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60 NORMAS LEGALES Jueves 30 de marzo de 2023 El Peruano / De conformidad con lo establecido en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias; y, en el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción de la empresa DPS CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., con Matrícula Nº J-0902 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, Sección III: De los Corredores de Seguros, B: Personas Jurídicas, numeral 3. Corredores de Seguros Generales y de Personas. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ENRIQUE MELGAR ROMARIONI Secretario General 2164398-1 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Designan Funcionario Responsable del Portal de Transparencia (FRPTE) del Tribunal Constitucional RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 061-2023-P/TC Lima, 27 de marzo de 2023VISTALas Resoluciones Administrativas N.os 148-2020- P/TC y 223-2021-P/TC, de fechas 7 de septiembre de 2020 y 25 de noviembre de 2021, respectivamente, y la Resolución Directoral N.º 11-2021-JUS/DGTAIPD, publicada el 06 de abril de 2021 en el diario o fi cial “El Peruano”, norma que aprueba el “Lineamiento para la Implementación y Actualización del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública”; y, CONSIDERANDOQue, el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú consagra el derecho fundamental de acceso a la información pública; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N.º 021-2019-JUS, promueve la transparencia de los actos del Estado; Que, los artículos 3° y 4° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 072-2003-PCM, y sus modi fi caciones, disponen que es obligación de la máxima autoridad de cada una de las entidades obligadas – entre ellas, el Tribunal Constitucional–, adoptar las medidas necesarias, dentro de su ámbito funcional, para garantizar el ejercicio de derecho de acceso a la información pública y el cumplimiento de las obligaciones de transparencia en la Entidad, así como designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N.º 29091, la información contenida en el Portal del Estado peruano y los Portales Institucionales, tienen carácter y valor o fi cial; es por ello que la dinámica organizacional motiva la permanente actualización del Portal de Transparencia Estándar del Estado Peruano – PTE www.transparencia.gob.pe; Que, el Portal de Transparencia Estándar (PTE) es el canal digital de información estandarizada de las entidades públicas que se encuentra integrado a la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (Plataforma GOB.PE) y tiene como fi nalidad facilitar el acceso a la información sobre el uso de los recursos públicos y sobre la gestión institucional, incrementando los niveles de transparencia; Que, la Resolución Directoral N.º 11-2021-JUS/ DGTAIPD, establece las disposiciones para una adecuada implementación y actualización del Portal de Transparencia Estándar (PTE) en las entidades de la Administración Pública, como herramienta de transparencia activa y proactiva, a efectos de garantizar el cumplimiento del principio de publicidad de la información, fomentando una cultura de transparencia y fortaleciendo la vigilancia ciudadana sobre los actos de la Administración Pública; Que, el Lineamiento aprobado mediante la Resolución Directoral N.º 11-2021- JUS/DGTAIPD, dispone que corresponde al titular de cada entidad pública designar al FuncionarioResponsable del Portal de Transparencia Estándar (FRPTE), el mismo que tiene a su cargo su implementación y actualización; Que, con la Resolución Administrativa N.º 148-2020- P/TC, modi fi cada por la Resolución Administrativa N.º 223-2021-P/TC, se rati fi có la designación del servidor César René Rodríguez Alegre, jefe de la O fi cina de Tecnologías de la Información, como responsable de administrar y actualizar el Portal de Transparencia Estándar del Tribunal Constitucional y su anexo 1 nombró a los servidores responsables de proveer la información de la institución correspondiente a los rubros temáticos; Que, esta Presidencia estima necesario dejar sin efecto las resoluciones dictadas con anterioridad para designar al Funcionario Responsable del Portal de Transparencia Estándar (FRPTE) del Tribunal Constitucional; En uso de sus facultades conferidas a esta Presidencia por la Ley N.º 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y su Reglamento Normativo, SE RESUELVE:Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO las Resoluciones Administrativas N.º 148-2020-P/TC y N.º 223-2021-P/TC, de fechas 7 de septiembre de 2020 y 25 de noviembre de 2021, respectivamente. Artículo Segundo.- DESIGNAR al ingeniero César René Rodríguez Alegre, como Funcionario Responsable del Portal de Transparencia (FRPTE) del Tribunal Constitucional. En caso de ausencia temporal, asume las responsabilidades del FRPTE quien realice las funciones que corresponden a la jefatura de la O fi cina de Tecnologías de la Información. Artículo Tercero.- COMUNICAR la presente resolución al ingeniero César René Rodríguez Alegre, a la Secretaría General, a la Dirección General de Administración, a la Procuraduría Pública del Tribunal Constitucional, a las Ofi cinas de Tecnologías de la Información, Planeamiento y Desarrollo, Presupuesto, Asesoría Jurídica, Trámite Documentario y Archivo, Gestión y Desarrollo Humano, Logística, Imagen Institucional, Servicios Generales y al Órgano de Control Institucional. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Tribunal Constitucional (www.tc.gob.pe) y en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, publíquese y comuníquese.FRANCISCO MORALES SARAVIA Presidente 2164881-1