Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (28/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 111

111 NORMAS LEGALES Sábado 28 de octubre de 2023 El Peruano / y auxiliares asistenciales de la salud del MINSA, sus organismos públicos y las UE de los GORES y las CLAS a los que se re fi ere la Ley Nº 30967 en el precitado literal n) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 31638, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el año Fiscal 2023 y el literal ñ) numeral 8.1 del artículo 8 y el literal b) numeral 2 de la Centésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31635, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; y la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la mencionada norma, que autoriza el nombramiento del 20% de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud, los gobiernos regionales contratados al 31 de julio del 2022, bajo el Régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, que se encuentran registrados en el AIRHSP a la entrada en vigencia de dicha Ley; así como, el nombramiento del 100% del personal de la salud contratado en plaza presupuestaria vacante y que percibe sus ingresos en el marco del Decreto Legislativo Nº 1153. Que, los cargos estructurales que la Dirección Regional de Salud Madre de Dios propone para dar cumplimiento al proceso de nombramiento 2023, concuerda con el número de PEAS establecido en la relación nominal aprobada mediante la Resolución Directoral N° 133-2020-OGGRH/MINSA y modi fi catoria que aprueba la relación nominal de declarados aptos para el nombramiento, considerados en el Anexo 1-A de la Resolución Ministerial N° 280-2020-MINSA y modi fi catorias, cuyo nombramiento corresponde efectuarse durante el ejercicio fi scal 2023, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. Que, asimismo, lo propuesto concuerda con lo previsto en la Resolución Ministerial N° 764-2023-MINSA, en cuanto aprueba la relación nominal del total del personal de la salud declarado apto para el proceso nombramiento, según lo autoriza la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, precisando que las denominaciones de los cargos estructurales concuerdan con aquellas aprobadas en la citada relación nominal y con las establecidas en el MCC del MINSA. Que, la propuesta del CAP Provisional de la UE 400, sobre la cual se emite opinión favorable se ha formulado sobre la base del CAP Provisional actualizado y aprobado por Resolución Directoral, habiéndose elaborado sobre la base de la estructura orgánica aprobada en su ROF, respetando los límites establecidos para el número de cargos de servidores de con fi anza, según lo dispone el artículo 6 de la Ley N° 31419 y el Artículo 29 del Reglamento de la citada Ley. Que, el precitado Informe Técnico considera pertinente la propuesta del CAP Provisional presentado por la UE 400, por lo que otorga opinión favorable a la aprobación de dicho documento de gestión, conforme lo señala el numeral 6.3.1.8 de la Directiva y recomienda proseguir con las acciones administrativas necesarias para su aprobación y aplicación, según lo establecido en el numeral citado. Que, asimismo, el proyecto del Cuadro para la Asignación de Personal Provisional de la Unidad Ejecutora 400, de la Dirección Regional de Salud Madre de Dios, contiene los cargos necesarios para el nombramiento de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de acuerdo al porcentaje establecido en Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, sin sobrepasar los límites establecidos para el número de cargos de con fi anza EC, SP-DS y DSLDR, según lo dispone la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público; Ley Nº 31419 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM. Que, la propuesta de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP-P de la Unidad Ejecutora 400 de la Dirección Regional de Salud de Madre de Dios, cuenta con opinión legal favorable expresada en el Informe Legal Nº 642-2023-GOREMAD/ORAJ, con la expresa recomendación para la remisión de los actuados al Consejo Regional del Gobierno Regional Madre de Dios, a fi n de que éste proceda conforme a sus atribuciones legales. Que, la Comisión de Salud y Población, apreciando los fundamentos de orden técnico y jurídico antes señalados, mediante Informe N° 049-2023-GOREMAD- CSYP, la Comisión de Salud y Población del Consejo Regional Madre de Dios, concluye por la aprobación de la propuesta de Modi fi cación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la UE 400, de la Dirección Regional de Salud de Madre de Dios, proponiendo a su vez, la fórmula legal que obra en la parte dispositiva de la presente norma regional. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, por unanimidad. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:Artículo Primero.- APROBAR, el Cuadro Para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Unidad Ejecutora 400, de la Dirección Regional de Salud de Madre de Dios, conforme las especi fi caciones señaladas en el Informe Técnico Nº 000171-2023-SERVIR-GDSRH, emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) y sus Anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, la IMPLEMENTACIÓN del proceso de nombramiento de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud de la UE 400 de la Dirección Regional de Salud de Madre de Dios, en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Dirección Regional de Salud Madre de Dios y la O fi cina de Personal, en virtud de lo previsto en el literal n), numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- ENCOMENDAR a la Dirección Regional de Salud de Madre de Dios, la IMPLEMENTACIÓN de las recomendaciones establecidas en el Informe Técnico N° 000171-2023-SERVIR-GDSRH, de fecha 03 de octubre de 2023, emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la O fi cina de Personal de la Dirección Regional de Salud de Madre de Dios, poner la presente Ordenanza Regional en conocimiento de la Autoridad del Servicio Civil - SERVIR, para los fi nes correspondientes. Artículo Quinto.- DEJAR SIN EFECTO, las normas, resoluciones y demás disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente. Artículo Séptimo.- ENCARGAR, al Gobernador Regional, disponga la publicación de la presente ordenanza regional en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Madre de Dios, en cumplimiento del artículo 42 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, Provincia de Tambopata, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil veintitrés. EDGAR CLINT LÓPEZ CORNEJO Consejero Delegado POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil veintitrés. LUIS OTSUKA SALAZAR Gobernador Regional 2228559-1