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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2023 (23/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 76

76 Martes 23 de mayo de 2023 El Peruano / PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Disponen la publicación para comentarios del proyecto de fijación de los Importes Máximos de Corte y Reconexión del Servicio Público de Electricidad aplicables al periodo comprendido entre el 01 de setiembre de 2023 al 31 de agosto de 2027 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN DE ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 080-2023-OS/CD Lima, 17 de mayo de 2023CONSIDERANDO:Que, Osinergmin de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el artículo 27 de su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el inciso b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM y en el artículo 180 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, tiene el encargo de fi jar los Importes Máximos de Corte y Reconexión del Servicio Público de Electricidad; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simpli fi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas y en el ítem h) del “Procedimiento para la Fijación de los Importes Máximos de Corte y Reconexión del Servicio Público de Electricidad”, contenido en el Anexo B.2 de la Norma “Procedimiento de Fijación de Precios Regulados” aprobada mediante Resolución Osinergmin N° 080-2012-OS/CD, el proyecto de resolución que fi ja los Importes Máximos de Corte y Reconexión del Servicio Público de Electricidad que resultan de dicho Procedimiento, así como la relación de la información (informes, estudios, dictámenes o modelos económicos) que los sustentan, deberá publicarse en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de Osinergmin, con un plazo no menor a 15 días hábiles anteriores a la publicación de la resolución tarifaria. Del mismo modo, corresponde convocar a una Audiencia Pública Descentralizada para que Osinergmin sustente la presente publicación de proyecto de resolución, que deberá llevarse a cabo conforme a lo establecido en el ítem i) del citado procedimiento; Que, según se encuentra consignado en el ítem j) del Procedimiento mencionado en el considerando anterior, y con el fi n de dotar de la mayor transparencia posible al proceso regulatorio en trámite, es conveniente hacer conocer a los interesados, el lugar al que podrán remitir sus opiniones y sugerencias sobre el proyecto de resolución publicado, con el fi n de que Osinergmin proceda a su respectivo análisis, con anterioridad a la publicación de la resolución de fi nitiva que fi je los Importes Máximos de Corte y Reconexión del Servicio Público de Electricidad; Que, se han expedido los Informes N° 339-2023-GRT y 338-2023-GRT de la Asesoría Legal y de la División de Distribución Eléctrica de la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, los mismos que complementan la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin; Que, conforme a lo dispuesto por la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simpli fi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS y a las facultades concedidas por el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; sus modi fi catorias y complementarias. Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 13-2023 de fecha 16 de mayo de 2023. SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación de Proyecto y relación de información sustentatoria Disponer la publicación en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de Osinergmin www.gob.pe/osinergmin, del Proyecto de Resolución que fi ja los Importes Máximos de Corte y Reconexión del Servicio Público de Electricidad aplicables al periodo comprendido entre el 01 de setiembre de 2023 al 31 de agosto de 2027, documento que fi gura como Anexo 1 y de la relación de información que sustenta la decisión de Osinergmin, la misma que se acompaña como Anexo 2 de la presente resolución. Artículo 2.- Audiencia Pública Convocar a Audiencia Pública para la exposición y sustentación por parte de Osinergmin de los criterios, metodología y modelos económicos utilizados en el análisis de los estudios y de la publicación del Proyecto de Resolución que fi ja los Importes máximos de Corte y del servicio público de Electricidad aplicables para el periodo 01 de setiembre de 2023 al 31 de agosto de 2027, que se realizará simultáneamente, con sistema de videoconferencia, en la fecha, hora y modalidad siguiente: Fecha : 06 de junio de 2023. Hora : 09:00 a.m. Lugares : LIMA Osinergmin Jr. Bernardo Monteagudo N° 222 Magdalena del Mar Lima. TRUJILLO Hotel El Gran Marqués- Sala: Príncipes Calle Díaz de Cienfuegos N° 145- 147-151. Urb. La Merced-Trujillo, Perú. Artículo 3.- Plazo para comentarios Disponer que las opiniones y sugerencias de los interesados respecto a la presente publicación serán remitidas por escrito a la Gerencia de Regulación de Tarifas, vía la ventanilla electrónica: https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/ o mediante la mesa de partes física, situada en Av. Jorge Chavéz N° 154, Mira fl ores, Lima, hasta 20 días hábiles después de la realización de la Audiencia Pública convocada en la presente resolución. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas a la siguiente dirección de correo electrónico: soporteconexiones@osinergmin.gob.pe. La recepción de los comentarios estará a cargo de la Sra. Carmen Ruby Gushiken Teruya. Artículo 4.- Análisis de opiniones y sugerencias Encargar a la Gerencia de Regulación de Tarifas el análisis de las opiniones y/o sugerencias que se presenten