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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2023 (30/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Jueves 30 de marzo de 2023 El Peruano / Séptima Sala Contenciosa Administrativa: Sr. Richard Milton Méndez Suyon (T)Presidente Sra. Patricia Lazarte Villanueva (P) Sr. Juan Carlos Montoya Muñoz (P) Artículo Décimo Segundo.- REASIGNAR a los siguientes magistrados a partir del 30 de marzo del 2023: - Al magistrado EDWIN BAUTISTA DIPAZ, Juez Provisional del Vigésimo Tercer Juzgado Contencioso Administrativo como Juez Provisional del Décimo Noveno Juzgado Contencioso Administrativo, por la promoción de la magistrada Patricia Lazarte Villanueva. - A la Abogada SUSANA IVONNE SINCHITULLO ROSALES, Jueza Supernumeraria del Noveno Juzgado Contencioso Administrativo de Lima como Jueza Supernumeraria del Décimo Cuarto Juzgado de Trabajo de Lima, por la promoción del magistrado Segundo Ore De La Rosa Castro Hidalgo. Artículo Décimo Tercero.- DAR POR CONCLUIDAS las siguientes designaciones a partir del 30 de marzo del 2023: - De la abogada SOLEDAD AMPARO BLACIDO BAEZ, como Jueza Supernumeraria del Segundo Juzgado Civil Transitorio de Lima, debiendo retornar a su plaza de origen. - De la abogada SARA MILKA MEZA SORIA, como Jueza Supernumeraria del Sexto Juzgado Civil Transitorio de Lima. - De la abogada LINDA ORIETA RAMIREZ VASQUEZ, como Jueza Supernumeraria del Vigésimo Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima, debiendo retornar a su plaza de origen. - Del abogado WILFREDO RENE PRADO HUAMAN, como Juez Supernumerario del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria - La Victoria y San Luis, debiendo retornar a su plaza de origen. - De la abogada STEFANY MARGHOT URCIA GORDILLO, como Jueza Supernumeraria del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de San Miguel, debiendo retornar a su plaza de origen. Artículo Décimo Cuarto.- DESIGNAR a los siguientes abogados, en los diversos órganos jurisdiccionales a partir del 30 de marzo del presente año: - Al abogado MARCO ANTONIO ESPINO CABEZAS como Juez Supernumerario del Décimo Sexto Juzgado Comercial de Lima, por la promoción del magistrado Edgar Nilton Esteban Astete. - Al abogado WALTER HERNANDEZ MARTINEZ, como Juez Supernumerario del Segundo Juzgado Civil Transitorio de Lima. - Al abogado ABEL LUIS NAVARRO ESPINOZA, como Juez Supernumerario del Sexto Juzgado Civil Transitorio de Lima. - A la abogada KETTY EDITH GUERRA PISFIL, como Jueza Supernumeraria del Vigésimo Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima. - A la abogada NERY CARMEN CORDOVA PARDAVE, como Jueza Supernumeraria del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria- La Victoria y San Luis. - Al abogado SIMEON AMILCAR PALOMINO SANTILLANA, como Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de San Miguel. Artículo Décimo Quinto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Coordinación de Recursos Humanos, O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Gerencia de Administración Distrital y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ Presidente de la CSJLimaPresidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima 2164995-1ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban la actualización e inclusión de tarifas, en el Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN R. N° 1454-2023-CU-UNFV San Miguel, 10 de marzo de 2023Visto, el O fi cio N° 001-2023-CRT-DIGA-UNFV de fecha 03.02.2023, del Presidente de la Comisión Revisora de Tarifas de esta Casa de Estudios Superiores, mediante el cual remite para su aprobación la actualización e inclusión de tarifas en el Registro de Tarifas de Servicios No Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal; y CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 18º de la Constitución Política del Perú, la Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por sus propios Estatutos en el marco de la Constitución y las Leyes; Que, la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, establece en su Artículo 8° “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes: normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, mediante Resolución R. N° 4224-2013-CU-UNFV de fecha 25.09.2013, se aprobó el Registro de Tarifas de los Servicios No Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal, el mismo que consta de treinta y seis (36) folios, que sellados y rubricados por el Secretario General de la Universidad, forma parte integrante de la referida Resolución; Que, mediante Resolución R. N° 7367-2015-CU- UNFV de fecha 24.02.2015, se aprobó la Incorporación y/o Actualización de ciento sesenta y nueve (169) tarifas en el Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal, aprobado con Resolución R. N° 4224-2013-CU-UNFV de fecha 25.09.2013; Que, mediante Resolución R. N° 602-2017-UNFV de fecha 10.04.2017-UNFV se reestructuró a partir de dicha fecha, la Comisión encargada de Revisar el Registro de Tarifas de los Servicios No Exclusivos de esta Casa de Estudios Superiores; Que, mediante Resolución R. N° 1057-2017-UNFV de fecha 09.06.2017, se aprobó la DIRECTIVA N° 002-2017-DIGA “Lineamientos para el Proceso de Formulación, Actualización, Modi fi cación, Eliminación y Aprobación de Tarifas para los Procesos no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal”; Que, mediante Resolución R. N° 2167-2018-CU- UNFV de fecha 22.01.2018, se aprobó la Actualización de cuatrocientos cincuenta y tres (453) Tarifas en el Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal, aprobado con Resolución R. N° 7367-2015-CU-UNFV de fecha 24.02.2015; Que, mediante Oficio Nº 001-2023-CRT-DIGA- UNFV de fecha 03.02.2023, el Presidente de la