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8 NORMAS LEGALES Viernes 31 de marzo de 2023 El Peruano / Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Ratifi car con e fi cacia al 26 de enero de 2023, la designación de la señora Giuliana Patricia Becerra Celis, Viceministra de Gestión Ambiental, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, en representación del Ministerio del Ambiente. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALBINA RUIZ RÍOS Ministra del Ambiente 2165495-10 Aprueban el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2023 del Ministerio del Ambiente RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 113-2023-MINAM Lima, 28 de marzo de 2023 VISTOS; el Acta N° 001-2023-MINAM/CST, de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio del Ambiente; el Informe N° 00060-2023-MINAM/VMGA/DGPIGA/DPIGA de la Dirección de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando N° 00293-2023-MINAM/VMGA/DGPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando N° 00478-2023-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 00209-2023-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país. El proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, el artículo 3 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la descentralización tiene como fi nalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en bene fi cio de la población; Que, a través del artículo 83 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y de la Sétima Disposición Complementaria de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; se dispone la creación de Comisiones Sectoriales de Transferencia, presidida por un/a Viceministro/a del Sector, la que debe presentar planes anuales de transferencia; Que, de acuerdo con el artículo 2 de la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 003-2023-PCM/SD, que aprueba la Directiva N° 001-2023-PCM-SD, Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, los citados Planes son elaborados por cada uno de los sectores y son aprobados mediante Resolución Ministerial publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Resolución Ministerial N° 230-2021-MINAM se aprueba la nueva conformación de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio del Ambiente; Que, mediante Acta N° 001-2023-MINAM/CST la citada Comisión acuerda aprobar la propuesta de Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2023 del Ministerio del Ambiente y encarga a su Secretaría Técnica el trámite para su aprobación mediante el acto resolutivo correspondiente; Que, mediante Memorando N° 00293-2023-MINAM/ VMGA/DGPIGA, la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, en su calidad de Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio del Ambiente, remite el Informe N° 00060-2023-MINAM/VMGA/DGPIGA/DPIGA de la Dirección de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, a través del cual se sustenta la aprobación del Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2023 del MINAM, señalando que ha sido elaborado sobre la base de la información remitida por las unidades orgánicas del Ministerio del Ambiente y sus organismos adscritos, según la Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales; razón por la cual corresponde aprobar el citado Plan Anual; Que, con Informe N° 00209-2023-MINAM/SG/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre la propuesta de aprobación del Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2022 del MINAM, efectuada por la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De acuerdo con lo establecido en la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 003-2023-PCM/ SD, que aprueba la Directiva N° 001-2023-PCM-SD, Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2023 del Ministerio del Ambiente, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros y a los miembros de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Ambiente, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio del Ambiente (ww.gob.pe/minan), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBINA RUIZ RÍOS Ministra del Ambiente 2165062-1