Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2023 (07/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Martes 7 de marzo de 2023 El Peruano / comercio, industriales y/o de servicios de manera previa a la apertura, o instalación de establecimientos. 5. AUTORIZACIÓN CONEXA.- Permiso que otorga la municipalidad relacionada a una licencia de funcionamiento, solicitada por su titular o un tercero cesionario. 6. BODEGA.- Negocio desarrollado a nivel de micro y pequeña empresa, que consiste en la venta al por menor de productos de primera necesidad, predominantemente alimentos y bebidas, destinados preferentemente a satisfacer los requerimientos diarios de los hogares, y que se realiza en parte de una vivienda y con las características establecidas en la presente ordenanza. 7. BODEGUERO.- Persona natural o jurídico, titular de la bodega. 8. CAMBIO DE GIRO.- Procedimiento a través del cual, toda persona natural o jurídica que cuenta con licencia de funcionamiento para establecimientos cali fi cados con nivel de riesgo bajo o medio, y que decide cambiar de giro de negocio, puede realizar en el establecimiento obras de refacción y/o acondicionamiento, a fi n de adecuar sus instalaciones al nuevo giro, sin afectar las condiciones de seguridad, ni incrementar la clasi fi cación del nivel de riesgo a alto o muy alto. 9. CAPACIDAD DE ATENCION.- Cantidad máxima de personas que puede atender un establecimiento según consideraciones de normas sectoriales y/o Reglamento Nacional de Edi fi caciones. 10. CERTIFICADO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES.- Documento en el cual consta que el establecimiento objeto de inspección cumple con las Condiciones de Seguridad. 11. CESE DE ACTIVIDADES.- Procedimiento a través del cual, toda persona natural o jurídica, solicita dejar sin efecto la licencia de funcionamiento otorgada. 12. CESIONARIO.- Persona natural o jurídica autorizada para realizar giros a fi nes o complementarios entre sí y/o actividades simultáneas y adicionales en un establecimiento que ya cuenta con Licencia de Funcionamiento, siempre que sean compatibles con la zonifi cación e índice de usos. 13. CONSUMIDOR FINAL.- Las personas naturales o jurídicas que adquieren, utilizan o disfrutan como destinatarios fi nales productos o servicios materiales e inmateriales, en bene fi cio propio o de su grupo familiar o social, actuando así en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional. 14. COMPATIBILIDAD DE USO.- Evaluación que realiza la entidad competente con el fi n de veri fi car si el tipo de actividad económica a ser desarrollada por el interesado resulta o no compatible con la categorización del espacio geográ fi co establecido en la zoni fi cación vigente. 15. CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES DE SEGURIDAD.- Estado o situación del Establecimiento Objeto de Inspección en el que se tienen controlados los riesgos vinculados a la actividad que se desarrolla en este, para lo cual se cuenta con los medios y protocolos correspondientes. 16. DECLARACIÓN JURADA.- Formato o documento a través del cual el administrado declara bajo juramento cumplir con los requisitos establecidos en las normas vigentes, con el cual inician el trámite de los procedimientos administrativos regulados en la presente ordenanza. 17. DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LA EDIFICACIÓN.- Documento mediante el cual el administrado mani fi esta bajo juramento que el Establecimiento Objeto de Inspección cumple con las condiciones de seguridad y que se obliga a mantenerlas. 18. DECLARACION JURADA DE SOLICITUD DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO.- Documento de entrega gratuita, mediante el cual el administrado bajo juramento consigna los datos para la solicitud de su Licencia de Funcionamiento. 19. ESTABLECIMIENTO.- Inmueble, parte del mismo, o instalación determinada con carácter de permanente, en la que se desarrollan las actividades económicas con o sin fi nes de lucro.20. GALERÍA COMERCIAL.- Unidad inmobiliaria que cuenta con bienes y servicios comunes y agrupa establecimientos, módulos o stands en la que se desarrollan actividades económicas similares. No se encuentran incluidos los centros comerciales. 21. GIRO.- Actividad económica especí fi ca de comercio, industria y/o de servicios. 22. GIRO AFÍN O COMPLEMENTARIO.- Cualquier actividad económica que los administrados (titular de la licencia o tercero cesionario) realizan o pretenden realizar dentro de un mismo establecimiento y que puede coexistir sin afectar el normal funcionamiento de otro giro. 23. INDICE DE USOS.- Documento técnico que conforma parte integrante del Reglamento de Zoni fi cación que clasi fi ca y tipi fi ca los usos comerciales y de servicios en cada zoni fi cación declarando su conformidad o no según la clasi fi cación de la zona. 24. INFORME DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES.- Documento en el que se consigna la evaluación y el resultado favorable o desfavorable de la inspección técnica de seguridad en edificaciones (ITSE), el mismo que es emitido por el inspector(a) o grupo inspectores y se entrega en copia al administrado al concluir la diligencia de inspección. 25. INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES (ITSE).- Actividad mediante la cual se evalúan el riesgo y las condiciones de seguridad de la edificación vinculada con la actividad que desarrolla, se verifica la implementación de las medidas de seguridad con el que cuenta y se analiza la vulnerabilidad. La Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, para ejecutar la ITSE debe utilizar la matriz de riesgos, aprobada por la entidad competente en la materia, para determinar si la inspección se realiza antes o después del otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento. 26. LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO.- Es la autorización que otorgan las municipalidades para el desarrollo de actividades económicas en un establecimiento determinado, en favor del titular de las mismas. 27. LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO TEMPORAL. - Autorización que otorga la municipalidad para la realización de actividades con o sin fines de lucro por tiempo determinado a solicitud expresa del solicitante. 28. MATRIZ DE RIESGOS.- Instrumento técnico para determinar el nivel de riesgo existente en la edi fi cación, en base a los criterios de riesgos de incendio y de colapso en la edi fi cación vinculadas a las actividades económicas que desarrollan para su clasi fi cación; con la fi nalidad de determinar si se realiza la inspección técnica de seguridad en edi fi caciones antes o después del otorgamiento de la licencia de funcionamiento. 29. MERCADO DE ABASTO.- Local cerrado en cuyo interior se encuentran distribuidos puestos individuales de venta o de prestación de servicios en secciones o giros defi nidos, dedicados al acopio y expendio de productos alimenticios y otros tradicionales no alimenticios mayoristas y minoristas, incluye los mercados de productores agropecuarios. 30. MÓDULO O STAND.- Espacio acondicionado dentro de las galerías comerciales y centros comerciales en el que se realizan actividades económicas y cuya área no supera los cien metros cuadrados (100 m2). 31. TERCERO CON LEGITIMO INTERES.- Aquella persona que demuestre ser propietario, o poseedor por más de diez (10) años (sin estar involucrado en ninguna clase de litigio sobre el inmueble), del establecimiento que cuenta con licencia de funcionamiento 32. PUESTO.- Espacio acondicionado dentro de los mercados de abastos en el que se realizan actividades económicas con un área que no excede los treinta y cinco metros cuadrados (35 m2) y que no requieren contar con una inspección técnica de seguridad en edifi caciones antes de la emisión de la licencia de funcionamiento. 33. ZONIFICACIÓN.- Conjunto de normas técnicas urbanísticas por la que se regula el uso del suelo.