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77 NORMAS LEGALES Jueves 9 de noviembre de 2023 El Peruano / POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha once de octubre del dos mil veintitrés, en Sesión Extraordinaria, se aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; asimismo, en su artículo 192 prescribe: “Los Gobiernos Regionales (...). Son competentes para: (...) 1. Aprobar su organización interna y su presupuesto. (...) 10. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley”. Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “(...) s. Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley”; asimismo, el artículo 38 prescribe: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”. Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, en la Cuarta Disposición Complementaria Final establece: “Créase el cuadro de puesto de la entidad (CPE) como instrumento de gestión (...). Este instrumento reemplaza al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y al Presupuesto Analítico de Personal (PAP)”. Que, el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, Aprueban el Reglamento General de la Ley Nº 30057 - Ley del Servicio Civil, establece la progresiva implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades. Que, la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023, en su Nonagésima Tercera Disposición Complementaria Final señala: “Autorízase, excepcionalmente y por única vez, el nombramiento de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud contratados en plaza presupuestada vacante y que perciben sus ingresos en el marco del Decreto Legislativo N° 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado, identi fi cados al 31 de julio de 2022, previa veri fi cación del cumplimiento de los per fi les establecidos por la normatividad pertinente para cada plaza. (…)”. Que, mediante O fi cio Nº 916-2023-GRAJ-GGR-GR/ GOB.REG.TACNA, de fecha 29 de septiembre de 2023, la Gobernación Regional solicita la aprobación mediante ordenanza regional del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la U.E. 401: Hospital Hipólito Unanue de Tacna y la U.E. 402: Red de Salud de Tacna, para lo cual se adjunta la documentación sustentatoria de su pedido. Que, con el Informe N° 139-2023-OEGDRRHH/ DRS.T./GOB.REG.TACNA, de fecha 07 de junio del 2023, emitido por la Dirección Ejecutiva de la O fi cina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección Regional de Salud de Tacna; el Informe Técnico N° 000110-2023-SERVIR-GDSRH de fecha 10 de agosto de 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos del SERVIR; el Informe N° 0177-2023-GRPPAT-SGMI/GOB.REG.TACNA, de fecha 25 de setiembre de 2023, emitido por la Sub Gerencia de Modernización Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna; la Opinión Legal Nº 1391-2023-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 27 de setiembre de 2023, emitida por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; el Informe del Asesor de Comisión Nº 01-2023-MLRP-COPPyAT-CR/GOB. REG.TACNA, de fecha 04 de octubre de 2023; y, demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa.Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió emitir el DICTAMEN Nº 027-2023-COPPyAT- CR, de fecha 05. octubre. 2023, sobre: “APROBAR LA PROPUESTA DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP-P) DE LA UNIDAD EJECUTORA 401: HOSPITAL HIPÓLITO UNANUE DE TACNA DE OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO (855), DISTRIBUIDOS EN SETECIENTOS SESENTA Y SEIS (766) OCUPADOS, ASÍ COMO OCHENTA y NUEVE (89) PREVISTOS; Y UNIDAD EJECUTORA 402: RED DE SALUD TACNA, DE UN TOTAL DE MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE (1179) CARGOS, DISTRIBUIDOS EN MIL SETENTA Y SEIS (1076) OCUPADOS Y CIENTO TRES (103) PREVISTOS”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional en Sesión Extraordinaria, de fecha 11 de octubre de 2023. Que, considerando las normas antes indicadas y teniendo en cuenta los informes técnicos y legales favorables, emitidos por los distintos órganos competentes del Gobierno Regional de Tacna y de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, corresponde la aprobación de los Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Unidad Ejecutora 401: Hospital Hipólito Unanue de Tacna; y de la Unidad Ejecutora 402: Red de Salud de Tacna. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 30055 y 31433; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha aprobado por mayoría, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero.- APROBAR el CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP-P) DE LA UNIDAD EJECUTORA 401: HOSPITAL HIPÓLITO UNANUE DE TACNA, de un total de ochocientos cincuenta y cinco (855), distribuidos en setecientos sesenta y seis (766) ocupados y ochenta y nueve (89) previstos, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- APROBAR el CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP-P) DE LA UNIDAD EJECUTORA 402: RED DE SALUD TACNA, de un total de mil ciento setenta y nueve (1,179) cargos, distribuidos en mil setenta y seis (1,076) ocupados y ciento tres (103) previstos, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna, al Hospital Hipólito Unanue de Tacna y a la Red de Salud Tacna, la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Sexto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Séptimo.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo, los anexos se difundirán en el portal electrónico de la institución, conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiéndose que la publicación sea efectuada por Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna.