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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (11/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Sábado 11 de noviembre de 2023 El Peruano / de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo del distrito de San Isidro y un sector del distrito de Magdalena del Mar, que son parte del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana, en cuyo artículo 6 estableció que la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar formule y apruebe los Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorios Complementarios, de Estacionamientos, Retiros, Tamaños Mínimos de Departamentos, Densidades Netas de ser necesario y otros, para su aplicación en su jurisdicción; Que, el artículo 2 de la norma ut supra, aprobó las Normas Generales de Zoni fi cación de los Usos del Suelo del distrito de San Isidro y un sector del distrito de Magdalena del Mar, conforme al Cuadro N°01 Resumen de Zoni fi cación Residencial, anexo N°02 de la Ordenanza, el cual establece que por cada vivienda debe implementarse, como mínimo, un (01) estacionamiento, pudiendo las municipalidades distritales proponer requerimientos de estacionamiento mayores al señalado en el cuadro; Que, el artículo 40 de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que “las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”; Que, el artículo segundo de la Ordenanza N°166- 2023-MDMM, que regula la provisión de estacionamientos en las Áreas de Tratamiento Normativo II y III del distrito de Magdalena del Mar, señala que “los estacionamientos para bicicletas forman parte de las áreas comunes de las edi fi caciones multifamiliares, conjuntos residenciales y/o de uso colectivo”, estableciéndose para el área de tratamiento normativo II dos (02) estacionamientos por cada vivienda; Que, la regidora DANIELA YHADIRA URIARTE GALARZA, mediante pedido, solicitó la modi fi cación del artículo segundo de la Ordenanza N°166-2023-MDMM, en el extremo de requerir el número de estacionamientos en el Área de Tratamiento Normativo III, conforme a lo señalado en la Ordenanza N°950 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para establecer el requerimiento de un (01) estacionamiento por cada vivienda dentro de la jurisdicción; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9 y el artículo 40 de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con dispensa del trámite de comisiones, del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.– MODIFICAR el artículo segundo de la Ordenanza N°166-2023-MDMM, debiendo quedar redactado de la siguiente manera: Artículo Segundo.- ESTACIONAMIENTO PARA ZONAS RESIDENCIALES Los estacionamientos para bicicletas forman parte de las áreas comunes de las edi fi caciones multifamiliares, conjuntos residenciales y/o de uso colectivo. Ord.950-MML (Área de trata- miento normativo III)Ord.1076- MML (Área de tratamiento normativo II_) Estacionamiento vivienda1 cada vivienda 1 cada vivienda Estacionamiento de visitas1 cada 20 viviendas1 cada 40 vivi- endas Bicicletas 1 cada vivienda 1 cada 3 viviendas Artículo Segundo.– ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Territorial e Infraestructura, la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones, así como a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, el cabal cumplimiento de lo dispuesto en el presente dispositivo. Artículo Tercero.– DEJAR SIN EFECTO toda norma o disposición de igual o inferior jerarquía que se opongan a lo dispuesto en el presente dispositivo. Artículo Cuarto.– DISPONER la publicación del presente dispositivo en el diario o fi cial El Peruano y en la Plataforma Digital única del Estado Peruano (www.gob. pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 2232308-1 Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL N° 005-2023-GM-MDMM Magdalena del Mar, 26 de enero del 2023VISTOS: El Informe N° 062-2023-OGRH/MDMM, de fecha 26.01.2023 de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, el Informe N° 036-2023-OGAJ-MDMM, de fecha 26.01.2023, de O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 007-2022-OGPP/MDMM, de fecha 26.01.2023, de O fi cina General Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. La autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme al principio de legalidad contemplado en el numeral 1.1. del inciso 1 del artículo IV del Título Preliminar del TUO de la LPAG, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al Derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas; Que, los incisos 1 y 2 del artículo 10° del TUO de la LPAG se indica que son vicios del acto administrativo, que causan su nulidad de pleno derecho, la contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias; y, el defecto o la omisión de alguno de sus requisitos de validez, respectivamente; Que, mediante el artículo 3º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE se da a las entidades un plazo de hasta seis (6) meses para adecuar su Manual de Clasi fi cador de Cargos vigente a los lineamentos dispuestos en la Directiva Nº 006-2021- SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, o para formular y aprobar uno en línea con lo dispuesto en la directiva; Que, el literal c) del numeral 5.1 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, de fi ne al Manual de Clasi fi cador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, el numeral 6.1.7 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH señala que “La O fi cina de