6 390,00 (SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES) por concepto de derecho por designación por los períodos 2023 y 2024; Que, de acuerdo al requerimiento mencionado en el considerando precedente, con Memorando N° 0191-2023-EF/48.03, la Unidad Ejecutora 012 - O fi cina General de Inversiones y Proyectos solicita a la O fi cina General de Administración, como responsable de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General, efectuar una modi fi cación presupuestaria por el monto de S/ 132 056,00 (CIENTO TREINTA Y DOS MIL CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES), con cargo al presupuesto de la O fi cina General de Inversiones y Proyectos, previsto en la Actividad 5000829 - Gestión de Proyectos, de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General; Que, con Nota de Modi fi cación Presupuestaria N° 302, la O fi cina General de Administración del pliego 009 - Ministerio de Economía y Finanzas habilita recursos por S/ 132 056,00 (CIENTO TREINTA Y DOS MIL CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES), dentro de la Actividad 5000829 - Gestión de Proyectos, de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General, para atender lo solicitado por la Contraloría General de la República; Que, posteriormente, con Memorando N° 0199-2023- EF/48.03, la Unidad Ejecutora 012 - O fi cina General de Inversiones y Proyectos solicita a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, se gestione la Resolución