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31 NORMAS LEGALES Domingo 12 de marzo de 2023 El Peruano / día, mediante la cual renuncia al cargo de fi scal adjunta provincial mixta del Santa, Distr ito Fiscal del Santa, por motivos personales, solicitando que su renuncia se haga efectiva a partir del día 06 de marzo de 2023; para luego, pedir la variación de la fecha de su renuncia y que la misma se haga efectiva el día 02 de marzo de 2023, en atención a la expedición de la Resolución Administrativa Nº 000171-2023-P-CSJLS-PJ, con la que fue designada como jueza supernumeraria en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, documentos que fueron puestos a conocimiento de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Santa con O fi cio Nº 000848-2023-MP-FN-PJFSSANTA, de fecha 07 de marzo de 2023. Conforme lo dispuesto en el artículo 183º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acreditan la misma. En esa línea, en el artículo 185° de la norma acotada, se establece que la renuncia será presentada con una anticipación no menor de treinta (30) días calendarios. Asimismo, según el artículo 106° de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, el cargo de fi scal culmina con la renuncia desde la fecha en que es aceptada. De la Resolución Nº 260-2014-CNM, de fecha 12 de setiembre de 2014, se advierte que el extinto Consejo Nacional de la Magistratura, expidió el título de fi scal adjunta provincial mixta del Santa, del Distrito Fiscal de Santa, a favor de la abogada Nancy Guadalupe Fabian. Con el O fi cio Circular Nº 001-2022-MP-FN- PJFS, de fecha 20 de abril de 2022, se precisan los lineamientos para la presentación y trámite de las cartas de renuncias formuladas por los fi scales titulares y provisionales, aprobado mediante Acuerdo de Junta de Fiscales Supremos Nº 6048, indicándose en el punto 3 que: “La Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal o la Coordinación Nacional correspondiente, en el documento de elevación de las cartas de renuncia, debe expresar su conformidad sobre la misma, en señal de que reúne toda la información necesaria, especi fi cada en el punto anterior y porque estos órganos se encuentran en mejor posición para determinar la preservación del cumplimiento de las actividades institucionales respecto a la oportunidad de ausencia de un fi scal por renuncia”. Con el O fi cio Nº 000751-2023-MP-FN-PJFSSANTA, de fecha 27 de febrero de 2023, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Santa expresó la no conformidad al pedido formulado por la magistrada aduciendo que ello se debía a la excesiva carga laboral existente, al alto índice de retraso en la fi scalía provincial mixta del Santa y el reducido número de personal fi scal con el que cuenta; de allí que mediante O fi cio Nº 000754-2023-MP-FN- PJFSSANTA, de fecha 27 de febrero de 2023, se puso en conocimiento de la citada abogada que no se le exoneraría del plazo de los 30 días calendario, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 185° del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. No obstante, la abogada en mención, mediante escrito s/n de fecha 02 de marzo de 2023, solicitó la variación de la efectividad de su renuncia para el 2 de marzo de 2023. Posteriormente, mediante O fi cio Nº 042-2023-MP- FN-DFS-FPMS y O fi cio Nº 000857-2023-MP-FN- PJFSSANTA, de fechas 07 y 08 de marzo de 2023, el Fiscal Adjunto Provincial titular de la Fiscalía Provincial Mixta del Distrito Fiscal del Santa y la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivamente, informaron que la abogada renunciante había laborado hasta el día 02 de marzo de 2023, precisando que no había hecho entrega de cargo y que, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Presidencia Nº 542-2023-MP-FN-PJFSSANTA, se le había concedido licencia con goce de haber por onomástico por el día 03 de marzo de 2023. En el caso concreto, el pedido de la solicitante no contaba con el visto bueno de su jefe inmediato, ni con la conformidad respecto a la fecha de efectividad de su renuncia por parte de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Santa tal como quedó acreditado a través de la remisión del Ofi cio Nº 000754-2023-MP-FN-PJFSSANTA, de fecha 27 de febrero de 2023. Por tanto, no podía dar por aceptada la exoneración del plazo de la renuncia si esta es una decisión discrecional del empleador, conforme lo establecido en el artículo 185° del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Por lo expuesto, y conforme al Informe Nº 000624-2021-MP-FN-OGASEJ, en el que se concluyó que la Junta de Fiscales Supremos conoce la renuncia de los señores fi scales titulares aceptándola desde su presentación formal o dentro del periodo de los treinta días posteriores al inicio del requerimiento, encontrándose a discrecionalidad de dicho órgano, corresponde aceptar la renuncia formulada, la misma que se hará efectiva a los 30 días calendarios posteriores de la fecha de presentación de la misma, esto es, al 26 de marzo de 2023. En mérito a las circunstancias expuestas, la Junta de Fiscales Supremos, mediante Acuerdo Nº 6310, adoptado en sesión ordinaria de fecha 09 de marzo de 2023, acordó por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aceptar la renuncia formulada por la abogada Nancy Guadalupe Fabian, al cargo de fi scal adjunta provincial mixta del Santa, Distrito Fiscal del Santa, desde el día 26 de marzo de 2023. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada NANCY GUADALUPE FABIAN, al cargo de fi scal adjunta provincial mixta del Santa, Distrito Fiscal del Santa, desde el día 26 de marzo de 2023. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, los o fi cios remitidos por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Santa, como del Fiscal Adjunto Provincial titular de la Fiscalía Provincial Mixta del Distrito Fiscal del Santa, que dan cuenta que la abogada NANCY GUADALUPE FABIAN, ha laborado hasta el 02 de marzo de 2023, a fi n de que proceda conforme a sus atribuciones. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Nancy Guadalupe Fabian, que deberá efectuar la entrega de cargo conforme a las disposiciones de la materia, bajo responsabilidad funcional; y en caso de incumplimiento, se remitirán los actuados a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, para que proceda conforme a sus atribuciones. Artículo Cuarto.- Remitir la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fi nes pertinentes. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento de la presente resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Santa, a la Gerencia General, a la O fi cina General de Potencial Humano, a la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, así como a la interesada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la NaciónPresidenta de la Junta de Fiscales Supremos 2159516-1 Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial de prevención del delito de Loreto, Distrito Fiscal de Loreto RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 024-2023-MP-FN-JFS Lima, 9 de marzo de 2023