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72 NORMAS LEGALES Jueves 4 de mayo de 2023 El Peruano / FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000095-2023/SUNAT Mediante O fi cio 000007-2023-SUNAT/1M2100, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT solicita se publique la Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia N° 000095-2023/SUNAT, publicada en la edición del día 30 de abril de 2023. - Décimo considerandoDICE: “Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 282-2019/SUNAT, en atención al itinerario, corresponde autorizar el viaje de los servidores Claudia Gabriela Bedoya Arbañil del 1 al 10 de mayo de 2023 y Colón Haraldo Cruz Negrón del 3 al 12 de mayo de 2023;” DEBE DECIR: “Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 282-2019/SUNAT, en atención al itinerario, corresponde autorizar el viaje de los servidores Claudia Gabriela Bedoya Arbañil del 1 al 11 de mayo de 2023 y Colón Haraldo Cruz Negrón del 3 al 12 de mayo de 2023;” - Artículo 1DICE: “Artículo 1.- Autorizar el viaje de los servidores Claudia Gabriela Bedoya Arbañil, del 1 al 10 de mayo de 2023, y Colón Haraldo Cruz Negrón del 3 al 12 de mayo de 2023, para que participen en las sesiones de trabajo preparatorias y en la Audiencia Presencial, en relación con el arbitraje internacional iniciado por la empresa Freeport-McMoran Inc. contra la República del Perú – Caso CIADI N° ARB/20/08, que se llevarán a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América”. DEBE DECIR: “Artículo 1.- Autorizar el viaje de los servidores Claudia Gabriela Bedoya Arbañil, del 1 al 11 de mayo de 2023, y Colón Haraldo Cruz Negrón del 3 al 12 de mayo de 2023, para que participen en las sesiones de trabajo preparatorias y en la Audiencia Presencial, en relación con el arbitraje internacional iniciado por la empresa Freeport-McMoran Inc. contra la República del Perú – Caso CIADI N° ARB/20/08, que se llevarán a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América”. 2174186-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Otorgan duplicados de diplomas de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Eléctrica y Título Profesional de Ingeniero Mecánico Electricista a favor de egresado de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0780-2023-UNI Lima, 14 de abril de 2023Visto el Expediente STDUNI N° 133801-2022 presentado por el señor CARLOS ALBERTO ALFARO ESPINOZA en el cual solicitó la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Eléctrica y la expedición de duplicado de su Diploma de Título de Ingeniero Mecánico Electricista; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece que “Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios Estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes”; Que, conforme a lo establecido en el Artículo 8° de la Ley Universitaria N° 30220, el Estado reconoce la autonomía universitaria, la misma que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la acotada Ley y demás normativa aplicable, autonomía que se mani fi esta en los regímenes: 8.1 Normativo, 8.2 De gobierno, 8.3 Académico, 8.4 Administrativo y 8.5 Económico, concordante con el Artículo 18° de la norma estatutaria, que establece “el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y de ejecución académica y administrativa de la Universidad”; Que, el señor CARLOS ALBERTO ALFARO ESPINOZA, identi fi cado con DNI N° 03874072, egresado de esta Casa de Estudios, mediante el Expediente del Visto solicitó duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con Mención en Ingeniería Eléctrica y diploma del Título Profesional de Ingeniero Mecánico Electricista, por pérdida en ambos casos, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales de la Universidad Nacional de Ingeniería, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122 del 18 de enero de 2008, modi fi cado por Resolución Rectoral N° 1685 de fecha 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe N° 57-2023-UNI/SG/UGyT de fecha 14 de marzo de 2023, precisó que los diplomas del señor CARLOS ALBERTO ALFARO ESPINOZA, se encuentran registrados de la siguiente manera: en el Libro de Bachilleres Nº 3, página 18, con número de registro 7784-B, y en el Libro de Registro de Títulos Nº 14, página 228, con el número de registro 16004-G; Que, la Presidenta de la Comisión Académica del Consejo Universitario, mediante O fi cio N° 281-CA-VA- 2023-UNI, de fecha 21 de marzo de 2023, informó que en Sesión Virtual Nº 07-2023 realizada el 20 de marzo de 2023, previa revisión y veri fi cación del Expediente acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de los Diplomas del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con Mención en Ingeniería Eléctrica y la expedición de duplicado de su Diploma de Título Profesional de Ingeniero Mecánico Electricista al señor CARLOS ALBERTO ALFARO ESPINOZA; Estando al Proveído N° 1995/ALCHN Rect.23 de fecha 23 de marzo de 2023 del Despacho del Rectorado, a lo acordado por la Comisión Académica del Consejo Universitario en Sesión N°07 de fecha 20 de marzo de 2023, a lo aprobado por el Consejo Universitario en la Sesión Ordinaria N° 06 de fecha 12 de abril de 2023 y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 25° del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE:Artículo 1°.– Anular, los Diplomas de Grado de Bachiller en Ciencias con Mención en Ingeniería Eléctrica y Titulo Profesional de Ingeniero Mecánico Electricista de don CARLOS ALBERTO ALFARO ESPINOZA, registrado en el Libro de Bachilleres Nº 3, página 18, con número de registro 7784 - B, y en el Libro de Registro de Títulos Nº 14, página 228, con el número de registro 16004 - G, con fecha de otorgamiento el Grado de Bachiller de 13 de julio de 1982 y el Título Profesional de 07 de mayo de 1997, por motivo de perdida.