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26 NORMAS LEGALES Martes 3 de octubre de 2023 El Peruano / Tasación del mismo, ascendente a S/ 5 175,40 (CINCO MIL CIENTO SETENTA Y CINCO Y 40/100 SOLES), correspondiente al código HC-0008, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación del valor de la Tasación Disponer que el Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la Expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir el área del bien inmueble a favor del Bene fi ciario y orden de levantar toda carga o gravamen que contenga la partida registral 3.1 Disponer que el Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y noti fi cada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble a favor del Bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral respecto al área afectada del inmueble. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción registral del área del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP inscriba a favor del Bene fi ciario el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, noti fi que la presente Resolución Ministerial al Sujeto Pasivo de la Expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA AFECTADA DEL INMUEBLE PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “INSTALACIÓN DE BANDA ANCHA PARA LA CONECTIV IDAD INTEGRAL Y DESARROLLO SOCIAL DE LA REGIÓN HUANCAVELICA” SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL ÁREA AFECTADA DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESCOMUNIDAD CAMPESINA DE ACRAQUIACÓDIGO: HC-0008AREA AFECTADA : 45.80 m2 (0.0046 ha)AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 5 175,40 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:Por el Norte: Colinda con propiedad de terceros de COMUNIDAD CAMPESINA DE ACRAQUIA inscrita en la partida N° 11047597, el cual comprende el vértice A hasta el vértice B, con una distancia de 9.16 ml. Por el Sur : Colinda con propiedad de terceros de COMUNIDAD CAMPESINA DE ACRAQUIA, inscrita en la partida N° 11047597, el cual comprende el vértice C hasta el vértice D, con una distancia de 9.16 ml. Por el Este: Colinda con propiedad de terceros de COMUNIDAD CAMPESINA DE ACRAQUIA, inscrita en la partida N° 11047597, el cual comprende el lado B hasta el vértice C, con una distancia de 5.00 ml. Por el Oeste: Limita con el pasaje 201, iniciándose en el vértice D, hasta el vértice A donde fi naliza la colindancia con una longitud de 5.00 ml.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADODISTANCIA (m) WGS 84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 9.16 510655.1257 8628642.8067 B B-C 5.00 510664.1794 8628641.4147 C C-D 9.16 510663.4152 8628636.4728D D-A 5.00 510654.3616 8628637.8654 PARTIDA REGISTRAL: Nº 11047597 del Registro de Predios de la O fi cina Registral de Huancayo – Zona Registral N° VIII – Sede Huancayo. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: emitido con fecha 21 de junio de 2022, por la O fi cina Registral de Huancavelica – Zona Registral N° VIII – Sede Huancayo (Informe Técnico N° 010640-2022-Z.R. N° VIII-SEDE-HUANCAYO/UREG/CAT) . 2221208-1