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41 NORMAS LEGALES Jueves 23 de noviembre de 2023 El Peruano / Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.BENJAMIN ABELARDO MARTICORENA CASTILLO Presidente (e) 2237757-1 Aprueban modificación del Clasificador de Cargos del Pliego Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC RESOLUCIÓN DE SECRETARIA GENERAL Nº 063-2023-CONCYTEC-SG Lima, 17 de noviembre de 2023 VISTOS: El Informe Nº D000686-2023-CONCYTEC- OGA-OP de la O fi cina de Personal; el Memorando Nº D000473-2023-CONCYTEC-OGA de la O fi cina General de Administración; el Informe Nº D000060-2023-CONCYTEC-OGPP-OMGC de la O fi cina de Modernización y Gestión de la Calidad; el Memorando Nº D000649-2023-CONCYTEC-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº D000090-2023-CONCYTEC-OGAJ-RRQ y el Memorando Nº D000496-2023-CONCYTEC-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un organismo público técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía cientí fi ca, técnica, administrativa, económica y fi nanciera, que constituye un pliego presupuestal, conforme a lo establecido en la Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; con las modi fi caciones introducidas por la Ley Nº 30806 1; Que, con Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, el cual tiene por fi nalidad de fi nir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman el Pliego CONCYTEC, así como de fi nir su estructura orgánica; Que, a través el Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mani fi esta que con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 369-2015-SERVIR-PE se declara iniciado el Proceso de Implementación del Nuevo Régimen del Servicio Civil en el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC; Que, indica que, con Resolución Ministerial Nº 012- 2018-PCM de fecha 29 de enero de 2018, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional –CAP Provisional del CONCYTEC, reordenado mediante Resolución de Secretaría General Nº 022-2021-CONCYTEC-SG de fecha 18 de junio de 2021; Que, precisa, que, con Resolución de Presidencia Nº 116-2017-CONCYTEC-P, se aprobó el Clasi fi cador de Cargos del Pliego CONCYTEC, modi fi cado por Resoluciones de Presidencia Nº (s) 060-2021-CONCYTEC-P y 133-2022-CONCYTEC-P; Que, por su parte, señala que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” (en adelante la Directiva), la misma que contiene, entre otras, las reglas que permitan a las entidades públicas, elaborar, aprobar, modi fi car y actualizar el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC), el cual es el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad. En ese sentido, estipula en el numeral 6.1 de la precitada Directiva el procedimiento, aprobación y modi fi cación del MCC, estableciendo que la propuesta de MCC de la entidad debe contener los cargos estructurales que la entidad requiere para que los órganos y unidades orgánicas cumplan con las funciones mínimas indispensables dispuestas en el ROF o el MOP, según corresponda, no siendo obligatorio el uso de todas las clasi fi caciones dispuestas en la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público. Para tal efecto, el numeral 6.1.4 de la Directiva establece que, “ la información dispuesta sobre los cargos estructurales debe contener, como mínimo, lo referente a clasi fi cación, sigla, denominación, funciones y requisitos (Anexo Nº 5); debiendo recurrir, en adición a los documentos citados en el numeral 6.1.3 de la presente directiva, a la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, y al MOF vigente de la entidad, de corresponder” ; Que, asimismo re fi ere que, el numeral 6.1.7. de la Directiva dispone que: “la ORH o la que haga las veces debe elevar la propuesta de MCC al (la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el (la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad” ; Que, respecto a los cambios que se den en el MCC, indica que, el numeral 6.1.10 de la Directiva indica que: “las modi fi caciones (…) motivadas por la inclusión o eliminación de cargos estructurales, y/o el aseguramiento del cumplimiento de lo señalado en los numerales 6.1.4, 6.1.6 y 6.1.11 de la presente directiva, se aprueban y publican siguiendo las reglas dispuestas en los numerales 6.1.7, 6.1.8 y 6.1.9 de la presente directiva”; Que, por otro lado, re fi ere, que, el literal f) artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM señala que la O fi cina de Personal tiene entre sus funciones: proponer actualizaciones del Presupuesto Analítico de Personal y de la Estructura de Cargos Clasi fi cados, acorde a las políticas institucionales y a las normas y procedimientos vigentes. En ese sentido, es competencia de la O fi cina de Personal de la Ofi cina General de Administración, elaborar y proponer modi fi caciones sobre el Clasi fi cador de Cargos del Pliego CONCYTEC. Mientras que, los literales b) y h) del artículo 29 del citado Reglamento, prescribe como funciones de la O fi cina de Modernización y Gestión de la Calidad de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la de desarrollar y evaluar las acciones de modernización organizacional y de mejora en la gestión de la calidad de la institución; y evaluar y resolver los expedientes y documentos correspondientes a su competencia funcional y efectuar su seguimiento, con observancia de las políticas, normas y procedimientos establecidos, respectivamente; Que, en ese marco normativo, con Informe Nº D000686-2023-CONCYTEC-OGA-OP que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Administración a través del Memorando Nº D000473-2023-CONCYTEC-OGA, la O fi cina de Personal sustenta técnicamente la propuesta de modi fi cación del Clasi fi cador de Cargos, aprobado por Resolución de Presidencia Nº 116-2017-CONCYTEC-P y sus modi fi catorias, respecto de los puestos de: (i) Profesional 4 de la O fi cina de Gestión Documentaria y Servicio al Ciudadano; (ii) Profesional 4 de la O fi cina de Personal; y, (iii) Auxiliar 2 de la O fi cina de