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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2023 (04/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Jueves 4 de mayo de 2023 El Peruano / planes de desarrollo regional concertado - PDRC y planes de desarrollo local concertado – PDLC y las políticas institucionales en el marco de las políticas nacionales y territoriales según corresponda, se concretan en los Planes Estratégicos Institucionales - PEI y los Planes Operativos Institucionales – POI; Que, la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD, modi fi cada por las Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo Nº 062-2017-CEPLAN/PCD, Nº 13-2018/CEPLAN/PCD, Nº 00053-2018/CEPLAN/PCD, Nº 00016-2019/CEPLAN/PCD, Nº 00013-2020/CEPLAN/PCD, Nº 00006-2021/CEPLAN/PCD, Nº 00022-2021/CEPLAN /PCD y Nº 00031-2022/CEPLAN/PCD (en adelante, la Guía para el Planeamiento Institucional), tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional – PEI y el Plan Operativo Institucional – POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, los numerales 4.1 y 4.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, establecen que el PEI es un instrumento de gestión que de fi ne la estrategia del Pliego para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de tres (3) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve; y que, para el planeamiento institucional, el Titular de la entidad conforma una Comisión de Planeamiento Estratégico bajo su liderazgo, en la cual participan tanto funcionarios de la Alta Dirección como aquellos a cargo de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, y otros órganos que el órgano resolutivo designe, dependiendo de la estructura organizacional de la entidad; Que, el numeral 5.7 de la Guía para el Planeamiento Institucional, dispone que el Pliego remite su PEI por correo electrónico al CEPLAN y en el caso de los Pliegos del Poder Ejecutivo, previamente remiten su PEI al Órgano de Planeamiento Estratégico Sectorial perteneciente al Sector al cual se encuentra adscrito o el que haga sus veces; precisando, que corresponde a este órgano elaborar un primer informe de validación sobre la consistencia y coherencia del PEI del Pliego con las políticas y planes bajo competencia del Sector; agrega que este informe, junto al PEI es remitido por el Pliego mediante correo electrónico al CEPLAN. Señala además que el CEPLAN veri fi ca y valida la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el PEDN y la Política General de Gobierno, y emite un informe técnico, el cual contiene la Evaluación de Diseño del PEI, cuyo detalle se explica en la sección 7.2. Finalmente señala que luego de contar con dicho informe, el Titular del Pliego emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 016-2019-OTASS/DE del 18 de febrero de 2019, se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, en adelante la Comisión de Planeamiento Estratégico del OTASS; Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo Nº 005-2023-OTASS/CD, se deroga las Resoluciones de Consejo Directivo Nº 004-2020-OTASS/CD, Nº 000007-2021-OTASS-CD y Nº 011-2022-OTASS/CD; Que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 18 y 19 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA, en adelante el ROF del OTASS, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento responsable de conducir los procesos de los sistemas administrativos de Planeamiento, Presupuesto, y de Modernización de la Gestión Pública y tiene la función de formular, monitorear y evaluar el PEI y el POI del OTASS; Que, por su parte, el último párrafo del numeral 4.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, dispone que el órgano de planeamiento de cada Pliego (en coordinación estrecha con su similar a nivel de cada Unidad Ejecutora) es responsable de brindar el soporte y asistencia técnica en la aplicación metodológica del planeamiento institucional en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, dentro de dicho marco legal y en atribución a sus funciones, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto a través del Informe Nº 000157-2023-OTASS-OPP y el Informe Nº 000161-2023-OTASS-OPP, en adelante el Informe de la OPP, solicita la aprobación del “Plan Estratégico Institucional OTASS 2023-2026”, para tal efecto, señala lo siguiente: (i) La propuesta de Plan Estratégico Institucional 2023-2026 cumple con los parámetros técnicos y metodológicos establecidos en la Guía para el Planeamiento Institucional aprobada por el CEPLAN, asimismo responde a un esquema de resultados y productos establecidos en la oferta de bienes y servicios de la Entidad. Para la elaboración del PEI se ha contado con la Asistencia Técnica del CEPLAN, particularmente para los talleres de las Fases de “Conocimiento integral de la realidad” y “Futuro deseado”; (ii) El presente documento se alinea con la Política General de Gobierno 2023-2026, el Plan Nacional de Saneamiento 2022-2026 y el Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM 2016 – 2026 (ampliado) del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento; se ajusta a las disposiciones establecidas en la Guía para el Planeamiento Institucional; por lo que esta O fi cina opina en forma favorable a la propuesta de Plan Estratégico Institucional 2023-2026 del OTASS; (iii) El documento PEI 2023-2026 ha sido revisado por la OGPP del MVCS y CEPLAN; asimismo la DNCP del CEPLAN mediante correo electrónico ha manifestado que ha revisado la propuesta y traslada a la DNSE del CEPLAN para la revisión de las fi chas técnicas de indicadores (anexos), encontrándose viable el documento para que la OGPP del MVCS emita la opinión técnica respectiva; a fi n de cumplir con el plazo de aprobación mediante resolución del Titular del OTASS, establecido mediante comunicado de CEPLAN hasta el 02 de mayo de 2023. Asimismo, precisa lo siguiente: “Por lo que esta O fi cina opina en forma favorable a la propuesta de Plan Estratégico Institucional 2023-2026 del OTASS”, para tal efecto, adjunta el documento denominado “Plan Estratégico Institucional OTASS 2023-2026” visado; Que, asimismo, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto a través del Informe Nº 000161-2023-OTASS-OPP de fecha 27 de abril de 2023, precisa lo siguiente: “(…) se señala que el Plan Estratégico Institucional 2023-2026 del OTASS ha sido opinado mediante O fi cio N° 163-2023-VIVIENDA-OGPP mediante el cual la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto – OGPP del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – MVCS remite el Informe Nº 115-2023-VIVIENDA/OGPPOPM, mediante el cual se valida la consistencia y coherencia del Proyecto de PEI 2023-2026 del OTASS, con las políticas y planes bajo la competencia del Sector; y Ofi cio N° D000355-2023-CEPLAN-DNCP mediante el cual la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN previa revisión de la articulación del contenido y la estructura del documento señala que se ha elaborado el Informe Técnico N° D000147-2023-CEPLAN-DNCPPEI que concluye que el PEI 2023-2026 del OTASS cumple con lo requerido en la normativa vigente”. Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto adjunta al expediente copia del Acta Nº 002-2023-OTASS/CPE de fecha 18 de abril de 2023 de la Comisión de Planeamiento Estratégico del OTASS, en el que se aprecia el siguiente Acuerdo: Único: PEI 2023-2026. Validado; Que, en consecuencia, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su conformidad al proyecto de “Plan Estratégico Institucional OTASS 2023-2026”, con base a sus funciones y atribuciones asignadas por la normativa especial de la materia; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal Nº 000135-2023-OTASS-OAJ opina por la viabilidad de la aprobación del Plan Estratégico Institucional OTASS 2023-2026”, por el Consejo Directivo del OTASS, así como, por la viabilidad en la tramitación de la Resolución Directoral por el Titular de la Entidad, previa aprobación del Consejo Directivo del OTASS; Que, por su parte, mediante el Numeral 1.2 del Acuerdo Nº 01 de la Sesión Extraordinaria N° 025-2023