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94 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de mayo de 2023 El Peruano / de la Nación Nros. 1842-2022-MP-FN y 752-2023-MP-FN, de fechas 25 de agosto de 2022 y 30 de marzo de 2023, respectivamente. Artículo Segundo .- Dar por concluida la designación de la abogada Miluska Milagritos Romero Pacheco, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 5º Despacho Provincial Penal de la Séptima Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 2116-2022-MP-FN, de fecha 06 de octubre de 2022. Artículo Tercero .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Daniel Armando Pis fi l Flores , como Fiscal Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Penal, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 1275-2022-MP-FN, de fecha 30 de junio de 2022. Artículo Cuarto .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Jhon Cristian Huamancayo Zapata, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el 3º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Mira fl ores-Surquillo-San Borja, así como su adecuación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 036-2021-MP-FN y 834-2021-MP-FN, de fechas 12 de enero y 08 de junio de 2021, respectivamente, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Quinto .- Designar al abogado Daniel Armando Pis fi l Flores, Fiscal Superior Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal de la Quinta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María. Artículo Sexto .- Designar a la abogada Ana María Linares Zamora, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 5º Despacho Provincial Penal de la Séptima Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María. Artículo Séptimo .- Designar a la abogada Miluska Milagritos Romero Pacheco, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 3º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Mira fl ores- Surquillo-San Borja. Artículo Octavo .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Segunda Fiscalía Suprema Penal, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2178335-1 Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1137-2023-MP-FN Lima, 16 de mayo de 2023 VISTOS Y CONSIDERANDO: Los o fi cios Nros. 414, 806 y 1281-2023-MP-FN-PJFS- DFLE, cursados por el abogado Orestes Walter Milla López, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este; y, el informe Nº 10-2022-JEF-ODANC-MP-DFLE-JOB, suscrito por el abogado José Odicio Bueno, Jefe de la O fi cina Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Lima Este. Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2865-2019-MP-FN, de fecha 16 de octubre de 2019, se nombró a la abogada Carol Ivonne Suárez Macking, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Molina. Que, el numeral 3 del artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Que, según el numeral 64.2 de la ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Que, conforme a lo expuesto en los o fi cios Nros. 414, 806 y 1281-2023-MP-FN-PJFS-DFLE, el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, señala que la abogada Carol Ivonne Suárez Macking, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designada en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Molina, presenta una actitud renuente para cumplir sus funciones, lo que ha ocasionado un tenso clima laboral. En mérito a ello se ha solicitado dar por concluido su nombramiento y designación. De otro lado, de la lectura del informe Nº 10-2022-JEF-ODANC-MP-DFLE-JOB, suscrito por el Jefe de la O fi cina Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Lima Este, se tomó conocimiento de la existencia de diez quejas presentadas en su contra, de las cuales cuatro se encuentran concluidas y seis en trámite. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, estando a lo expuesto en el párrafo precedente, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, dando por concluido el nombramiento y designación del personal fi scal que ocupa provisionalmente la plaza señalada en el segundo párrafo, así como, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar el reemplazo correspondiente que ocupe provisionalmente el referido cargo, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Que, estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158° y 159° de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N.º 31718.