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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2023 (04/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Jueves 4 de mayo de 2023 El Peruano / de Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social para los servicios de radiodifusión; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe N° 0730-2023-MTC/28.01, propone la modi fi cación de los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF de las localidades del departamento de Puno, a fi n de incorporar el plan de la localidad de CHUPA, encontrándose la localidad propuesta comprendida en las excepciones establecidas en el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; asimismo, indica que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, y sus modi fi catorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modi fi catorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias, el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modi fi catorias, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 345-2005-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF de las localidades del departamento de Puno, a fi n de incorporar el plan de la localidad de CHUPA; conforme se indica a continuación: Localidad: CHUPA Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 3 61,25 65,75 6 83,25 87,75 8 181,25 185,75 10 193,25 197,75 12 205,25 209,75 Total de canales: 5 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 kW. Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones debe considerar las condiciones técnicas previstas en el Plan de Asignación de Frecuencias aprobado, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modi fi cación de características técnicas. Asimismo, la citada Dirección General, en la evaluación de las solicitudes de autorización para prestar el servicio de radiodifusión por televisión en VHF, cautelará el cumplimiento de las disposiciones previstas en el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modi fi catorias. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA CARREÑO FERRE Viceministra de Comunicaciones 2174063-1Aprueban el Plan de Canalización para los Servicios de Telecomunicaciones RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 056-2023-MTC/03 Lima, 27 de abril de 2023VISTOS: El Informe N° 0004-2023-MTC/26.03 y el Informe Nº 001-2022 COMISIÓN_MULTISECTORIAL_PNAF de la Comisión Multisectorial Permanente encargada de emitir informes técnicos especializados y recomendaciones para la plani fi cación y gestión del espectro radioeléctrico; y, CONSIDERANDO:Que, los artículos 57 y 58 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-93-TCC, en adelante el TUO de la Ley de Telecomunicaciones, establecen que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nación y su administración, asignación de frecuencias y control se encuentra a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 199 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece que le corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y, en general, cuanto concierna al espectro radioeléctrico; asimismo el artículo 200 dispone que toda asignación de frecuencias se realiza en base al respectivo plan de canalización, el cual será aprobado por resolución viceministerial; Que, en virtud al literal d) del primer párrafo del artículo 4 y a los incisos 1 y 2 del artículo 5 de la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es competente de manera exclusiva en las materias de infraestructura y servicios de comunicaciones del país, siendo el ente rector encargado de, entre otros, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, fi scalizar, supervisar, evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, y dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución, supervisión y evaluación de las políticas, la gestión de los recursos del sector, el otorgamiento y reconocimiento de derechos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 187-2005- MTC/03, se aprobó el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF, documento técnico normativo que contiene los cuadros de atribución de frecuencias, la clasi fi cación de usos del espectro radioeléctrico y las normas técnicas generales para la utilización del espectro radioeléctrico; Que, con Resolución Viceministerial Nº 268-2005- MTC/03 se aprobó la Primera Parte de las Disposiciones de Radiocanales (Canalizaciones) para los Servicios de Telecomunicaciones; Que, con Resolución Viceministerial Nº 890-2007- MTC/03 se aprobó la Segunda Parte de las Disposiciones de Radiocanales (Canalizaciones) para los Servicios de Telecomunicaciones; Que, por Decreto Supremo N° 041-2011-PCM, se creó la Comisión Multisectorial Permanente encargada de emitir informes técnicos especializados y recomendaciones para la plani fi cación y gestión del espectro radioeléctrico, en adelante la Comisión del PNAF, la cual tiene, entre otras, la función de evaluar y proponer la modi fi cación del PNAF y la canalización de las bandas de frecuencias; Que, la Comisión del PNAF, mediante el Informe N° 001-2022-COMISIÓN_MULTISECTORIAL_PNAF, revisó todas las modi fi caciones efectuadas a la Primera y Segunda Parte de las Canalizaciones, aprobadas por Resoluciones Viceministeriales Nos. 268-2005-MTC/03 y 890-2007-MTC/03, respectivamente; y propuso consolidar dichas modi fi caciones en un único documento y, de esta