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66 NORMAS LEGALES Jueves 30 de marzo de 2023 El Peruano / Artículo 12°.- Inscripción y Acreditación de Agentes Participantes Corresponde a la Subgerencia de Participación Ciudadana, Bienestar Social, DEMUNA, CIAM y OMAPED aperturar el libro de Agentes Participantes, y realizar el proceso de inscripción y registro de organizaciones de la sociedad civil u otros agentes que participan en el proceso del Presupuesto Participativo. El libro de Registro de Agentes Participantes del Presupuesto Participativo, está compuesto por todas las organizaciones de sociedad civil, mesas y espacio de concertación, instituciones sociales, ciudadanos y cualquier agrupación social representativa de la localidad que se inscriba para el proceso del Presupuesto Participativo. El registro de los agentes participantes deberá contener la información mínima siguiente: Nombres y Apellidos, DNI, cargo, organización a la que representa, sexo, tipo de organización, N° de asociados de la organización que representa. Artículo 13°.- Publicación de Agentes Participantes La Municipalidad Distrital de Santa Anita, publicara en la página Web de la Institución (www.munisantanita.gob.pe) la lista de Agentes Participantes, a quienes se les otorgara una credencial para los talleres de Capacitación y Trabajo del Proceso del Presupuesto Participativo. Artículo 14°.- Atribuciones y Responsabilidades de los Agentes Participantes. 14.1 Los Agentes Participantes deberán asistir de manera obligatoria a los Talleres de Capacitación y Trabajo del Proceso de Presupuesto Participativo, teniendo en cuenta lo siguiente: 14.1.1 La participación debe ser activa y responsable 14.1.2 El dialogo entre los Agentes Participantes y Equipo Técnico Municipal deberá ser alturado 14.2 Antes de asistir y en el curso de los Talleres, los Agentes Participantes, deberán sostener reuniones de trabajo con la población a la que representan, a fi n de que: 14.2.1 Informarles acerca del Proceso Participativo. 14.2.2 Establecer las prioridades del sector o territorio que representan 14.2.3 Trasladar a los Talleres del Proceso del Presupuesto Participativo, los resultados propuestos y recogidos de sus reuniones de trabajo o asambleas. 14.2.4 Cada Agente Participante es responsable por las propuestas que presente, en el marco del Proceso de Presupuesto Participativo y el Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC) vigente. 14.3 Si durante los talleres algún Agente Participante incurre en las siguientes faltas: • Agresión verbal que pudiera producirse entre actores del Presupuesto Participativo • Interrumpir de manera constante la intervención de otros Agentes Participantes Se aplicarán sanciones según la gravedad o reiteración de las faltas: • Si es primera vez, el responsable de la conducción de los talleres llamará al orden al agente participante que altere el normal desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo, invitándolo a guardar orden en el citado proceso. • Si es segunda vez, el responsable de la conducción de los talleres, hará notar la falta verbalmente al Agente Participante que incurrió en ella, haciéndolo constar en Actas. • Si ocurre en una tercera oportunidad, se le invitará al Agente Participante para que se retire del taller, dejando la debida constancia en actas, lo cual será comunicado por escrito a la organización que representa, a fi n que designe a un nuevo representante. • La aplicación de las sanciones previstas se aplican progresivamente, conforme al comportamiento de cada agente participante en cada uno de los talleres; debiéndose precisar que las sanciones antes mencionadas son acumulativas de un taller a otro. En los siguientes casos la sanción a aplicar será la cancelación de la acreditación de la organización en el proceso, sin ser necesaria la reiteración: • Asistir a los talleres de trabajo en evidente estado etílico o alterado por consumo de drogas. • Agresión física que pudiera producirse entre los actores del Presupuesto Participativo. Artículo 15°.- Capacitación de Agentes Participantes Se desarrollan Talleres de Capacitación a los Agentes Participantes acreditados, con la fi nalidad de dar a conocer la normativa básica y el manejo de los instrumentos de reconocimiento y priorización de problemas del distrito de Santa Anita, relacionado a los temas: Presupuesto Participativo Basado en Resultados, el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte .pe), Plan de Desarrollo Concertado, Mecanismos de Participación Ciudadana, entre otros de interés para el proceso de presupuesto participativo. CAPÍTULO II FASE DE CONCERTACIÓN Artículo 16° Lineamientos Generales de la Fase de Concertación. Comprende el trabajo concertado del Equipo Técnico Municipal y la Sociedad Civil para la identi fi cación de los principales problemas del distrito de Santa Anita, evaluación técnica de las posibles soluciones y la priorización de proyectos propuestos en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe), que contribuyan al logro de resultados a favor del Distrito de Santa Anita. Artículo 17°.- Taller de Identi fi cación y Priorización de Resultados. El Alcalde y el Equipo Técnico Municipal convocan a los talleres de trabajo que se realizarán, los cuales consideran las siguientes etapas: 17.1 Primera Etapa: se presentan la Visión y los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC) vigente del distrito de Santa Anita, su avance de ejecución y logros de resultados. Adicionalmente, en esta etapa se informa el porcentaje de la asignación presupuestaria que será destinada al Presupuesto Participativo del año fi scal correspondiente, asimismo se informará el cronograma del proceso de Presupuesto Participativo del ejercicio. 17.2 Segunda Etapa: el Equipo Técnico Municipal presenta el Diagnóstico Territorial del distrito, el cual sirve de base para realizar el análisis, identi fi cación y priorización de resultados, identi fi cando los resultados especí fi cos en términos de mejoras en el bienestar del ciudadano a fi n de permitir una adecuada asignación de los recursos públicos y priorizar los principales problemas que afectan al distrito. 17.3 Tercera Etapa: se efectuará la identi fi cación y priorización de proyectos propuestos para el año fi scal correspondiente, para lo cual se asignarán puntajes a cada criterio para poder priorizar los resultados a ser abordados; estos resultados priorizados orientarán la evaluación técnica a realizarse por el Equipo Técnico Municipal y a la de fi nición de priorización de proyectos, siendo algunos de los criterios siguientes: 17.3.1 Consistencia con los Ejes de los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC) vigente 17.3.2 Nivel de población bene fi ciada con relación al total de la población del Distrito 17.3.3 Correspondencia con necesidades básicas insatisfechas.