TEXTO PAGINA: 5
5 NORMAS LEGALES Martes 9 de mayo de 2023 El Peruano / Que, en ese marco, a través del Informe N° 00017-2023-MINAM/SG/OGASA, la OGASA propone y sustenta la propuesta de creación de la Unidad Funcional de Defensa Nacional y Gestión de Riesgos de Desastres, cuyo objeto es plani fi car, coordinar, supervisar y evaluar las acciones de seguridad y defensa nacional, así como de la gestión del riesgo de desastres en el ámbito sectorial; asimismo, precisa que esta unidad funcional estará a cargo de formular planes, estrategias y acciones en dichas materias; y, especí fi camente, coordinará acciones para identi fi car el riesgo en la infraestructura y patrimonio del Ministerio del Ambiente planteando acciones correctivas y un mejor manejo de riesgos para la reducción de impactos, evitando o minimizando daños, entre otros; Que, asimismo, la OGASA sustenta en el citado informe, el volumen de operaciones y actividades que se realiza de manera regular y en caso de emergencia en el marco de la defensa nacional y la gestión del riesgo de desastres en la entidad, previstos en el Plan Operativo Institucional, en el Plan de Emergencia y Evacuación, en el Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres, entre otros instrumentos de gestión; no originándose con la creación de la citada unidad funcional ningún gasto en el presupuesto de la entidad, proponiendo las funciones que tendrá la misma; Que, a través del Memorando N° 00473-2023-MINAM/ SG/OGPP, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe N° 00030-2023-MINAM/SG/OGPP/OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, se emite opinión favorable sobre la creación de la Unidad Funcional de Defensa Nacional y Gestión de Riesgos de Desastres en la O fi cina General de Asuntos Socio-Ambientales, la cual tiene a su cargo la coordinación y articulación de la gestión del riesgo de desastres y la defensa nacional en la entidad; Que, mediante el Informe N° 00275-2023-MINAM/ SG/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina de manera favorable sobre la propuesta de creación de la Unidad Funcional de Defensa Nacional y Gestión de Riesgos de Desastres; Con el visado de la O fi cina General de Asuntos Socio- Ambientales, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1129, Decreto Legislativo que regula el Sistema de Defensa Nacional; la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación de la Unidad Funcional de Defensa Nacional y Gestión de Riesgos de Desastres. Crear la Unidad Funcional de Defensa Nacional y Gestión de Riesgos de Desastres del Ministerio del Ambiente, dependiente de la O fi cina General de Asuntos Socio-Ambientales del Ministerio del Ambiente, que estará a cargo de un/a Coordinador/a. Artículo 2.- De las funciones La Unidad Funcional a la que hace referencia el artículo 1 tiene las siguientes funciones: a) Asesorar a la Alta Dirección en el planeamiento, programación, ejecución y supervisión en materia de Gestión del Riesgo de Desastres y Seguridad y Defensa Nacional, de acuerdo al marco legal vigente y a las disposiciones dictadas por los entes rectores. b) Elaborar, proponer y/o actualizar los lineamientos, planes u otros instrumentos de seguridad y defensa nacional, y gestión del riesgo de desastres, en materia de su competencia; así como realizar el monitoreo, seguimiento y evaluación de su cumplimiento de acuerdo al marco legal vigente.c) Promover, coordinar, supervisar y realizar el seguimiento a la implementación de la Política de Seguridad y Defensa Nacional, y a la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en el ámbito de las competencias del sector. d) Coordinar el planeamiento y ejecución del proceso de Movilización Nacional, en el ámbito de sus competencias, conforme al marco legal vigente. e) Proponer la inclusión en los planes estratégicos sectorial e institucional, según corresponda, de las acciones en materia de seguridad, defensa nacional y gestión del riesgo de desastres que corresponda, en concordancia con las disposiciones que emitan los entes rectores. f) Proponer, coordinar e implementar acciones de fortalecimiento de capacidades y difusión de la seguridad, defensa nacional y gestión de riesgos de desastres, en coordinación con los órganos competentes del sector, así como proyectos, programas y organismos adscritos cuando corresponda. g) Implementar y administrar el Centro de Operaciones de Emergencia del Sector Ambiental COE-Ambiental. h) Emitir opinión técnica y absolver consultas relacionadas al ámbito de sus competencias. i) Las demás funciones que le sean asignadas por su superior inmediato, en el ámbito de sus competencias, o aquellas que les corresponda por norma expresa. Artículo 3.- Designación de el/ la Coordinador/a Designar como Coordinadora de la Unidad Funcional de Defensa Nacional y Gestión de Riesgos de Desastres del Ministerio del Ambiente, a la señora Karina Angela Morales Avalos, Especialista II en Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional de la O fi cina General de Asuntos Socio – Ambientales. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría General en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam) en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROCÍO BARRIOS ALVARADO Secretaria General 2175535-1 Designan Subdirector de Gestión de Redes de la Dirección de Redes de Observación y Datos del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 059-2023-SENAMHI/PREJ Lima, 8 de mayo de 2023 VISTOS:El Memorando N° D000055-2023-SENAMHI-PREJ; y el Informe N° D000035-2023-SENAMHI-ORH-RVR, de fecha 08 de mayo de 2023, de la O fi cina de Recursos Humanos, y; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, modi fi cada por la Ley N° 27188, establece que el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú –SENAMHI es un organismo público descentralizado, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa y económica, el cual se encuentra adscrito como organismo público ejecutor al Ministerio del Ambiente, conforme a la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013;