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7 NORMAS LEGALES Viernes 24 de marzo de 2023 El Peruano / a) Asumir las funciones de representación que se requieran en el marco del proceso de adhesión a la OCDE y manejar los asuntos operativos que surjan en relación con la implementación de dicho proceso. b) Coordinar con la OCDE, los representantes de sus Estados miembros, con organismos económicos y fi nancieros internacionales, entidades de cooperación internacional y con la Comisión Multisectorial, en relación con el proceso de adhesión del Perú a la OCDE. c) Coordinar, en apoyo a la labor de la Comisión Multisectorial, con las autoridades y/o funcionarios de los otros poderes del Estado, organismos constitucionalmente autónomos, sectores y/o entidades públicas o privadas, en asuntos relacionados al proceso de adhesión del Perú a la OCDE, con la fi nalidad de impulsar e fi cazmente el proceso. d) Hacer seguimiento en las instancias correspondientes del Poder Legislativo, a las reformas legislativas necesarias para el proceso de adhesión a la OCDE. e) Solicitar a los titulares y demás funcionarios de las diferentes entidades públicas la información necesaria para el desarrollo de sus actividades. f) Informar trimestralmente a la Comisión Multisectorial sobre los avances del proceso de adhesión del Perú a la OCDE, así como cuando le sea requerido. 11.2 El/La Alto/a Representante contará con el apoyo y soporte que sean necesarios por parte de la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 12. Participación de la Embajada del Perú en la República Francesa La Embajada del Perú en la República Francesa, en el marco del proceso de adhesión del Perú a la OCDE, brinda el apoyo necesario al/ a la Alto/a Representante y a la Comisión Multisectorial, a través de la Secretaria Técnica; y ejerce las funciones de representación que pudieran requerirse ante dicho Organismo Internacional con sede en París, Francia. Artículo 13. Líderes de Sectores y de Entidades públicas 13.1 Con el fi n de fortalecer la coordinación de las acciones del Estado para el proceso de adhesión del Perú a la OCDE, la Comisión Multisectorial requiere a los sectores y/o entidades públicas involucradas en el proceso de adhesión, la designación de un/a líder responsable de coordinar al interior de su sector o entidad, respecto a los avances en el proceso de adhesión del Perú a la OCDE; así como, de informar al Alto Representante y a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de lo requerido en el marco de dicho proceso. 13.2 Respecto de los otros poderes del Estado y organismos constitucionalmente autónomos, la Comisión Multisectorial solicita la designación de un/a líder responsable de coordinar al interior de su entidad, respecto a los avances en el proceso de adhesión del Perú a la OCDE; así como, de informar al Alto Representante y a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de lo requerido en el marco de dicho proceso. 13.3 El/la líder es designado/a mediante Resolución del Titular de la Entidad en el plazo máximo de diez (10) días hábiles de efectuado el requerimiento. Una vez efectuada dicha designación, es comunicada a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial. 13.4 En caso de remoción del/de la líder designado/a, la nueva designación sigue el procedimiento y plazo del numeral precedente, contado a partir de la fecha de cese correspondiente. 13.5 El/la líder debe contar con dominio del idioma inglés y/o francés en nivel avanzado. Artículo 14. Financiamiento de los sectores y entidades vinculados al proceso de adhesión del Perú a la OCDE Los gastos para las acciones de los sectores y entidades vinculados al proceso de adhesión del Perú a la OCDE se fi nancian con cargo al presupuesto institucional de cada pliego, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 15. Publicación El presente Decreto Supremo es publicado en la Plataforma Digital única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) , así como en las sedes digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.gob.pe/rree) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 16. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Relaciones Exteriores y el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Reglamento Interno La Comisión Multisectorial aprueba su reglamento mediante Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su instalación. SEGUNDA. Transferencia de acervo de documentario Como consecuencia de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Derogatoria, todo el acervo documentario, así como la información generada en el marco de la vigencia del Decreto Supremo N° 086-2015-PCM, debe ser enviada a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial creada en el artículo 2 del presente Decreto Supremo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEROGATORIAS PRIMERA. Derogar el Decreto Supremo N° 086- 2015-PCM, “Declaran de interés nacional las acciones, actividades e iniciativas desarrolladas en el marco del proceso de vinculación del Perú con la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) e implementación del Programa País y crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para promover las acciones de seguimiento del referido proceso”. SEGUNDA. Derogar la Resolución Ministerial N° 043-2016-PCM, que aprueba el Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para promover las acciones de seguimiento del proceso de vinculación del Perú con la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) e implementación del Programa País, creada con el Decreto Supremo N° 086-2015-PCM. TERCERA. Derogar Resolución Suprema N° 126- 2017-PCM, que conforma la Delegación Especial para el proceso de vinculación con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2163381-2