Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2023 (03/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Viernes 3 de marzo de 2023 El Peruano / Distrital de Seguridad Ciudadana de Lince – 2023, para el tramite respectivo; De conformidad con lo establecido en los incisos 8) y 9) del artículo 9°, y el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por MAYORÍA y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE LINCE - 2023 Artículo 1.- APROBAR EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE LINCE (PADSC-2023-Lince), propuesto por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Lince - CODISEC - Lince, cuyo texto en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, en su condición de Responsable de la Secretaría Técnica del CODISEC Lince, además deberá informar trimestralmente al Pleno de Concejo Municipal de Lince, sobre la implementación y cumplimiento de actividades programadas en el presente plan. Artículo 3.- DISPONER que la asignación y previsión presupuestal que irrogue la ejecución del Plan de Acción aprobado en la presente ordenanza, será de responsabilidad de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, en tanto que la ejecución presupuestal será responsabilidad de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas involucradas. Artículo 4.- ENCARGAR a Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza Municipal y su anexo en el Portal Institucional. Artículo 5.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MALCA SCHNAIDERMAN LARA Alcaldesa 2156207-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Aprueban conformación de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de Pueblo Libre RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 076-2023-MPL Pueblo Libre, 24 de febrero de 2023LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE: VISTO, el Informe N° 030-2023-SGGRD-GDUA, de fecha 21 de febrero de 2023, emitido por la Subgerencia de Gestión de Riesgos de Desastres, el Informe Nº 134-2023-MPL—GAJ, de fecha 24 de febrero de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 488-2023-MPL-GM, de fecha 24 de febrero de 2023, remitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, a través de la Ley Nº 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos y preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, el numeral 19.1 del Artículo 19° del Reglamento de la Ley del SINAGERD, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, señala que las Plataformas de Defensa Civil son espacios permanentes de participación, coordinación, convergencia de esfuerzos e integración de propuestas, que se constituyen en elementos de apoyo para la preparación, respuesta y rehabilitación; funcionan en los ámbitos jurisdiccional regionales y locales; la participación de las organizaciones sociales, las organizaciones humanitarias vinculadas a la gestión del riesgo de desastres, apoyan y participan en las Plataformas de Defensa Civil; así como, el Presidente del Gobierno Regional y el Alcalde respectivamente, constituyen, presiden y convocan las Plataformas; Que, con Resolución Ministerial N° 180-2013-PCM se aprueban los “Lineamientos para la organización, constitución y funcionamiento de las Plataformas de Defensa Civil”, dictados por el Instituto Nacional de Defensa Civil, regulando en su Artículo 2º que dichos lineamientos deberán ser aplicados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales bajo el ámbito de la Ley N° 29664 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; Que, conforme al numeral 6.1.3 del Artículo 6º de los referidos Lineamientos, respecto a la constitución de la Plataforma de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital - PDCD, se tiene que el Alcalde constituye, preside y convoca dicha plataforma, conformada por las entidades privadas, organizaciones sociales y humanitarias, entidades públicas con representación en el ámbito provincial, promoviendo su participación en estricta observancia de los derechos y obligaciones que la Ley le confi ere. Asimismo, señala que la Secretaría Técnica de la PDCD será asumida por el Jefe de la O fi cina de Defensa Civil, o quien haga sus veces; además, que participan de forma obligatoria los titulares o representantes con poder de decisión de organizaciones sociales, debidamente reconocidas, que contribuyan a la Gestión Reactiva; Que, mediante Informe N° 030-2023-SGGRD-GDUA, de fecha 21 de febrero de 2023, la Subgerencia de Gestión de Riesgos de Desastres recomienda dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 252-2019-MPL y conformar la nueva Plataforma de Defensa Civil y, además, estando la opinión favorable emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 134-2023-MPL-GAJ de fecha 24 de febrero de 2023; y, En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; RESUELVE:Artículo Primero.- APRUÉBESE la conformación de la PLATAFORMA DE DEFENSA CIVIL del distrito de Pueblo Libre, la que será presidida por la Alcaldesa y estará constituida por cuatro (04) componentes: • Presidente: Alcalde • Secretario Técnico: Subgerente de Gestión de Riesgos de Desastres • Componente Operaciones (Búsqueda y Rescate, Remoción de Escombros; Rehabilitación de los Servicios Públicos Esenciales) 1. Gerencia de Desarrollo Urbano y Ambiente (Coordinador). 2. Representante de SEDAPAL.3. Representante de ENEL.4. Representante de la Cia. CGBVP Magdalena N° 36.5. Representante del Cuartel Bolívar.6. Representante de CALIDDA.7. Representante de Movistar.8. Representante de Claro.