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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2023 (24/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Viernes 24 de marzo de 2023 El Peruano / Phyllum: Artropoda* Clase: Chilopoda Nombre Cientí fi coDerecho de Aprovechamiento por ejemplar S/.Ámbito geográ fi co fuera de ANP**Época de CapturaMétodos de Captura Demás especies dentro de la clase Chilopoda “Ciempiés”1.65 Todas las ProvinciasTodo el añoTrampas de Caída Pitfall; Colecta manual.(*) Excepto bosques de neblina (**) ANP: Áreas Naturales Protegida por el Estado(***) Solo adultos(****) Por recomendación de la autoridad cientí fi ca CITES, no se autoriza la exportación de especímenes de la especie Dynastes satanas , hasta que se corrobore su distribución en el Perú. Todos los especímenes deben ser adultos (no larvas, no pupas) ECONOMÍA Y FINANZAS Designan Jefe de la Oficina de Normalización Previsional - ONP RESOLUCIÓN SUPREMA N° 001-2023-EF Lima, 23 de marzo de 2023CONSIDERANDO: Que, la O fi cina de Normalización Previsional – ONP es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Economía y Finanzas; Que, mediante Resolución Suprema Nº 018-2022-EF se designa al señor Luis Guillermo Grimaldo Parra Casas como Jefe de la O fi cina de Normalización Previsional – ONP; Que, el señor Luis Guillermo Grimaldo Parra Casas ha presentado su renuncia al referido puesto, por lo que resulta necesario aceptarla, y designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Estatuto de la O fi cina de Normalización Previsional, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-95-EF; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Luis Guillermo Grimaldo Parra Casas al puesto de Jefe de la Ofi cina de Normalización Previsional – ONP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Víctorhugo Montoya Chávez como Jefe de la O fi cina de Normalización Previsional – ONP. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2163381-3ANEXO N° 02 Calendario Regional de Captura Comercial de Especies de Fauna Silvestre (Vertebrados) no amenazados para el ámbito territorial de competencia de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Cusco, fuera de las Áreas Naturales Protegidas por el EstadoClase OrdenFamiliaNombre cientí fi coNombre Común Época ExtracciónCuota por especie (anual)Ámbito geográ fi coDerecho de aprovechamiento por ejemplarSistema de Identi fi cación IndividualMétodo de capturaAves PasseriformesThraupidaeSporophila luctuosaEspigueroSeptiembre- Marzo500Todas las provincias4.40 AnilladoTrampas con redes.Mamíferos RodentiaLeporidaeLepus euro- paeusLiebre europea Enero-Diciembre LibreTodas las provincias0 AretadoTrampas tipo jaula Prohibiciones relacionadas con la captura comercial de fauna silvestre Está prohibido:1. El uso de lazos y otros implementos corredizos que puedan mutilar a la fauna silvestre capturada 2. El uso de ganchos, que causen heridas a los animales.3. La captura directamente en los nidos de las aves, cuando estas se encuentran incubando.4. En el caso de mamíferos, no se autoriza la captura de hembras grávidas o que muestren signos evidentes de estar alimentando a sus crías. 5. El uso de insecticidas o métodos de captura que contaminen o afecten el medio silvestre y a otras especies diferentes a las autorizadas. 6. Utilizar sustancias explosivas o tóxicas, incendiar los bosques, malezas, matorrales o refugios para conseguir la captura de la fauna silvestre. 7. Afectar a otras especies que comparten el hábitat con la especie o especies a capturar. 2163149-1