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116 NORMAS LEGALES Sábado 28 de octubre de 2023 El Peruano / productivos y de comercialización de productos o servicios desarrollados por personas adultas mayores, (vii) articular con actores locales estratégicos para la ejecución de Saberes Productivos. 3.2. El Programa Nacional de Asistencia Solidaria PENSION 65, a través de la Unidad de Proyectos y Diseño de Intervenciones y la Unidad Territorial del departamento de La Victoria, brindará a la Municipalidad de La Victoria, asesoría y asistencia técnica en el diseño de la intervención, en la articulación con actores estratégicos regionales y locales, y realizará el monitoreo de la intervención Saberes Productivos en la localidad durante un periodo de hasta 12 meses a partir de la emisión de la presente ordenanza. Luego de ese tiempo, la asistencia técnica y monitoreo del Programa se realizará periódicamente y según demandas puntuales de la municipalidad. Al cambio de gestión local este ciclo de asesoría y asistencia técnica se repetirá. Artículo Cuarto.- UNIDAD RESPONSABLE . Sera responsable de conducir, orientar, supervisar, y monitorear la Intervención Saberes Productivos, la Gerencia de Desarrollo Humano, como órgano de línea dentro de la estructura orgánica funcional de la Municipalidad de La Victoria, y de acuerdo a su fi nalidad y funciones establecidas en al momento de su creación, la cual deberá contar con un equipo mínimo interdisciplinario a quienes el Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65 capacitará en la atención al adulto mayor. Artículo Quinto.- Se encarga a la Gerencia Desarrollo Humano la realización de las acciones administrativas para el cumplimiento de la presente ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase.RUBÉN CANO ALTEZ Alcalde 2229584-1 Ordenanza Municipal que aprueba el “Primer Matrimonio Civil Comunitario 2023” en el distrito La Victoria, que reduce el pago de la tasa establecida en el TUPA por derecho para la celebración de matrimonio civil ORDENANZA N° 424/MLV La Victoria, 6 de octubre de 2023 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo N° 020 de fecha 06 de octubre de 2023, Informe N° 000254-2023-OAC-SG/MLV, de fecha 14 de septiembre de 2023, de la Ofi cina de Asuntos Civiles, Informe N° 000219-2023-SG/ MLV, de fecha 15 de septiembre de 2023, de Secretaría General, Informe N° 000369-2023-SGPMPMI-GPP/MLV, de fecha 18 de septiembre de 2023, de la Subgerencia de Plani fi cación, Modernización y Programación Multianual de Inversiones, Memorando N° 000247-2023-GPP/MLV, de fecha 22 de septiembre de 2023, de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, Informe N° 000512-2023-GAJ/MLV, de fecha 28 de septiembre de 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorando N° 001003-2023-2023-GM/MLV, de fecha 28 de septiembre de 2023, de Gerencia Municipal y el O fi cio N° 000359-2023-SG/MLV, de fecha 29 de septiembre de 2023, de Secretaría General, Dictamen Conjunto N° 047- 2023-MLV, sobre la “ORDENANZA QUE APRUEBA EL PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2023, EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA, QUE REDUCE EL PAGO DE LA TASA ESTABLECIDA EN EL TUPA POR DERECHO PARA LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL”, y;CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, los cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración. La autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico; Que, mediante Informe N° 000254-2023-OAC-SG/ MLV, de fecha 14 de septiembre de 2023, la O fi cina de Asuntos Civiles, considera como acción a realizarse para el año 2023 un matrimonio civil comunitario en el distrito de La Victoria, toda vez que una de las prioridades de esta gestión es rea fi rmar los valores de la familia en la comunidad victoriana, siendo el matrimonio no solo una institución natural y fundamental de la sociedad y la familia, sino que además es el núcleo básico de toda sociedad, proponiendo que este se realice el día sábado 25 de noviembre del 2023 a las 10:00 a.m. en el Parque del Encuentro ubicado entre la Av. Principal y Calle Portocarrero; asimismo, propone que el costo total de la celebración del matrimonio sea de S/ 100.00 (Cien y 00/100 Soles), por pareja, este pago incluirá la apertura del expediente matrimonial (actas de celebración y ceremonia) y formatos entregados por la O fi cina de Asuntos Civiles (declaraciones juradas de testigos, de domicilio y de soltería), el costo no incluye el examen médico ni los documentos expedidos por la RENIEC (partida de nacimiento y la constancia negativa de inscripción de matrimonio); Que, mediante Informe N° 000219-2023-SG/MLV, de fecha 15 de septiembre de 2023, Secretaría General remite a Gerencia Municipal la propuesta de la O fi cina de Asuntos Civiles para la celebración de matrimonio civil comunitario masivo el 25 de noviembre de 2023; a fi n que se derive a las áreas correspondientes para la evaluación técnica y legal respectiva; Que, mediante Informe N° 000369-2023-SGPMPMI- GPP/MLV, de fecha 18 de septiembre de 2023, la Subgerencia de Plani fi cación, Modernización y Programación Multianual de Inversiones, señala que el proyecto de ordenanza se encuentra alineado a la Actividad Operativa: “Celebración de matrimonios civiles y comunitarios” establecidos en el Plan Operativo Institucional POI - Ampliación del horizonte temporal del 2018 – 2023 hasta el 2025; y la Acción Estratégica: “Procesos y Procedimientos simpli fi cados en la Municipalidad” enmarcada en el Objetivo Estratégico Institucional “Fortalecer la Gestión Institucional de la Municipalidad de La Victoria”, se encuentran establecidos en el Plan Estratégico Institucional PEI - Ampliación del horizonte temporal del 2018 – 2023 hasta el 2025; en ese sentido, otorga opinión favorable. Asimismo, mediante Memorando N° 000247-2023-GPP/MLV, de fecha 22 de septiembre de 2023, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, traslada los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica para su apreciación legal y trámite correspondiente; Que, mediante Informe N° 000512-2023-GAJ/MLV, de fecha 28 de septiembre de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite OPINIÓN favorable al Proyecto de “Ordenanza Municipal que aprueba el “I Matrimonio Civil Comunitario Presencial 2023” en el distrito de La Victoria, que reduce el pago de la tasa establecida en el TUPA por derecho para la celebración de Matrimonio Civil”, por ser el matrimonio no solo una institución natural y fundamental de la sociedad y la familia, sino que además es el núcleo básico de toda sociedad, y puesto que, la propuesta no trasgrede la normativa vigente; Que, mediante Memorando N° 001003-2023-2023- GM/MLV, de fecha 28 de septiembre de 2023, Gerencia Municipal emite su CONFORMIDAD respecto al Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el “I Matrimonio Civil Comunitario Presencial 2023”, en el distrito de La