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19 NORMAS LEGALES Martes 9 de mayo de 2023 El Peruano / rurales - Estrategia Rural Multisectorial, la cual cuenta con la participación de los sectores e instituciones con competencias vinculadas con el abordaje de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar y violencia sexual en las zonas rurales y la autonomía social y económica de las mujeres en su diversidad cultural y lingüística, a través de sus dependencias técnicas especializadas proveedoras de servicios especí fi cos en las zonas rurales, correspondiendo al MIMP la conducción de la implementación de la citada estrategia; Que, en el numeral 5.4 de la Estrategia Rural Multisectorial señala que su implementación es progresiva y está a cargo de cada uno de los sectores e instituciones involucradas, en el marco de sus competencias y responsabilidades establecidas en la Ley N° 30364, por ello, en tanto, se materialice en una Red de Servicios adecuados a las demandas de la población objetivo y a las características de las zonas rurales, corresponde al Programa Nacional AURORA del MIMP impulsar dicha estrategia brindando el acompañamiento y la asistencia en cada una de las zonas rurales focalizadas a través de su Servicio de Atención Rural – SAR; Que, los artículos 2 y 3 del Manual de Operaciones del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – AURORA, aprobado por Resolución Ministerial N° 194-2021-MIMP, señalan que el citado programa nacional es una Unidad Ejecutora del MIMP que tiene por objeto implementar y promover servicios especializados de prevención de la violencia contra las mujeres, integrantes del grupo familiar y personas afectadas por violencia sexual, así como de atención y de protección a las víctimas, cuya intervención es a nivel nacional, priorizando aquellas zonas con mayores índices de violencia hacia las mujeres, integrantes del grupo familiar y cualquier persona afectada por violencia sexual; Que, en mérito de lo antes señalado, con Informe N° D000014-2023-MIMP-AURORA-UAP-BBO, la Unidad de Atención y Protección del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – AURORA, en adelante Programa Nacional AURORA, sustenta y propone la creación del Servicio de atención frente a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar y personas afectadas por violencia sexual en zonas rurales - “Servicio de Atención Rural - SAR” con el objeto de brindar atención especializada e interdisciplinaria con pertinencia cultural y promover acciones e intervenciones de prevención y protección con articulación territorial, frente a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar y violencia sexual en las zonas rurales, a fi n de fortalecer a nivel nacional la red de servicios especializados del Programa Nacional AURORA; Que, mediante O fi cio N° D000617-2023-MIMP- AURORA-DE la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional AURORA, remite al MIMP la propuesta de resolución que crea el servicio de atención frente a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar y personas afectadas por violencia sexual en zonas rurales - “Servicio de Atención Rural - SAR” y anexo, así como los Informes N° D000014-2023-MIMP-AURORA-UPPM-RDS y N° D000088-2023-MIMP-AURORA-SPP-AZM de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Subunidad de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° D000256-2023-MIMP-AURORA-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica, los cuales emiten su opinión favorable a la citada propuesta; Que, mediante Memorándum N° D000595-2023- MIMP-OGPP la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace de conocimiento el Informe N° D000092-2023-MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional, el cual considera viable la creación del Servicio de atención frente a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar y personas afectadas por violencia sexual en zonas rurales - “Servicio de Atención Rural - SAR”; el Informe N° D000146-2023-MIMP-PRE de la O fi cina de Presupuesto, el cual en el marco de sus funciones y desde el ámbito estrictamente presupuestal, emite opinión favorable sobre la propuesta de resolución que aprueba la creación del servicio antes mencionado y el Informe N° D000071-2023-MIMP-OP de la O fi cina de Planeamiento, el cual, también, emite opinión favorable para la creación del Servicio “Servicio de Atención Rural - SAR”, sustentado por el Programa Nacional AURORA; Que, con Informe N° D000429-2023-MIMP-OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica estima legalmente procedente la emisión de la presente resolución, en el marco de la normativa antes detallada y conforme a lo sustentado por la unidad orgánica y órgano competente; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - AURORA; de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en el Decreto Supremo N° 004-2020-MIMP, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar; en el Decreto Supremo N° 007-2023-MIMP, Decreto Supremo que aprueba la Estrategia Rural Multisectorial para la prevención, atención, protección y recuperación frente a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar y violencia sexual en zonas rurales; y en la Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación Aprobar la creación del Servicio de atención frente a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar y personas afectadas por violencia sexual en zonas rurales - “Servicio de Atención Rural - SAR”, en el Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - AURORA del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Publicación Disponer que la presente resolución y su anexo sean publicados en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.NANCY TOLENTINO GAMARRA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2175663-1 PRODUCE Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio Público, destinada a financiar el despliegue de acciones de control a ser ejecutadas en tres inversiones a cargo del ITP RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 00072-2023-ITP/DE San Isidro, 27 de abril del 2023 VISTOS:El O fi cio N° 1454-2023-ANC-MP-J recibido con fecha 18 de abril de 2023, de la Autoridad Nacional de Control