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33 NORMAS LEGALES Viernes 5 de mayo de 2023 El Peruano / Que, el artículo 1 del Manual de Operaciones del Programa “Lurawi Perú”, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 105-2023-TR, establece que dicho Programa tiene por fi nalidad contribuir temporalmente en la mejora de los ingresos de las personas en situación de desempleo, pobreza y pobreza extrema, o afectada por desastres naturales, o por emergencias o mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia; Que, el literal a) del artículo 4 del acotado Manual, establece como función general del Programa “Lurawi Perú”, la de promover la generación de empleo temporal en el ámbito de la focalización geográ fi ca aplicable al Programa y/o en el ámbito priorizado por el Programa, considerando las políticas sectoriales vigentes, en favor de la población vulnerable en situación de desempleo, pobreza y pobreza extrema, o afectada parcial o íntegramente por desastres naturales, o por emergencias, o mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia; a través del fi nanciamiento, co fi nanciamiento de proyectos de inversión y actividades de intervención inmediata, intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC) con pertinencia social; Que, el literal a) del inciso 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023, autoriza de manera excepcional, la realización de diversas transferencias fi nancieras entre entidades, las que incluyen a aquellas referidas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”, a favor de gobiernos locales, estableciendo en el inciso 16.2 del citado artículo, que dichas transferencias fi nancieras autorizadas se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y que, dicha resolución se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, con la Resolución Directoral N° 036-2023-LP/DE del 22 de febrero de 2023, se aprueban las Modalidades de Intervención del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”, conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, el anexo de la precitada Resolución Directoral señala sobre la Modalidad de Intervención 2- Por emergencia, desastres o peligro inminente, lo siguiente: “Esta intervención aborda la mitigación de los shocks covariados de desempleo por emergencias, desastres naturales o peligro inminente. Tiene por fi nalidad ejecutar acciones inmediatas en la zona de interés, permitiendo mejorar las condiciones de las personas damni fi cadas o afectadas directa o indirectamente por una emergencia o desastre natural o peligro inminente, derivado de un fenómeno natural, o inducido por la acción humana; donde las personas no cuentan temporalmente con capacidades socioeconómicas disponibles para recuperarse. Para ello, se ejecutarán proyectos de inversión o actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC).” ; Que, con Resolución Directoral N° 053-2023-LP/DE, se aprueba la Directiva N° 007-2023-LP/DE, denominada “Directiva para el fi nanciamiento de actividades de intervención inmediata en los distritos comprendidos en el Decreto Supremo N° 029-2023-PCM, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales”, en adelante la Directiva; Que, forma parte de la citada Directiva, el Anexo N° 01: Cronograma de la convocatoria para el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata en distritos comprendidos en el Decreto Supremo N° 029-2023-PCM, en el cual se establecen las actividades y sus plazos máximos de duración a ser realizadas por los organismos proponentes y el Programa para concretar la intervención que permita la generación de empleo temporal en bene fi cio de la población objetivo; Que, con Resolución Directoral N° 086-2023-LP/DE, se aprueba el Listado de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles (AII-47), en distritos comprendidos en el Decreto Supremo N° 029-2023-PCM, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral, de cuyo contenido se observan treinta y ocho (38) Actividades de Intervención Inmediata Elegibles (AII-47), con un aporte total de S/ 5 709 098,00 (Cinco Millones Setecientos Nueve Mil Noventa y Ocho y 00/100 Soles); Que, con Informe N° 120-2023-LP/DE/UFAPI, la Unidad Funcional de Articulación y Promoción de Intervenciones indica que, en cumplimiento del Cronograma, las Unidades Territoriales Cajamarca, La Libertad - Áncash Noroeste, Lambayeque – Piura -Tumbes, Lima Norte – Callao y Lima Sur - Este, han remitido treinta y ocho (38) convenios suscritos, con un aporte total del Programa ascendente a S/ 5 709 098,00 (Cinco Millones Setecientos Nueve Mil Noventa y Ocho y 00/100 Soles), cuya ejecución podría generar 1 870 empleos temporales; Que, asimismo, la mencionada Unidad Funcional de Línea señala que, ha veri fi cado el cumplimiento del Cronograma, los procedimientos y actividades correspondientes para la aprobación de la transferencia fi nanciera, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal vigente de la materia; por lo que, considera procedente que se inicie el trámite de emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera a los Organismos ejecutores cuyo aporte total del Programa asciende al importe de S/ 5 709 098,00 (Cinco Millones Setecientos Nueve Mil Noventa y Ocho y 00/100 Soles); Que, por su parte, mediante el Informe N° 0447- 2023-LP/DE/UFPP, la Unidad Funcional de Planeamiento y Presupuesto informa sobre la aprobación de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario - CCP N° 0824 por el monto ascendente a S/ 5 709 098,00 (Cinco Millones Setecientos Nueve Mil Noventa y Ocho y 00/100 Soles), para fi nanciar el aporte total del Programa de las treinta y ocho (38) actividades de intervención inmediata antes mencionadas, garantizando el crédito presupuestario disponible y libre de afectación para la ejecución del gasto en el marco de la normativa vigente, en los numerales 41.1 y 41.2 del artículo 41 del Decreto Legislativo N° 1440; Que, en razón a lo expuesto, la mencionada unidad de asesoramiento considera procedente que se efectúe la transferencia fi nanciera para el pago del Aporte total del Programa de treinta y ocho (38) convenios suscritos con los organismos ejecutores, en la modalidad de intervención 2- Por emergencia, desastres o peligro inminente, en distritos comprendidos en el Decreto Supremo N° 029-2023-PCM, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, cuyo importe total asciende a S/ 5 709 098,00 (Cinco Millones Setecientos Nueve Mil Noventa y Ocho y 00/100 Soles), para lo cual se requiere la emisión de la Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto en el literal a) del inciso 16.1 e inciso 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023; Que, mediante Informe N° 232-2023-LP/DE/UFAJ, la Unidad Funcional de Asesoría Jurídica del Programa considera procedente la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera antes descrita; Que, asimismo, mediante Memorando N° 0498- 2023-MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 241-2023- MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 0482-2023-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; y la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;