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106 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de mayo de 2023 El Peruano / que, el sistema de plani fi cación tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión moderada y rendición de cuentas, inclusión, e fi ciencia, efi cacia, entre otros. De igual modo, el numeral 2 del artículo 121º, reconoce el derecho de control vecinal a los gobiernos locales, demandando la rendición de cuentas; El artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, señala que: “Los Decretos de Alcaldía establecen las normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Consejo Municipal”, concordante con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 39° de la referida Ley dispone que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de Gobierno, mediante decretos de alcaldía; Que, por Ley Nº 31433, se modi fi ca algunos artículos de la Ley Nº 27972 entre ellos, el artículo 20º numeral 36, estableciendo como una de las atribuciones del Alcalde de convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local, asimismo, dicha ley incorpora a la Ley N° 27972, el artículo 119-A, con el siguiente texto: “Las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal”; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 041- 2022-CG, se aprueba la Directiva Nº 006-2022-CG/ PREVI “Rendición de Cuentas de los Titulares del Gobierno Regional, Gobierno Local y de las Sociedades de Bene fi cencia”, en cuyo literal c) del sub numeral 6.4 numeral 6, establece entre otros que, el informe de Rendición de Cuentas de Titulares debe ser expuesto por las entidades en las Audiencias Públicas dirigidas a los ciudadanos conforme las normas especí fi cas que regule dicha obligación; Que, mediante informe N° 060-2023-GDS/MDCH de fecha 04 de mayo de 2023, la Gerencia de Desarrollo Social, remite a la Gerencia Municipal el Informe N° 014-2023-SGPV-GDS/MDCH, de fecha 04 de mayo de 2023 de la Subgerencia de Participación Vecinal que contiene el proyecto de los lineamientos para las Audiencias Públicas de la Municipalidad de Chaclacayo; asimismo, mediante Informe Legal Nº 078-2022-GAJ-MDCH, de fecha 08 de mayo de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable a la propuesta; y fi nalmente, mediante Informe Nº 089-2022-GM-MDCH, de fecha 09 de mayo de 2022, la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, remitiendo lo actuado mani fi esta su conformidad; Estando a lo dispuesto y de conformidad con las facultades conferidas en el inciso 6) del Art. 20 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- CONVOCAR a la AUDIENCIA PUBLICA de RENDICIÓN DE CUENTAS de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, para el año 2023, los días 31 de mayo de 2023 y 27 de setiembre de 2023, a las 11:00 horas, sito en la Biblioteca Municipal Antonio Raymondi ubicado en la esquina de la Calle las Dalias con Calle Magnolias – Parque Lía Lavalle de Ledgard - Chaclacayo, conforme al cronograma señalado en el Anexo N° 01 del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- APROBAR los “Lineamientos para realización de Audiencias Públicas de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo”, que como Anexo N° 02 forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- PRECISAR que las personas que participen de la Audiencia Pública deben ser mayores de edad y domiciliados en el distrito de Chaclacayo, inscribirse a través del Portal Web: www.munichaclacayo.gob.pe, o, en la Subgerencia de Participación Vecinal, de lunes a viernes, en el horario de 8:00 a.m. a 16:00 horas. Artículo Cuarto.- DISPONER a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y demás unidades orgánicas a realizar las acciones necesarias para el debido cumplimiento de lo aquí decretado; y, ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el diario ofi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información la publicación del Decreto de Alcaldía y sus anexos en el Portal Institucional de la Municipalidad distrital de Chaclacayo (www.munichaclacayo.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.SERGIO ANTONIO BAIGORRIA SEAS Alcalde 2177659-3 MUNICIPALIDAD DE COMAS Aprueban el nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) de la Municipalidad Distrital de Comas ORDENANZA MUNICIPAL N° 664/MDC Comas, 27 de abril de 2023. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 27 de abril de 2023, el Informe N°042-2023-SGCYO-GFYT-MDC de fecha 16 de febrero de 2023, emitido por la Subgerencia de Fiscalización (antes Subgerencia de Control y Operaciones), el Informe N°057-2023-SGTTyV-GFT/MDC de fecha 17 de febrero de 2023, emitido por la Subgerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad, el Informe N°014-2023-SGECA-GFT/MDC de fecha 21 de febrero de 2023, emitido por la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Administrativa (antes Subgerencia de Sanciones y Ejecutoria Coactiva Administrativa), el Informe N°001-2023-OGPP/MDC de fecha 28 de febrero de 2023, emitido por la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, en base al Informe N°001- 2023-JMT.OGPP/MDC de fecha 25 de febrero de 2023, emitido por el Econ. Josoé Marchán Taquire, el Informe N°010-2023-GSCFT/MDC de fecha 15 de marzo de 2023, emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Transporte, el Informe N°186-2023-OGAJ/MDC de fecha 16 de marzo de 2023, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Proveido N°485-2023-GM/MDC de fecha 31 de marzo de 2023, emitido por la Gerencia Municipal, la Carta N°043-2023-OGAC/MDC de fecha 17 de abril de 2023, emitido por la O fi cina General de Atención al Ciudadano, el Dictamen N°06-2023-SCFT/MDC de fecha 19 de abril de 2023, emitido por la Comisión Ordinaria de Regidores de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Transporte, concernientes al “Proyecto de Ordenanza que aprueba el Nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) de la Municipalidad Distrital de Comas”, y ; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, las municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. De igual modo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;