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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2023 (05/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Viernes 5 de mayo de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la designación del señor Víctor Hugo Huamán Tarmeño, en el cargo de Director de la Dirección del Procedimiento Sancionador Forestal y de Fauna Silvestre del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, con efectividad desde el 2 de mayo de 2023. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR (www.gob.pe/osinfor). Regístrese, comuníquese y publíquese.LUCETTY JUANITA ULLILEN VEGA Jefa 2174310-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Resolución de la Gerencia de Regulación de Tarifas que aprueba los Costos Estándares Unitarios de las Distribuidoras Eléctricas para la implementación y operatividad del FISE, y su fórmula de actualización RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° 019-2023-OS/GRT Lima, 3 de mayo de 2023CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29852 creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciendo en su Artículo 3 un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población, que comprende, entre otros, una compensación para promover el acceso al GLP de dicha población, mediante un descuento en la compra mensual de un balón de GLP de hasta 10 kg; Que, las Empresas Distribuidoras Eléctricas, de conformidad con los Artículos 7.3 y 7.6 de la Ley N° 29852, así como el Artículo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, participan en la implementación del mecanismo de descuento; para tal fi n, se dispone que Osinergmin establezca los costos administrativos y operativos en que incurran estas empresas para el cumplimiento de las funciones asignadas en dichas normas, debiendo estos costos ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador; Que, mediante Resolución Osinergmin N° 187- 2014-OS/CD se aprobó la norma “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas”, en base a la cual se reconocen los costos en que incurren las Empresas de Distribución Eléctrica (en adelante “Norma Costos FISE”) y en cuyo Artículo 14.1 se dispone que los Costos Estándares Unitarios considerarán las diferentes condiciones que las empresas desarrollan en sus actividades relacionadas con el Programa FISE y se estructurarán como costos e fi cientes que se reconocerán para cada una de dichas actividades, aprobándose dichos costos con una periodicidad de dos años;Que, mediante la Resolución N° 029-2021-OS/GRT se aprobaron los Costos Estándares Unitarios aplicables hasta el 15 de mayo del 2023, siendo necesaria la aprobación de los Costos Estándares Unitarios para el periodo siguiente; en consecuencia, la nueva fi jación debe establecerse para el periodo comprendido entre el 16 de mayo del 2023 y 15 de mayo del 2025; Que, en cumplimiento de lo previsto en el numeral 15.1 de la Norma Costos FISE, diversas empresas han presentado su propuesta de Costos Estándares Unitarios. Por su parte, la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin procedió a revisar, analizar y sistematizar la información recibida, habiendo determinado los Costos Estándares Unitarios que corresponde ser aprobados para cada una de las Empresas Distribuidoras Eléctricas; Que, en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 16.3 de la Norma Costos FISE, mediante Resolución Osinergmin N° 009-2023-OS/GRT, se dispuso la publicación en el diario o fi cial El Peruano y en la página web de Osinergmin, del proyecto de resolución que aprueba los Costos Estándares Unitarios de las Distribuidoras Eléctricas para la implementación y operatividad del FISE; estableciéndose en dicha resolución un plazo de diez días hábiles para que los interesados remitieran sus opiniones y sugerencias sobre el referido proyecto; Que, los comentarios y sugerencias presentados han sido analizados en el Informe N° 323-2023-GRT, habiéndose acogido aquellos que contribuyen con el objetivo de la presente resolución, correspondiendo la aprobación fi nal de los Costos Estándares Unitarios; Que, en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 14.1 de la Norma Costos FISE, para el reconocimiento de las actividades vinculadas con el Programa FISE, con excepción de Desplazamiento de Personal y Actividades Extraordinarias, Osinergmin aprobará los Costos Estándares Unitarios de cada una de las Zonas de Atención FISE a que se re fi ere el Artículo 5 de la citada norma, los cuales serán aplicables a cada Empresa Distribuidora Eléctrica; Que, fi nalmente se han emitido el Informe Legal N° 322- 2023-GRT e Informe Técnico N° 323-2023-GRT de la Asesoría Legal y de la División de Distribución Eléctrica de la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, respectivamente, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el numeral 4 del Artículo 3, del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 042- 2005-PCM; en el Reglamento General del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM, en la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM; así como en sus normas modi fi catorias, complementarias y conexas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Costos Estándares Unitarios de las Distribuidoras Eléctricas para la implementación y operatividad del FISE, y su fórmula de actualización, de acuerdo al detalle contenido en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- La presente resolución será vigente para el periodo comprendido entre el 16 de mayo del 2023 y 15 de mayo del 2025. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en el diario o fi cial El Peruano, y que sean consignados, junto con los Informes N° 322-2023-GRT y N° 323-2023-GRT, en el portal web de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/ResolucionesGRT-2023.aspx. MIGUEL RÉVOLO ACEVEDO Gerente de Regulación de Tarifas