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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2023 (20/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Sábado 20 de mayo de 2023 El Peruano / Modifican el literal f) del artículo 1 de la Res. N° D000002-2023-PENSION65-DE, que delega facultades y atribuciones en el/la Jefe/a de la Unidad de Administración, durante el año 2023 RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº D000098-2023-PENSION65-DE San Isidro, 19 de mayo del 2023VISTO:El Informe N° D000103-2023-PENSION65-UA de la Unidad de Administración, el Informe N° D000151-2023-PENSION65-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 081-2011- PCM y modi fi catorias, se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” con la fi nalidad de brindar protección social a los adultos mayores de 65 años, que viven en situación de vulnerabilidad, entregándoles una subvención monetaria que les permita incrementar su bienestar y mejorar sus mecanismos de acceso a los servicios públicos que brinda el Estado; Que, mediante Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, en su artículo 8 se establece que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa Nacional, encontrándose a cargo de un/a Director/a Ejecutivo/a quien ejerce su representación legal; Que, conforme al literal v) del artículo 9 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” citado, la Dirección Ejecutiva puede delegar funciones no privativas al cargo, cuando lo considere conveniente, otorgando los poderes necesarios dentro de los límites legales; Que, asimismo, el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, indica que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el e fi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia. Que, aunado a ello, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79 que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado; Que, de acuerdo al artículo 16 del Manual de Operaciones del Programa, la Unidad de Administración, es el órgano de apoyo responsable de conducir y supervisar los procesos de los sistemas administrativos de abastecimiento, contabilidad y tesorería, entre otros; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000002-2023-PENSION65-DE, publicado el 04 de enero de 2023 en el Diario O fi cial el Peruano, se delega entre otros, facultades y atribuciones en materia administrativa al/la Jefe/a de Unidad de Administración con la fi nalidad de garantizar la adecuada gestión administrativa del Programa “Pensión 65”; Que, en ese marco, mediante Informe Nº D000103- 2023-PENSION65-UA, la Unidad de Administración recomienda a la Dirección Ejecutiva establecer de manera expresa en el literal f), de la resolución antes citada, la facultad para aprobar los reconocimientos de deuda en los que concurran los elementos necesarios para la con fi guración del enriquecimiento sin causa previsto en el artículo 1954 del código civil a fi n de evitar cuestionamientos sobre su competencia y agilizar las acciones y gestión administrativa; Que, mediante Informe N° D000151-2023- PENSION65-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica considera viable legalmente la propuesta de modi fi cación del literal f) del artículo 1 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000002-2023-PENSION65-DE, publicado el 04 de enero de 2023; Que, estando a las competencias de la Dirección Ejecutiva, con el visado de la Unidad de Administración y la Unidad de Asesoría Jurídica y, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS, y la Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modi fi car el literal f) del artículo 1 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000002-2023-PENSION65-DE, que delega facultades y atribuciones en el/la Jefe/a de la Unidad de Administración, durante el año 2023, conforme a los siguientes términos: “Artículo 1°.- Delegar en el /la Jefe/a de la Unidad de Administración, durante el año 2023, las facultades y atribuciones siguientes: (…)En materia administrativa:(…)f) Reconocer adeudos de ejercicios presupuestales anteriores y créditos devengados, respecto de las obligaciones que les correspondan, en concordancia con la normativa vigente y/o aprobar los reconocimientos de deuda en los que concurran los elementos necesarios para la con fi guración del enriquecimiento sin causa previsto en el artículo 1954 del Código Civil.” Artículo 2º.- Poner de conocimiento el presente acto resolutivo a la Unidad de Administración para las acciones correspondientes. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el plazo máximo de dos (02) días hábiles de emitido, se efectúe su publicación en el portal institucional y en el portal de transparencia estándar del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”: www.pension65.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIO MENDIGURE FERNÁNDEZ Director Ejecutivo 2179537-1 Designan Jefe de la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma RESOLUCIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000308-2023-MIDIS/PNAEQW-DE Santiago de Surco, 19 de mayo del 2023 VISTOS: El Memorando N° D001369-2023-MIDIS/PNAEQW- URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe N° D000445-2023-MIDIS/PNAEQW-UAJ de la Unidad de