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25 NORMAS LEGALES Viernes 3 de noviembre de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la ejecución de la Expropiación del área del Inmueble y del valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la Expropiación del área afectada de un (1) inmueble para el proyecto: “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro” y el valor de la Tasación del mismo, ascendente a S/ 70 115,34 (SETENTA MIL CIENTO QUINCE Y 34/100 SOLES), correspondiente al código NODO HUACAYBAMBA, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación del valor de la Tasación Disponer que el Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la Expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir el área del bien inmueble a favor del Bene fi ciario y orden de levantar toda carga o gravamen que contenga la partida registral 3.1 Disponer que el Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y noti fi cada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la Ofi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble a favor del Bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral respecto al área afectada del inmueble. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción registral del área del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP inscriba a favor del Bene fi ciario el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la Expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN CORRESPONDIENTE AL ÁREA AFECTADA DE UN (1) INMUEBLE PARA EL PROYECTO: “RED DORSAL NACIONAL DE FIBRA ÓPTICA: COBERTURA UNIVERSAL NORTE, COBERTURA UNIVERSAL SUR Y COBERTURA UNIVERSAL CENTRO”. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETOS PASIVOSCÓDIGO: NODO HUACAYBAMBAAREA AFECTADA: 140.35 m2AFECTACIÓN: Parcial del inmueble VALOR DE LA TASACIÓN (S/)COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VÉRTICES LADODISTANCIA (m)WGS8 ESTE (X) NORTE (Y) MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESGAMARRA CERNA, ARMANDO CELIO GAMARRA FLORES, ASUNCIÓN GAMARRA FLORES, GIL ARMANDOLINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:Frente: Colinda con Jr. Santiago Antúnez de Mayolo – 1.68, 8.45 m.Derecha: Colinda con los Lotes 7, 4 – 13.92, 0.37 m.Izquierda: Colinda con el Remanente del Lote 8 – 13,60 m.Fondo: Colinda con el Remanente del Lote 8 – 10,13 m.A A-B 10,13 284900,2759 9000351,8170 70 115,34B B-C 0,37 284910,0294 9000349,0674 C C-D 13,92 284909,8976 9000348,7240 PARTIDA REGISTRAL: N° P39009998 perteneciente a la Ofi cina Registral de Huánuco, de la Zona Registral N° VIII - Sede Huancayo.CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL:Emitido con fecha 21 de junio del 2023 (Informe Técnico N°013203-2023-Z.R.N°VIII-Sede HUANCAYO/UREG/CAT) por la Ofi cina Registral de Huánuco, de la Zona Registral N° VIII, Sede Huancayo.D D-E 8,45 284906,1213 9000335,3284 E E-F 1,68 284898,1934 9000338,2528 F F-A 13,60 284896,5861 9000338,7284 2231129-1