TEXTO PAGINA: 30
30 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de junio de 2023 El Peruano / Ante por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación interna del citado instrumento jurídico internacional; Estando al Informe (DGT-EPT) N° 6-2023; y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 56 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y por el primer párrafo del artículo 2 de la Ley N° 26647; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Se rati fi ca el “Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio. Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca” adoptado por la Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio el 17 de junio de 2022, y aprobado mediante la Resolución Legislativa N° 31793, de 19 de junio de 2023, con la siguiente declaración: “La República del Perú declara que, dado que no es Estado parte de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, cualquier mención a dicho tratado y a los espacios marítimos que este consagra en el Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca solamente será aplicable al Perú en aquello que constituya Derecho Internacional consuetudinario o re fl eje principios generales del Derecho. La presente declaración no tiene por objeto modi fi car o excluir los efectos jurídicos de las disposiciones del referido Acuerdo, sino busca dejar constancia de la posición del Perú sobre las cuestiones señaladas”. Artículo 2.- Publicación El Ministerio de Relaciones Exteriores proceda a publicar en el diario o fi cial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el texto íntegro del Protocolo de Enmienda y la fecha de su entrada en vigor. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de junio del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2189167-4 Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Chile RESOLUCIÓN SUPREMA N° 092-2023-RE Lima, 20 de junio de 2023CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 069-2020- RE, de 17 de julio de 2020, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jaime Antonio Pomareda Montenegro, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Chile; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0492- 2020-RE, se fi jó el 1 de setiembre de 2020, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Chile; De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jaime Antonio Pomareda Montenegro, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Chile. Artículo 2.- La fecha de término de sus funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 3.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 4.- Darle las gracias, por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones. Artículo 5.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2189167-5 Aprueban el inicio del proceso de formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Relaciones Exteriores RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0422-2023-RE Lima, 13 de junio de 2023 VISTOS:El Memorándum (OPP) N° OPP00971/2023, de 11 de mayo de 2023, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe ORM N° 012-2023, de la O fi cina de Racionalización y Métodos de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Memorándum (LEG) N° LEG00975/2023, de 23 de mayo de 2023, de la O fi cina General de Asuntos Legales; y CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, determina y regula el ámbito de competencias, las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Relaciones Exteriores, como un organismo del Poder Ejecutivo, cuyo ámbito de acción es el Sector Relaciones Exteriores, con personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, corresponde a los/as Ministros/as de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del