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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (26/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Domingo 26 de noviembre de 2023 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES CENTRAL DE COMPRAS PÚBLICAS Excluyen cuatro (4) Fichas Técnicas del rubro de Combustibles, aditivos para combustibles, lubricantes y materiales anticorrosivos del Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000156-2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA San Isidro, 24 de noviembre del 2023 VISTO:El Informe Nº 000191-2023-PERÚ COMPRAS- DES, de fecha 03 de noviembre de 2023, emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización; el Informe Nº 000311-2023-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 13 de noviembre de 2023, emitido por la O ficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, y; CONSIDERANDO: Que, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre otras: la de realizar las Compras Corporativas Obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente; realizar las Compras Corporativas Facultativas que le encarguen otras entidades del Estado; realizar las contrataciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente; promover y conducir los procedimientos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la contratación de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes; y, promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1018, modi ficado por la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, el numeral 110.3 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi ficatorias, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fichas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modi ficación o exclusión, previo sustento técnico; Que, el Anexo Nº 1 de De finiciones del Reglamento señala que, son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especi ficaciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan; Que, el numeral 8.14 de las Disposiciones Especí ficas de la Directiva Nº 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la obligatoriedad de su uso”, aprobada por Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi ficada y actualizada en su versión 3.0 por Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERÚ COMPRAS, establece que PERÚ COMPRAS podrá excluir una Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, previo sustento técnico de la veri ficación de los siguientes supuestos: i) Inexistencia de demanda del bien o servicio por las Entidades del Estado; ii) Pérdida de la condición de común del bien o servicio; e, iii) Inexistencia de la oferta del mercado de organismos evaluadores de la conformidad, para veri ficar la calidad del bien o servicio, de ser el caso; Que, el numeral 8.15 de las Disposiciones Especí ficas de la precitada Directiva, establece que a través de Resolución Jefatural se aprobará la modi ficación o la exclusión de la Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; Que, mediante Informe Nº 000191-2023-PERÚ COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización, sustenta y detalla técnicamente la exclusión de cuatro (4) Fichas Técnicas del rubro Combustibles, aditivos para combustibles, lubricantes y materiales anticorrosivos del Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC, en razón de que han perdido la condición de bien común, puesto que, no cuentan con más de un proveedor con capacidad para su comercialización; Que, a través del Informe Nº 000311-2023-PERÚ COMPRAS-OAJ, la O ficina de Asesoría Jurídica concluye que, conforme al sustento técnico expuesto por la Dirección de Estandarización y Sistematización y de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable, resulta legalmente viable la exclusión de las referidas Fichas Técnicas, al haberse con figurado la causal de exclusión relativa a la pérdida de la condición de bien común; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización, y la O ficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1018; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi ficatorias; la Directiva Nº 006-2016-PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi ficada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERÚ COMPRAS; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los literales d) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2019-EF; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Excluir cuatro (4) Fichas Técnicas del rubro de Combustibles, aditivos para combustibles, lubricantes y materiales anticorrosivos del Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC, conforme el siguiente detalle: Nº DENOMINACIÓN DEL BIEN VERSIÓN 1 GASOHOL 90 PLUS 042 GASOHOL 95 PLUS 053 GASOHOL 97 PLUS 054 GASOLINA 90 OCTANOS 02 Artículo Segundo .- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización gestione la exclusión de las Fichas Técnicas señaladas en el artículo precedente del Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC, publicado en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE. Artículo Tercero .- Disponer que la O ficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS (www.gob.pe/perucompras). Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO MASUMURA TANAKA Jefe de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS 2238716-1