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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (23/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Jueves 23 de noviembre de 2023 El Peruano / presente proyecto piloto han sido la carga procesal, el nivel de implementación del Despacho Judicial Corporativo de Familia, y la aplicación de la oralidad como buena práctica. En consecuencia, sobre la base de dicha información, se iniciará el proyecto piloto en las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Tacna, Arequipa y Piura. Quinto. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación del referido proyecto. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N.º 1912-2023 de la quincuagésima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 15 de noviembre de 2023, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Cáceres Valencia y Zavaleta Grández, sin la intervención del señor Bustamante Zegarra por encontrarse de viaje en comisión de servicio; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la implementación del Proyecto Piloto “Oralidad en los procesos de tenencia y régimen de visitas”, en las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Tacna, Arequipa y Piura. Artículo Segundo.- Autorizar al Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, la ejecución del Proyecto Piloto “Oralidad en los procesos de tenencia y régimen de visitas” en las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Tacna, Arequipa y Piura. Artículo Tercero.- Autorizar la asistencia técnica del Centro de Estudios de Justicia de las Américas – CEJA, para la implementación del Proyecto Piloto “Oralidad en los procesos de tenencia y régimen de visitas” en las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Tacna, Arequipa y Piura. Artículo Cuarto.- Aprobar el fi nanciamiento para la implementación del Proyecto Piloto “Oralidad en los procesos de tenencia y régimen de visitas”, que será asumido por el Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los procesos judiciales de familia”. Artículo Quinto.- Disponer que las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Tacna, Arequipa y Piura; así como la Gerencia General del Poder Judicial, adopten las medidas administrativas tendientes al adecuado cumplimiento de la presente resolución, en cuanto sea de su competencia, y en coordinación con el Equipo de Trabajo del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”. Artículo Sexto.- Disponer que la Presidencia de las mencionadas Cortes Superiores de Justicia provean del personal e infraestructura que resulten necesarias, para la implementación del Proyecto Piloto “Oralidad en los procesos de tenencia y régimen de visitas”. Artículo Sétimo.- Transcribir la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control, Cortes Superiores de Justicia del Callao, Tacna, Arequipa y Piura, Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2237685-1Imponen medida disciplinaria de destitución a Secretario Judicial del Trigésimo Octavo Juzgado Penal-Reos en Cárcel de Lima, Distrito Judicial de Lima INVESTIGACIÓN N° 247-2014-LIMA Lima, doce de julio de dos mil veintitrés.-VISTOS: La Investigación número doscientos cuarenta y siete guión dos mil catorce guión Lima que contiene la propuesta de destitución del señor Jesús Augusto Laura Antón, por su desempeño como Secretario Judicial del Trigésimo Octavo Juzgado Penal-Reos en Cárcel de Lima, Distrito Judicial de Lima, remitida por la Jefatura de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, mediante resolución número cincuenta y siete, de fecha tres de marzo de dos mil veintiuno, de fojas setecientos treinta y nueve a setecientos sesenta y seis; y, el recurso de apelación interpuesto por el referido investigado, contra los extremos de la citada resolución que declaró improcedente la excepción de prescripción del procedimiento disciplinario deducida por el recurrente, y dispuso la medida cautelar de suspensión preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial del investigado, hasta que se resuelva en de fi nitiva su situación jurídica materia de investigación disciplinaria. CONSIDERANDO: Primero.- Antecedentes.1.1. Mediante queja presentada el diez de julio de dos mil catorce, de fojas uno a dos, por la señora Katty Adelina Del Águila Ramírez se puso en conocimiento que el Secretario Judicial Jesús Augusto Laura Antón le habría estado extorsionando, tanto económicamente como sexualmente, a fi n de ayudarle en el proceso que seguía contra el procesado Fujimori Fujimori, bajo el sustento que el mencionado interno tendría in fl uencias. 1.2. En la misma fecha, se resolvió mediante resolución número uno, de fecha diez de julio de dos mil catorce, de fojas seis, realizar las investigaciones preliminares al respecto, la misma que mediante el Informe Reg. número seiscientos sesenta y dos guión dos mil catorce guión CMVR guión UIA guión OCMA de fecha veintitrés de julio de dos mil catorce, de fojas treinta y seis a treinta cuarenta y dos, propone abrir procedimiento administrativo disciplinario contra el servidor judicial Jesús Augusto Laura Antón. 1.3. Por resolución número cinco, de fecha veinticinco de julio de dos mil catorce, de fojas cuarenta y cuatro a cincuenta y seis, se abrió procedimiento administrativo disciplinario contra el servidor judicial Jesús Augusto Laura Antón en su actuación como Secretario Judicial del Trigésimo Octavo Juzgado Penal con Reos en Cárcel de Lima, Distrito Judicial de Lima, atribuyéndole -entre otro- el siguiente cargo: “Habría establecido relaciones extraprocesales con la parte demandada, representada por Katty Adelina Del Águila Ramírez, en el Expediente N° 23697-2013, sobre Hábeas Corpus, afectando su desarrollo procesal, con lo que habría incurrido en responsabilidad disciplinaria muy grave prevista en el numeral 8) del artículo 10º del Reglamento que regula el Procedimiento Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, que prevé “Son faltas muy graves: 8. Establecer relaciones extraprocesales con las partes o terceros, que afecten el normal desarrollo de los procesos judiciales”. 1.4. Por resolución número cuarenta y uno de fecha treinta de noviembre de dos mil dieciséis, de fojas cuatrocientos setenta y uno a cuatrocientos ochenta y tres, expedida por la Unidad de Investigación y Anticorrupción de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, propone en uno de sus extremos, se imponga