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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (22/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Domingo 22 de octubre de 2023 El Peruano / intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC) con pertinencia social; Que, el literal a) del inciso 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza, de manera excepcional, entre otras, las transferencias fi nancieras, que realice el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” (hoy “Llamkasun Perú”) a favor de gobiernos locales, estableciendo en el inciso 16.2 del citado artículo, que dichas transferencias fi nancieras autorizadas se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y que, dicha resolución se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, el segundo párrafo del artículo 7 de la norma de creación del Programa establece que, el Programa podrá establecer lineamientos y emitir directivas de índole operativa para su funcionamiento institucional y desarrollo, en concordancia con lo dispuesto en el Manual de Operaciones; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 036-2023- LP/DE, se aprueban las Modalidades de Intervención del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” (hoy “Llamkasun Perú”), conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, el anexo de la precitada Resolución Directoral señala sobre la Modalidad de Intervención 3 - Ámbito de atención especial o interés público: “Esta modalidad de intervención aborda la necesidad de generar empleo temporal para la población en ámbitos priorizados por el Programa, en el marco del artículo 5 del Decreto Supremo Nº 002-2022-TR, los cuales presentan brechas económicas y/o sociales; así como, en aquellos ámbitos derivados de un mecanismo de dialogo o coordinación sectorial, intersectorial e intergubernamental”; Que, con Resolución Directoral Nº 150-2023-LP/DE, se aprueba la Directiva Nº 019-2023-LP/DE, denominada “Directiva para el fi nanciamiento de actividades de intervención inmediata, en el ámbito priorizado por el Programa, en los departamentos de Cusco-Ayacucho”, así como el Anexo Nº 01: “Cronograma de la convocatoria para el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata en el ámbito priorizado por el Programa en los departamentos de Cusco - Ayacucho”, el cual fue modi fi cado con las Resoluciones Directorales Nº 000232- 2023-MTPE/3/24.1, Nº 000250-2023-MTPE/3/24.1 y Nº 000262-2023-MTPE/3/24.1; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 210- 2023-LLP/DE, se aprueba el Listado de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles (AII-55), en el ámbito priorizado por el Programa, en los departamentos de Cusco - Ayacucho, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral, de cuyo contenido se observan seis (06) Actividades de Intervención Inmediata elegibles (AII-55), con un aporte total del Programa ascendente a S/ 585 452,00 (QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), con lo cual se estima generar 281 empleos temporales; Que, mediante O fi cio Nº 001210-2023-MTPE/3/24.1, la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, solicita al Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, la emisión de la resolución ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera por el importe total de S/ 585 452,00 (QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), para el pago del aporte total del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, en favor de organismos ejecutores públicos con quienes se han suscrito seis (06) convenios, con el objeto de fi nanciar la ejecución de actividades de intervención inmediata elegibles, en los distritos priorizados en los departamentos de Cusco y Ayacucho, en el marco de la modalidad de intervención 3: Ámbito de atención especial o interés público, con lo cual se estima generar 281 empleos temporales; para cuyo efecto, adjunta los informes técnicos de las unidades funcionales competentes que sustentan dicha transferencia;Que, mediante Memorándum Nº 001231-2023- MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 001474-2023-MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto, que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 000952-2023-MTPE/4/8 opina que es legalmente viable la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; y la Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público con quienes se han suscrito seis (06) convenios con el objeto de fi nanciar la ejecución de Actividades de Intervención Inmediata elegibles (AII-55), en los distritos priorizados en los departamentos de Cusco y Ayacucho, por el importe total de S/ 585 452,00 (QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” realice la supervisión y monitoreo de la ejecución físico fi nanciera de la transferencia materia de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que la presente resolución y su Anexo se publiquen en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el diario o fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2227325-1 Aprueban transferencia financiera del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 391-2023-TR Lima, 20 de octubre de 2023 VISTOS: el O fi cio Nº 001211-2023-MTPE/3/24.1 de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”; el Memorándum Nº 001281-2023-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; el Memorándum Nº 001232-2023-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 000951-2023-MTPE/4/8, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,