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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (28/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 103

103 NORMAS LEGALES Sábado 28 de octubre de 2023 El Peruano / VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio Nº 7730-2023-MP-FN-FSCN-FECCO, cursado por la abogada Mirtha Elena Medina Seminario, en ese entonces, encargada de la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, mediante el cual se eleva la carta de renuncia de la abogada Karen Kimberly Navarro Palomino, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, por motivos personales, informando que su último día de labores será el 23 de octubre de 2023, presentada el 06 de octubre de 2023; y, se remite la propuesta para cubrir la referida plaza fi scal. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la Ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. La Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno, aceptar la renuncia formulada y en mérito al marco normativo señalado y previa verifi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, así como nombrar y designar al personal fi scal en la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, que se generará en el Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, nombramientos y designaciones que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Karen Kimberly Navarro Palomino, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, así como su adecuación y las prórrogas de sus vigencias, con efectividad al 24 de octubre de 2023, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.os 1453-2017-MP-FN, 304-2022-MP-FN y 1563-2023-MP-FN, de fechas 05 de mayo de 2017, 10 de marzo de 2022 y 28 de junio de 2023, respectivamente.Artículo Segundo .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Karen Erika Sicos Salas, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, así como su adecuación y las prórrogas de sus vigencias, materia de las Resoluciones N.os 3230-2017-MP-FN, 834-2021-MP-FN y 1563-2023-MP-FN, de fechas 11 de septiembre de 2017, 08 de junio de 2021 y 28 de junio de 2023, respectivamente. Artículo Tercero .- Nombrar a la abogada Karen Erika Sicos Salas, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, con reserva de su plaza de origen. Artículo Cuarto .- Nombrar al abogado Marco Antonio Oncebay Palomino, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada. Artículo Quinto .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo tercero, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y lo dispuesto por la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 182-2022-MP-FN-JFS, de fecha 16 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Sexto .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo cuarto, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y lo dispuesto por la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 177-2022-MP-FN-JFS, de fecha 16 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Séptimo .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2229598-1 Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2849-2023-MP-FN Lima, 27 de octubre de 2023VISTOS Y CONSIDERANDO:Los o fi cios Nros. 1294, 1518, 1574 y 1646-2023-MP- FN-PJFSUCAYALI, cursados por el abogado Sebastian Pedro Ticona Flores, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, mediante los cuales se elevan las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yarinacocha, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante.