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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2023 (05/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Viernes 5 de mayo de 2023 El Peruano / la Presidencia del CONADIS mediante el Memorando N° D000130-2023-CONADIS- PRE propone a la señora Elizabeth Del Pilar Vargas Machuca Guerrero, Directora II de la Dirección de Promoción y Desarrollo de las Personas con Discapacidad para representar a la entidad en los eventos internacionales mencionados; Que, al respecto, conforme a lo mencionado por la Unidad Funcional de Cooperación Técnica en su Nota N° D000077-2023-CONADIS-UFCT, se cursó comunicación por medios electrónicos al Ministerio de Relaciones Exteriores, para mencionar que por motivos institucionales el CONADIS ha optado por designar a la funcionaria Elizabeth Del Pilar Vargas Machuca Guerrero, Directora II de la Dirección de Promoción y Desarrollo de las Personas con Discapacidad, obteniéndose respuesta favorable de dicho Sector, mencionando que los organizadores se encuentran conformes con la participación de la referida profesional; Que, a través de Decreto Supremo N° 007-2021- MIMP, se aprueba la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030 (PNMDD), la misma que se encuentra a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a través del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS); Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modi fi catorias (en adelante la Ley), y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueban las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modi fi catorias (en adelante Normas Reglamentarias), norman el procedimiento para la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el tercer párrafo del artículo 11 de las Normas Reglamentarias, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Que, el numeral 7.1 de la Directiva General N° 007- 2017-MIMP, “Normas para solicitar, aprobar y rendir cuentas por viajes nacionales e internaciones en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, aprobado por Resolución Ministerial N° 184-2017-MIMP, establece que el organismo público ejecutor adscrito al Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables podrá proceder de manera interna con la autorización y gestión de aprobaciones para viaje en comisión de servicios en los casos de viajes al exterior del país que no irroguen gasto al Estado, con excepción de aquellos que involucren al/la titular de la entidad; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.2.2 de la Directiva N° D000003-2022-CONADIS-SG denominada “Normas y Procedimientos para el Otorgamiento de Viáticos, Pasajes y Rendición de Cuentas por Comisión de Servicios en el exterior e interior del país en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS)”, aprobada por Resolución de Secretaría General N° D000061-2022-CONADIS-SG (en adelante la Directiva), la resolución de autorización de viaje al exterior por comisión de servicios será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co del CONADIS, y deberá contener expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, asimismo, el numeral 6.2.4 de la Directiva, establece que los viajes al exterior del país que no irroguen gastos al CONADIS, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la entidad, antes del inicio de la comisión del servicio, de conformidad con la Ley, y las Normas Reglamentarias. Que, respecto al motivo del viaje e interés institucional, la Dirección de Políticas en Discapacidad en el numeral 2.8 de su Informe N° D000076-2023-CONADIS-DPI, señala que referente al evento internacional denominado APEC HRDWG High-Level Policy Dialogue on Strengthening Education and Economic Opportunity and Inclusion for Persons with Disabilities”, en lo relativo al análisis costo bene fi cio para la entidad, se tiene que la participación del experto designado no irrogará gastos al CONADIS, ni al tesoro público, y que, en cambio, permitirá posicionar internacionalmente al CONADIS como entre rector en discapacidad y como una entidad que se encuentra realizando importantes avances en materia de educación para las personas con discapacidad. Adicionalmente, el experto asignado compartirá con el CONADIS lo aprendido y expuesto a lo largo de evento, fomentando la potencial mejora de los procesos y provisión de servicios por parte de la entidad; Que, asimismo, la Dirección de Políticas en Discapacidad, a través de Informe N° D000013-2023-CONADIS-DPI-LVF de fecha 18 de abril de 2023, en referencia al evento internacional denominado “APEC HRDWG High-Level Policy Dialogue on Strengthening Education and Economic Opportunity and Inclusion for Persons with Disabilities”, que se llevará a cabo el 15 de mayo de 2023, señala que la participación del CONADIS responde a un interés supranacional de un organismo como el Foro de Cooperación Económica Asia-paci fi co (APEC) al que el Perú pertenece. Así, los servicios de educación para personas con discapacidad se enlazan con los objetivos del grupo de trabajo del APEC en tanto buscan el desarrollo de conocimiento y habilidades para todos –en particular, las personas con discapacidad –desde la dimensión social; Que, ahora bien, en cuanto al evento internacional denominado “APEC Education Of fi cials Dialogue on Schools as Community Hubs”, que se llevará a cabo el 14 y 15 de mayo de 2023, en el numeral 3.6 del Informe N° D000013-2023-CONADIS-DPI-LVF de fecha 18 de febrero de 2023, la Dirección de Políticas e Investigaciones sostiene que los objetivos del diálogo son: i) que los participantes comprendan los pilares principales de la estrategia de colegios comunitarios y el rol de estos en la atención a la equidad en la educación, ii) que los participantes aprendan sobre la aproximación del Departamento de Educación de los Estados Unidos a las escuelas comunitarias de servicios completos, iii) que los participantes desarrollen un entendimiento conjunto de la estrategia de escuelas comunitarias y desarrollen ideas iniciales sobre cómo incorporar elementos de esta estrategia en sus economías a través del aprendizaje de la implementación realizada a nivel local, regional y federal en los Estados Unidos, y iv) que los participantes compartan experiencias sobre la forma en que la pandemia impactó el aprendizaje de los estudiantes y las estrategias de resiliencia que fueron adoptadas; Que, por su parte, la Unidad Funcional de Cooperación Técnica señala que: “ en el marco de sus funciones resalta que el Perú será la sede de la Cumbre APEC en el 2024, conforme al Decreto Supremo N° 042-2022-RE, que declara de interés nacional el ejercicio de la presidencia del Perú del Foro de Cooperación Económica Asia Paci fi co (APEC) durante el año 2024, incluyendo la realización en el Perú de la XXXII Cumbre de Líderes Económicos del Foro y los eventos conexos que se llevarán a cabo los años 2022, 2023 y 2024, siendo muy importante la participación de nuestra entidad en dicho evento, que permitirá establecer los lazos de cooperación y su continuidad ”; Que, además, la citada Unidad Funcional re fi ere que: “la participación del Conadis en este evento posicionara a la institución en la agenda 2030 en materia de educación inclusiva para personas con discapacidad, con las diversas economías internacionales participantes en el evento. Ya que, el HRDWG de la APEC, promueve espacios de diálogo y encuentro para el fortalecimiento de las instituciones que forman parte de las economías del Asía Pací fi co, que promueven los lazos de cooperación y la promoción de los derechos humanos ”; por lo que, recomienda comunicar al Ministerio de Relaciones Exteriores, adjuntando el acto resolutivo que aprueba el viaje al exterior; Que, respecto a la cantidad de días de duración del viaje, conforme a lo señalado en el numeral 3.2 del Informe N° D000013-2023-CONADIS-DPI-LVF, la Dirección de Políticas e Investigaciones sostiene que la