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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2023 (07/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Domingo 7 de mayo de 2023 El Peruano / educación y la cultura ambiental orientadas a la formación de una ciudadanía ambientalmente responsable y una sociedad peruana sostenible, competitiva, inclusiva y con identidad. Asimismo, indica en sus Lineamientos 4.6 numerales 1, 3 y 4; 4.7 numeral 4 lo siguiente: (4.6.1) Promover la educación ambiental en los procesos de participación ciudadana informada, e fi ciente y e fi caz; (4.6.3) Promover la cultura del diálogo, participación y concertación de personas, empresas y organizaciones para el desarrollo de la educación ambiental; (4.6.4) Promover el voluntariado en los procesos de educación ambiental; (4.7.4) Desarrollar procedimientos de seguimiento, monitoreo, evaluación, reconocimiento y difusión del desempeño y logros en educación, cultura y ciudadanía ambiental.  Decreto Supremo Nº 006-2019-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30884 Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables. Publicado el 23 de agosto del 2019 en el diario o fi cial “El Peruano”, en cuyo artículo 21 referido a las acciones de comunicación, educación, capacitación y sensibilización realizadas por los gobiernos locales, determina que los mismos, en el marco de sus competencias, realizan semestralmente acciones de comunicación, educación, capacitación y sensibilización a los comerciantes de los bienes de plástico y a la ciudadanía sobre el consumo responsable de los bienes de plástico y el reciclaje de sus residuos, en el marco de sus Programas Municipales de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental.  Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30754 Ley Marco sobre Cambio Climático Publicado el 31 de diciembre del 2019 en el diario ofi cial “El Peruano”, dispone en el numeral 1 del literal B del artículo 70, que los gobiernos locales deberán elaborar, aprobar, implementar, actualizar y difundir los programas municipales de educación, cultura y ciudadanía ambiental que incorporen la temática de cambio climático considerando los conocimientos, saberes y prácticas tradicionales y ancestrales de los pueblos indígenas u originarios, de conformidad con el numeral 3 del artículo 27 del Convenio Nº 169 de la OIT.  Decreto Supremo Nº 023-2021-MINAM, que aprueba la Política Nacional del Ambiente al 2030 Publicado el 22 de julio del 2021 en el diario o fi cial “El Peruano”, determina en su Objetivo Prioritario 9. Mejorar el comportamiento ambiental de la ciudadanía, en el lineamiento L9.1 Garantizar la integración del enfoque ambiental en la educación formal y comunitaria, en su servicio OP9.S1 Fortalecimiento de capacidades institucionales a los gobiernos subnacionales, para la incorporación del enfoque ambiental en la educación comunitaria; estable como indicador de cobertura el porcentaje de gobiernos locales que reportan la implementación de su Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA). 7.2 NORMAS REGIONALES: Ordenanza Nº 1628-MML, Política Metropolitana del Ambiente , Eje de Política 4: Gobernanza Ambiental: 4. Promover el ejercicio de una cultura ambiental que cautele los derechos, promueva el ejercicio de los deberes ambientales en la ciudad y logre la participación efectiva de los ciudadanos de Lima en la gestión ambiental. 5. Promover una ciudad educadora en lo ambiental6. Sensibilizar e informar a todos los ciudadanos en Lima sobre la gestión ambiental municipal.  Ordenanza Nº 1734, Aprobada por la Municipalidad Metropolitana de Lima , Ordenanza para la Gestión y Promoción de la Educación, Información y Ciudadanía Ambiental en la Provincia de Lima, que tiene por objetivo establecer el marco conceptual y los lineamientos generales para la gestión y promoción de la Educación, Información y Ciudadanía Ambiental en el ámbito de la Provincia de Lima. 7.3 NORMAS LOCALES: Ordenanza Nº 431-MSI, aprueba la Política de Sostenibilidad del Distrito de San Isidro , Eje de Política 4º detalla el Eje de Gestión Ambiental Sostenible, y en su numeral 4.6. Educación Ambiental.  Ordenanza 433-MSI, aprueba la Política Ambiental Local de San Isidro y su modi fi catoria ; en el Eje de Política 3º: Gobernanza e institucionalidad de la Gestión Ambiental: Establece los lineamientos de política distrital en materia de ciudadanía e información ambiental.  Ordenanza Nº 548-MSI, que aprueba la modi fi cación de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por ordenanza Nº 505-MSI, en su Art. 112º, señala en el inc. k) Coordinar con la Gerencia de Participación Vecinal el desarrollo de mecanismos de participación ciudadana orientado a la reducción de residuos sólidos y contaminación ambiental, conservación de ecosistema y e fi ciencia energética.  Ordenanza Nº 563-MSI, Ordenanza que aprueba de manera excepcional el Plan de Desarrollo Local Concertado ampliado al año 2025: Ordenanza municipal que aprueba el Plan de Desarrollo Concertado de San Isidro ampliado al año 2025, el cual es una herramienta fundamental para una gestión local -plani fi cada y participativa, puesto que se construye a partir del conjunto de opiniones, intereses y acuerdos de actores de la municipalidad de San Isidro y de la sociedad civil.  Ordenanza Nº 570-MSI, Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Ambiental Local de la Municipalidad de San Isidro 2022-2025 ; en su EJE 3: Gobernanza e Institucionalidad de la Gestión Ambiental; establece en su Objetivo Estratégico 2: Desarrollar conciencia ambiental, el manejo de la información y el fortalecimiento de capacidades en la población tanto a escala escolar como en la sociedad en general, esenciales para la formación de una ciudadanía ambiental y la participación ciudadana y de las organizaciones privadas como ejes básicos. VIII. POBLACIÓN OBJETIVO.- La población objetivo estará representada por la población de: • Instituciones educativas: De acuerdo a las estadísticas del Ministerio de Educación están presentes en el distrito 42 instituciones de administración pública y privada, los cuales albergan un total de 14,500 estudiantes de nivel inicial (cuna, jardín), primaria y secundaria de educación básica regular. • Residentes del distrito: Según las estadísticas del INEI (censo del año 2017) el distrito de San Isidro cuenta con una población de 60,735 habitantes, quienes serán los bene fi ciarios del programa de forma directa e indirecta gradualmente. • Población fl otante del distrito: Se de fi ne así al conjunto de personas que, aun no estando o fi cialmente inscritas en el censo de población del distrito, residen temporalmente en el distrito, las cuales suman aproximadamente 755,717 2 personas. IX. LÍNEAS DE ACCIÓN Y ACTIVIDADES.-Se consignan aquí, expresamente, las líneas de acción y actividades con el propósito de reducir, mitigar o solucionar los problemas priorizados. A continuación, las líneas de acción con sus indicadores respectivos: