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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2023 (03/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 104

104 NORMAS LEGALES Viernes 3 de marzo de 2023 El Peruano / Para iniciar el trámite se presentará un (1) juego de planos y memoria descriptiva, una vez cali fi cado y aprobado, el interesado deberá presentar dos (2) juegos de planos y memoria descriptiva adicionales. Artículo 9º.- Derecho de trámiteEl procedimiento de visación de planos para fi nes de dotación de servicios básicos, comprendido dentro de los alcances de la presente ordenanza es gratuito. CAPITULO II PROCEDIMIENTO Artículo 10º.- Del procedimiento de visación de planos para fi nes de dotación de servicios básicos. El procedimiento administrativo de visación de planos para fi nes de dotación de servicios básicos es el siguiente: 1. El interesado deberá cumplir con las condiciones y requisitos enumerados respectivamente en el artículo 5º y 8º de la presente ordenanza al momento de la presentación de la solicitud. 2. Para proceder a la solicitud de acuerdo a los establecido en el artículo 4º, las personas naturales o jurídicas bajo cualquier forma asociativa deberán encontrarse posesionados y con vivencia permanente por lo menos del 80% de los posesionarios. 3. El personal de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro procederá a veri fi car en la base de datos catastrales existentes las coordenadas UTM indicadas en los planos presentados por los interesados. En caso de existir observaciones el personal técnico procederá a entregar las coordenadas correspondientes para que sea levantada la observación por el administrado. 4. La documentación técnica a visarse para los fi nes de dotación de servicios básicos en áreas de proceso de consolidación podrá tener una tolerancia máxima permitida para las secciones viales entre lo gra fi cado y lo físicamente existente de +/- 10% 5. En la revisión de las solicitudes la SGOPC, evaluara las condiciones de urbanismo conforme establece el Reglamento Nacional de Edi fi caciones (Secciones vial, componentes viales, porcentaje de pendiente de vía vehicular y vía peatonal, áreas de aportes, lotes mínimos normativos, proporcionalidad de Manzanas y Lotes, accesibilidad vehicular, afectación vial, etc.) 6. Una vez cumplido con lo indicado en el párrafo anterior, la Municipalidad Distrital de Mi Perú dentro del término de treinta (30) días hábiles, y a través de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro emitirán el informe técnico respecto a la procedencia o improcedencia de la visación de planos para fi nes de dotación de servicios básicos solicitada, ante lo cual se procederá de la siguiente manera: a) Cuando el informe técnico resulte procedente, este será comunicado al interesado a fi n de que entregue los dos (02) juegos de planos y memoria descriptiva para su visación correspondiente. b) Cuando el informe técnico resulte improcedente este será comunicado al interesado señalando las causales de tal decisión, con sujeción a los dispuesto en la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General” 7. Una vez que el recurrente cumpla con entregar en forma impresa los antecedentes de la documentación técnica previamente visados por la Municipalidad Provincial del Callao y/o la Municipalidad Distrital de Ventanilla, se procederá a la actualización, estos instrumentos serán elaborados única y exclusivamente por personal de la Subgerencia encargada del presente procedimiento, dentro del término de diez (10) días hábiles, y procederá a la Visación de los planos para la Dotación de Servicios Básicos, así como su respectiva Memoria Descriptiva a la Posesión Informal y/u Organización social solicitante. Debiendo precisar que dicho Acto administrativo será emitido mediante Resolución Gerencial. 8. La Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano se encargará de emitir la Resolución Gerencial que acompañará a los planos visados. Artículo 11º.- Vigencia de la visación de planos para fi nes de dotación de servicios básicos La visación de planos para fi nes de dotación de servicios básicos tendrá una vigencia de doce (12) meses, lo cual será consignado en la resolución gerencial y en los planos visados siendo posible una ampliación de plazo de seis (06) meses por única vez, en caso no haya sido posible su tramitación ante las entidades correspondiente. Artículo 12º.- De la veracidad de la documentación presentada. Las personas naturales o jurídicas ( a través de su representante) asumen plena responsabilidad de los documentos que presentan ante la Municipalidad Distrital de Mi Perú, responsabilizándose administrativa, civil y penalmente por la veracidad de la información proporcionada de conformidad a las acciones que pueden derivarse de estas, reservando a la administración las acciones previstas en el artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, referidas a Fiscalización Posterior. Artículo 13º.- Exclusión de alcances y bene fi cios de la ordenanza Quedan expresamente excluidos de los alcances y bene fi cios de la presente Ordenanza las empresas, consorcios, inmobiliarias y similares destinadas a la comercialización de lotes, así como cualquier otro procedimiento referido a tramites de titulación y/o saneamiento físico legal de predios. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- En concordancia con lo establecido en el artículo tercero, el plazo de vigencia de la presente ordenanza es de doce (12) meses contados a partir del siguiente día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, facultándose al despacho de alcaldía, mediante decreto de alcaldía , emitir las normas reglamentarias necesarias para su mejor aplicación o prorrogar su vigencia. Segunda.- Los planos visados consignaran expresamente en su texto que las mismas solo son válidas para la tramitación de servicios básicos de luz, agua y alcantarillado. Tercera.- Excluir de los alcances de la presente ordenanza a las empresas inmobiliarias destinadas a la comercialización de lotes. Cuarta.- Dejar sin afecto todas las disposiciones municipales que se opongan a la presente ordenanza. Quinta.- Encargar a la Gerencia de Participación Vecinal y Asentamientos Humanos, difundir la presente ordenanza municipal entre las instituciones públicas, privadas y organizaciones de base de la sociedad civil. Sexta.- Encargar a la Secretaria General, cumpla con efectuar la publicación de la ordenanza que aprueba el presente procedimiento en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnología de la Información Estadística su publicación en la página web de la Municipalidad Distrital de Mi Perú: munimiperu.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.IRVIN T. CHAVEZ LEON Alcalde 2156652-1