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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2023 (07/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Domingo 7 de mayo de 2023 El Peruano / 11 de Reglamento del Consejo Directivo del Proyecto Especial Alto Mayo, el cual tiene como función proponer la modi fi cación de la organización para su traslado y formalización por parte del Titular de Pliego. Recomienda, que el Consejo Directivo del Proyecto Especial Alto Mayo, se pronuncie y en consecuencia determine, mediante acta (acuerdo) sobre la derogación de la Ordenanza Regional N° 030-2009-GRSM/CR. Que, en esa línea de ideas, con informe N° 006-2023-GRSM-PEAM-07.00 de fecha 17 de enero de 2023, el jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Proyecto Especial Alto Mayo (PEAM), concluyó: en el marco de lo determinado en el numeral 11.1 del artículo 11 de Reglamento del Consejo Directivo del Proyecto Especial Alto Mayo, el cual tiene como función proponer la modi fi cación de la organización para su traslado y formalización por parte del Titular de Pliego, debiendo adecuarse a la normatividad, recomienda, que el Consejo Directivo del Proyecto Especial Alto Mayo, se pronuncie y en consecuencia determine, mediante acta (acuerdo) sobre la derogación de la Ordenanza Regional N° 030-2009-GRSM/CR. Que, aunado a ello, mediante Informe Técnico N° 009- 2023-GRSM/SGDI, de fecha 09 de febrero de 2023, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, concluye en el numeral 4.2.: Pertinente dejar sin efecto el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Proyecto Especial Alto Mayo, aprobado con Ordenanza Regional N° 030-2009-GRSM/CR, dado que este documento, según las nuevas disposiciones normativas no corresponde en su calidad del Proyecto Especial. Cabe precisar que mientras el PEAM se encuentre en proceso de elaboración y/o actualización de su Manual de Operaciones, documentos que formalizará su estructura organizacional, todas las actualizaciones administrativas que realice están sujetas a sus documentos de gestión vigente. Que, fi nalmente, con Informe Legal N° 034-2023- GRSM/ ORAL, de fecha 15 de febrero de 2023, la O fi cina Regional de Asesoría Legal emite opinión favorable, señalando en el numeral 3.1., que es procedente que el Consejo Regional San Martín, mediante Ordenanza Regional derogue la Ordenanza Regional N° 030-2009-GRSM/CR, que resolvió en su Artículo Primero, Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, del Proyecto Especial Alto Mayo – PEAM del Gobierno Regional San Martín. Asimismo, en el numeral 3.2., recomienda precisar que la derogación señalada en el artículo precedente, entre en vigencia hasta que el señor Gobernador Regional de San Martín, emita el Decreto Regional correspondiente, que tendrá por fi nalidad aprobar el Manual de Operaciones (MOP) del Proyecto Especial Alto Mayo (PEAM). Que, mediante Memorando Nº 140-2023-GRSM/ GGR, la Gerencia General Regional remite al Consejo Regional de San Martin el expediente sobre la derogación de la Ordenanza Regional N° 030-2009-GRSM/CR, que resolvió en su Artículo Primero, Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, del Proyecto Especial Alto Mayo – PEAM del Gobierno Regional San Martín, precisando que la derogación señalada en el artículo precedente, entre en vigencia hasta que el señor Gobernador Regional de San Martín, emita el Decreto Regional correspondiente, que tendrá por fi nalidad aprobar el Manual de Operaciones (MOP) del Proyecto Especial Alto Mayo (PEAM). Que, el literal o) del artículo 21 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional. Que, el artículo 38º Regionales de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia, en ese marco resulta necesario que el Consejo Regional de acuerdo a sus atribuciones apruebe la Ordenanza Regional sobre la derogación de la Ordenanza Regional N° 030-2009-GRSM/CR, que resolvió en su Artículo Primero, Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, del Proyecto Especial Alto Mayo – PEAM del Gobierno Regional San Martín, precisando que la derogación señalada en el artículo precedente, entre en vigencia hasta que el señor Gobernador Regional de San Martín, emita el Decreto Regional correspondiente, que tendrá por fi nalidad aprobar el Manual de Operaciones (MOP) del Proyecto Especial Alto Mayo (PEAM). Que, de conformidad con lo establecido con el literal f) del artículo 24° del Reglamento de Consejo Regional “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”, concordante con el literal n) del artículo 14º del referido reglamento relacionado a los Derechos y Obligaciones de los Consejeros Regionales: “…Asistir a las Sesiones del Consejo Regional y de las comisiones a las que pertenecen con derecho a voz y voto a través de videoconferencia utilizando las tecnologías de información y comunicación (TIC) u otro medio idóneo para la realización de la mismas…”. Que, el Consejo Regional de San Martín, en sesión extraordinaria, llevada a cabo el día 17 de marzo de 2023, desarrollada en las instalaciones del Auditorio del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público de la Provincia de Lamas y en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política de Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias y Reglamento Interno de Consejo Regional, aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Regional N° 030-2009-GRSM/CR, que resolvió en su Artículo Primero, Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, del Proyecto Especial Alto Mayo – PEAM del Gobierno Regional San Martín. Artículo Segundo. - PRECISAR que la derogación señalada en el artículo precedente, entre en vigencia hasta que el señor Gobernador Regional de San Martín, emita el Decreto Regional correspondiente, que tendrá por fi nalidad aprobar el Manual de Operaciones (MOP) del Proyecto Especial Alto Mayo (PEAM). Artículo Tercero.- ENCARGAR la implementación de la presente Ordenanza a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, conforme al expediente anexo a la presente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Administración del Gobierno Regional de San Martín, realizar los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario O fi cial El Peruano, debiendo publicarse además en el diario encargado de las publicaciones judiciales y en el portal electrónico del Gobierno Regional, previa promulgación del Gobernador Regional del Gobierno Regional de San Martín, en cumplimiento a los dispuesto en el artículo 42° de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales. Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuníquese al señor Gobernador Regional de San Martín para su promulgación. Moyobamba, a los 17 días del mes de marzo del año 2023. JORGE ALFREDO CORSO REATEGUI Consejero DelegadoConsejo Regional Dado en la Sede Central del Gobierno Regional San Martín a los veintiún días de marzo del dos mil veintitrés. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase. WALTER GRUNDEL JIMENEZ Gobernador Regional 2175063-3