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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2023 (07/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Martes 7 de marzo de 2023 El Peruano / de información catastral en una base digital, a fi n de obtener información destinada a la fi scalización tributaria, a los procesos de plani fi cación y gestión urbana, al análisis del dé fi cit de vivienda, equipamiento, servicios y espacios públicos; Que, mediante Decreto Supremo N° 050-2020-EF se aprobó la operación de Endeudamiento Externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF destinada a fi nanciar el Proyecto de Inversión “Creación del servicio de catastro urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del Departamento de Lima y la Provincia de Piura del Departamento de Piura” (en adelante el Proyecto) en el que el MVCS interviene como Unidad Ejecutora a través del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal -COFOPRI, encargada de plani fi car, dirigir, evaluar y monitorear el Proyecto; Que, COFOPRI en su calidad de Unidad Ejecutora en representación del MVCS del Proyecto sustenta la necesidad de contar con un sistema de información catastral interoperable que permita el empleo de la información catastral para múltiples fi nes, recomendando la adopción del estándar Land Administration Domain Model -LADM, modelo conceptual sustentado en la Norma ISO 19152:2012; Que, la Norma ISO 19152:2012, de fi ne al LADM como un modelo conceptual y semántico de la realidad del territorio, que tiene entre otros objetivos, el de orientar el diseño y desarrollo de la base de datos y del sistema informático de fi nitivo de administración de información catastral urbana, y facilitará el intercambio de datos catastrales entre diversos actores y su combinación con otras fuentes de información; Que, de acuerdo a la evaluación de la propuesta técnica presentada por COFOPRI se coincide en la necesidad de promover y establecer mecanismos de intercambio de información proveniente de los procesos del catastro urbano que las municipalidades y otras entidades públicas realizan, la cual deberá ser estandarizada e interoperable con el propósito de facilitar su gobernanza y modelización que permita proveer de datos y desarrollar relaciones comunes entre los sistemas que van a interactuar con la información de la ciudad y el territorio. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación Aprobar la adopción del estándar LADM, basado en la Norma ISO 19152:2012, para el uso e intercambio de información catastral para la interoperabilidad del Catastro Urbano Nacional. Artículo 2.- Adaptación e Implementación La adaptación al Modelo LADM-Perú y su implementación se darán de manera progresiva para las entidades y gobiernos locales en la gestión de los catastros urbanos locales a nivel nacional conforme lo establezca el Procedimiento de Implementación respectivo, iniciándose en los distritos priorizados en el marco del Proyecto de Inversión “Creación del servicio de catastro urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del Departamento de Lima y la Provincia de Piura del Departamento de Piura”. Artículo 3.- Procedimiento de Implementación La Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo en coordinación con la Unidad Ejecutora 003-COFOPRI elaborará y aprobará el procedimiento de implementación del modelo LADM - Perú para la interoperabilidad de la información catastral urbana en un plazo no mayor de ciento veinte días calendario contado a partir de la vigencia de la presente Resolución Directoral. Artículo 4.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el Portal Web Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda ), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE ANTONIO CERRON VALDIVIA Director GeneralDirección General de Políticas yRegulación en Vivienda y Urbanismo 2157652-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS Designan Asesor de la Alta Dirección en el Despacho de la Gerencia General de SUTRAN RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° D000036-2023-SUTRAN-CD Lima, 6 de marzo de 2023 VISTA: La propuesta formulada por el Superintendente de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29380 se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesor de la Gerencia General de Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, por lo que corresponde designar a la servidora que ocupe dicho cargo; Que, en atención a la propuesta formulada por el Superintendente de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, resulta conveniente designar a la señora Ana Victoria Verástegui Palomino, en dicho cargo; Que, siendo el Consejo Directivo el órgano máximo de la Entidad, le corresponde designar y remover a los funcionarios que ocupan los cargos de con fi anza de la SUTRAN, así como expedir resoluciones en el ámbito de su competencia, conforme lo establecido en los incisos d) e i) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2015-MTC; De conformidad con la Ley N° 29380, Ley de creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2015-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora Ana Victoria Verástegui Palomino, en el cargo de con fi anza de Asesor de la Alta Dirección en el Despacho de la Gerencia General de Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN. Artículo 2.- Comunicar la presente Resolución a la Superintendencia, a la O fi cina de Administración y a la señora Ana Victoria Verástegui Palomino, para su conocimiento y fi nes.