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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (26/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Domingo 26 de noviembre de 2023 El Peruano / Que, al respecto, la O ficina de Planeamiento y Presupuesto a través del Informe Técnico Nº 000040-2023-OTASS-OPP, otorga su conformidad en el marco de todas sus competencias y como órgano responsable de emitir el informe previo favorable a que hace referencia el literal e) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31638, solicita se autorice una transferencia financiera a favor de la EPS GRAU S.A, EPSEL S.A., SEDALIB S.A., SEDA CHIMBOTE S.A., EPS BARRANCA S.A., EMAPA HUARAL S.A., EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A., EMAPA CAÑETE S.A., SEMAPACH S.A. y EMAPISCO S.A., para el arrendamiento de camiones cisternas, precisando que esta se efectúa en el marco del Decreto de Urgencia; Que, de acuerdo a lo informado por la O ficina de Planeamiento y Presupuesto, la transferencia financiera para arrendamiento de camiones cisterna a favor de las EPS citadas, se encuentra dentro del marco del Decreto de Urgencia, que autoriza al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, a realizar en las zonas declaradas en Estado de Emergencia por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (periodo 2023-2024) y probable ocurrencia del Fenómeno El Niño, el arrendamiento y adquisición de camiones cisternas a favor de EPS GRAU S.A, EPSEL S.A., SEDALIB S.A., SEDA CHIMBOTE S.A., EPS BARRANCA S.A., EMAPA HUARAL S.A., EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A., EMAPA CAÑETE S.A., SEMAPACH S.A., y EMAPISCO S.A., por lo que emite el informe favorable para efectuar la transferencia financiera requerida por la Dirección de Gestión y Financiamiento; Que, asimismo, la O ficina de Planeamiento y Presupuesto, a través del citado Informe Técnico Nº 000040-2023-OTASS-OPP, en el marco del literal e) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31638 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, emite el informe previo favorable como requisito legal para autorizar una transferencia financiera, precisando además lo siguiente: i) “La Dirección de Gestión y Financiamiento presentó la solicitud de transferencia financiera para el arrendamiento de camiones cisternas por S/ 3,399,983 a favor de las EPS GRAU S.A, EPSEL S.A., SEDALIB S.A., SEDA CHIMBOTE S.A., EPS BARRANCA S.A., EMAPA HUARAL S.A., EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A., EMAPA CAÑETE S.A., SEMAPACH S.A y EMAPISCO S.A., para atender la transferencia financiera para el arrendamiento de camiones cisterna en el marco del DU Nº 028-2023” ; ii) “En concordancia a lo señalado en la Exposición de Motivos del Decreto de Urgencia Nº 028-2023, lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 028-2023 y en base a lo sustentado por la DGF para realizar la transferencia de recursos financieros para arrendamiento de camiones cisternas de las EPS seleccionadas, esta O ficina señala que se cumple con la finalidad de finida en el mencionado Decreto de Urgencia” ; y iii) “(…) esta o ficina emite opinión favorable para la propuesta de transferencia financiera para el arrendamiento de camiones cisternas por S/ 3,399,983 a favor de las EPS GRAU S.A, EPSEL S.A., SEDALIB S.A., SEDA CHIMBOTE S.A., EPS BARRANCA S.A., EMAPA HUARAL S.A., EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A., EMAPA CAÑETE S.A., SEMAPACH S.A y EMAPISCO S.A.”; Que, la O ficina de Planeamiento y Presupuesto a través de su Informe Técnico Nº 000040-2023-OTASS-OPP, remite el Certi ficado de Crédito Presupuestario Nº 0000000897, por el importe ascendente a S/ 3,399,983.00 para la transferencia financiera a 10 EPS en el marco del Decreto de Urgencia Nº 028-2023 y que se encuentra firmado por el Jefe de la O ficina de Planeamiento y Presupuesto, en señal de conformidad; Que, con Informe Legal Nº 000389-2023-OTASS-OAJ, la O ficina de Asesoría Jurídica concluye que, contando con los informes técnicos de la Dirección de Gestión y Financiamiento, y de la O ficina de Planeamiento y Presupuesto, el cual cumple con el requisito previo señalado en la Ley Nº 31638 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, esto es, emitir el informe favorable, en el marco de su competencia, sobre la transferencia financiera; resulta legalmente viable, para la entidad, emitir el acto resolutivo que autorice la citada transferencia; Con el visado del Gerente General, del Director de la Dirección de Gestión y Financiamiento, del Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA; el Texto Único Ordenado Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado con Decreto Supremo Nº 016-2021-VIVIENDA; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA y el Decreto de Urgencia Nº 028-2023. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de transferencia financiera Autorizar una transferencia financiera del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, hasta por la suma de S/ 3,399,983.00 (Tres Millones Trescientos Noventa y Nueve Mil Novecientos Ochenta y Tres con 00/100 Soles), en el marco del Decreto de Urgencia Nº 028-2023, conforme al detalle Anexo a la presente Resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2023 de la Sección Primera: Gobierno Central, Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, Programa: 9002.Asignaciones presupuestarias que no resultan en Productos, Producto: 3999999 Sin Producto, Actividad: 5006412 Intervenciones extraordinarias del Fenómeno el Niño - FEM, Meta Presupuestal 0072 – Asistencia financiera a las EPS para arrendamiento y operación y mantenimiento de vehículos, maquinarias y equipos (DU 028-2023), Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, categoría de gasto 5. Gastos Corrientes, Sub Genérica de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias corrientes, detalle de la especí fica de gasto 2.4.1.3.1.4 A otras entidades públicas. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizados por el artículo 1 de la presente Resolución son destinados exclusivamente, bajo responsabilidad, a los fines transferidos y de acuerdo a las disposiciones y términos establecidos en el Decreto de Urgencia Nº 028-2023. Artículo 4.- Monitoreo y seguimiento El órgano competente del OTASS, realiza el monitoreo y seguimiento al cumplimiento de los fines y metas para los cuales se trans fieren los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 5.- Copia informativa Remitir copia informativa de la presente Resolución a la Oficina de Administración, a la O ficina de Planeamiento y Presupuesto, a la Dirección de Gestión y Financiamiento, a la Dirección de Operaciones, a la Dirección de Monitoreo y Evaluación, y a las EPS citadas en el Anexo de la presente Resolución, para los fines correspondientes. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el diario o ficial El Peruano y en el Portal Institucional del OTASS (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ERNESTO BENITES SARAVIA Director Ejecutivo