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100 NORMAS LEGALES Viernes 3 de marzo de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, conforme a lo estipulado en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº30305, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo, la Carta Magna establece en el Artículo 1º que “La defensa de la persona humana y el respeto de sus dignidad son el fi n supremo de la sociedad y del Estado” asimismo, el Artículo 2º precisa que “Toda persona tiene derecho: 22) A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida”; Que, conforme al primer párrafo del artículo 39º y primer párrafo del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº27972, “los Concejos Municipales ejercen funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos. Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales en la materia de su competencia son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna la regulación administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”; Que, conforme al numeral 1.1 del inciso 1) del artículo 85º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 “las municipalidades establecen un sistema de seguridad ciudadana con participación de la sociedad civil y de la policía Nacional, norman los servicios de Serenazgo, vigilancia ciudadana, rondas urbanas, campesinas o similares de nivel o de centros poblados en la jurisdicción provincial de acuerdo a la Ley”; Que, el Decreto Supremo Nº 010-2019-IN, que modi fi ca el Reglamento de la Ley Nº27933. Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por D.S. Nº011-2014-IN, establece en el Artículo 28º, que “Son funciones del CODISEC, las siguientes: Proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana alineado al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo los enfoques de gestión por resultados, intercultural y distrital, y articulado con los instrumentos del SINAPLAN.” Que, el Decreto Supremo Nº 010-2019-IN, que modi fi ca el Reglamento de la Ley Nº27933, señala en el Artículo 46º que “Los Planes de acción de seguridad Ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan el que hacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distrital (...). Los Planes de Acciones Distrital de Seguridad Ciudadana deberán estar alineados Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana”. , Asimismo, el artículo 47º señala que las Secretarias Técnicas de los Comités son las responsables de formular y presentar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana ante los respectivos Comités; estos después de evaluar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana, proponen su aprobación ante los Gobiernos Regionales, Municipalidades Provinciales Distritales, respectivamente, a través del dispositivo legal que corresponda;” Que, mediante Decreto Supremo Nº013-2019-IN, se aprueba el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023, principal instrumento de gestión del Estado Peruano que orienta la implementación de la política pública para fortalecer la seguridad de la población frente a un conjunto de violencias y delitos en el territorio nacional y que incluye medidas que coadyuvaran a reforzar el orden, la paz y la seguridad en el país; Que, con Resolución Ministerial Nº 2056-2019-IN, se aprueba la Directiva Nº011-2019-IN-DGSC respecto a los “Lineamientos Técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana”; Que, en concordancia con la normatividad señalada a Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, presenta el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Mi Perú 2023 ante la Municipalidad Provincial del Callao, la misma que mediante Informe Técnico Nº 001-2023-MPC-COPROSEC-ST, declara viable el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Mi Perú-2023 para su pronta implementación, recomendado proceder a gestionar la Ordenanza Municipal de aprobación correspondiente; Que, es así que la Secretaria Técnica del CODISEC, mediante Informe Nº 001-2023-MDMP-GSCF-CODISEC/ST, presenta la propuesta de Ordenanza que aprueba el PLAN DE ACCION DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ 2023, para su aprobación por parte del Concejo Municipal. Que, mediante Memorando Nº 070-2023-MDMP/ GPPR, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, señala que para el cumplimiento del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2023, se cuenta con el correspondiente presupuesto dentro del Programa Presupuestal 0030-REDUCCION DE DELITOS Y FALTAS QUE AFECTAN LA SEGURIDAD CIUDADANA; Que, mediante el Informe Nº045-2023-MDMP/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego del análisis del caso, emite opinión favorable para la aprobación del proyecto del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de Mi Perú 2023, recomendado su aprobación por parte del Concejo Municipal; Estando a lo expuesto, conforme a lo establecido en el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, con el VOTO UNÁNIME de los miembros del Concejo Municipal, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCION DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ 2023 Artículo Primero.- APRUEBESE el PLAN DE ACCION DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ 2023, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza, y la cual es aplicable en la jurisdicción del distrito de Mi Perú para el ejercicio del año 2023. Artículo Segundo.- DISPONGASE que el PLAN DE ACCION DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ 2023, tiene vigencia a partir del día siguiente de haber sido publicado en el diario “El Peruano”, y hasta culminar el 31 de diciembre del 2023. Artículo Tercero.- ENCARGUESE a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, su implementación y cumplimiento, así como a la Secretaria Técnica del CODISEC Mi Perú, el monitoreo y asesoría para efectos de cumplir las actividades y metas programadas. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente norma en el diario ofi cial “El Peruano”, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística la publicación del mismo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú (www.munimiperu.gob.pe) Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. IRVIN T. CHAVEZ LEON Alcalde 2156636-1 Ordenanza que regula el procedimiento administrativo gratuito de visación de planos para viabilizar la dotación de servicios básicos a posesiones informales de agrupaciones sociales ubicadas en el distrito de Mi Perú ORDENANZA Nº 115-2023-MDMP Mi Perú, 17 de febrero del 2023.EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ