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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2023 (17/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 101

101 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de mayo de 2023 El Peruano / RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Marisela Janeth Caballero Dulce, con matrícula número N-5190, en el Registro, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ENRIQUE MELGAR ROMARIONI Secretario General 2176289-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban modificación y actualización de las denominaciones de las dependencias a cargo de los servicios no exclusivos contenidos en el TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima DECRETO DE ALCALDÍA N° 008 Lima, 5 de mayo de 2023EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;VISTOS: El Informe N° D000109-2023-MML-GP-SOM de la Subgerencia de Organización y Modernización (hoy Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Modernización); el Memorando N° D000370-2023-MML-GP de la Gerencia de Plani fi cación (hoy O fi cina General de Plani fi cación Estratégica, Modernización y Cooperación Técnica), el Informe Nº D000510-2022-MML-GAJ, de la Gerencia de Asuntos jurídicos (hoy O fi cina General de Asuntos Jurídicos) y el Memorando N° D000698-2023-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 6 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa; Que, el artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; asimismo, el numeral 6 del artículo 20 de la misma Ley señala que son atribuciones del alcalde: (…) 6. Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que: “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 009, del 21 de octubre de 2014, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Metropolitana de Lima; el cual ha sido modi fi cado respecto de algunos servicios no exclusivos para incorporar, eliminar, suspender, modi fi car precios entre otros; Que, mediante Ordenanza N° 2537, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 19 de abril de 2023, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima (ROF de la MML), documento que contiene principales cambios en lo que respecta a los órganos y unidades de organización, entre otros, adicionalmente, se revisa que en el citado documento dispone un plazo de adecuación de 30 días hábiles, para que los órganos, unidades orgánicas, órganos desconcentrados, organismos descentralizados y empresas municipales, pertenecientes a la Municipalidad Metropolitana de Lima, se adecúen; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se ha revisado que la denominación de los órganos y unidades orgánicas, han sido modi fi cados de manera integral en algunos casos; Que, la Subgerencia de Organización y Modernización (ahora O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Modernización) a través del Informe N° D000109-2023-MML-GP-SOM, de fecha 3 de mayo de 2023, propone y sustenta la actualización del instrumento de gestión “Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Metropolitana de Lima”, el cual fue aprobado con Decreto de Alcaldía N° 009-2014 y modi fi catorias, señalando que se ha revisado que algunas dependencias requieren ser modi fi cadas en relación a su denominación; Que, la Gerencia de Plani fi cación (ahora O fi cina General de Plani fi cación Estratégica, Modernización y Cooperación Técnica) a través del memorando N° D00030-2023-MML-GP, de fecha 3 de mayo de 2023, otorga la conformidad a la propuesta de modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el artículo 36 del ROF de la MML, señala que la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Modernización es la unidad orgánica responsable de conducir los procesos de formulación, aprobación, modi fi cación, seguimiento, monitoreo y evaluación de los instrumentos de planeamiento estratégico y operativo de la corporación Municipal; asimismo es responsable de conducir y supervisar los procesos de modernización y desarrollo organizacional de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Lidera el control de la gestión de la corporación Municipal. Es responsable de conducir el Sistema Administrativo de Planeamiento Estratégico y el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública y se rige bajo sus normas; así como el Sistema Estadístico Nacional; Que, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Modernización a través de la O fi cina General de Plani fi cación Estratégica, Modernización y Cooperación Técnica resulta competente para presentar la propuesta de modi fi cación de los servicios no exclusivos contenidos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos (actualmente denominada O fi cina General de Asuntos Jurídicos) a través del Informe Nº D000510-2023-MML-GAJ, de fecha 4 de mayo de 2023, concluye, entre otros, que resulta conforme a la normativa vigente que, mediante decreto de alcaldía, se modi fi que el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado con Decreto de Alcaldía N° 009-2014 y modi fi catorias, en mérito al nuevo Reglamento de