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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (02/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Sábado 2 de setiembre de 2023 El Peruano / Nº 2433-2023-MIDAGRI-SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, que adjunta el Informe Nº 0819-2023-SG/OGPP-OCAI de la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales, el Informe Nº 1495-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, señala que ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia; asimismo, entre otras, ejerce competencia en materia de fl ora y fauna silvestre, así como de sanidad, inocuidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; Que, la citada Ley, en el literal a) del artículo 13 establece que el Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), es un Organismo Público adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), el cual conforme al artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1060, Decreto Legislativo que regula el Sistema Nacional de Innovación Agraria, como autoridad nacional en innovación tecnológica agraria, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Innovación Agraria, y constituye su autoridad técnico normativa a nivel nacional, dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con su ámbito; coordina su operación técnica y es responsable de su correcto funcionamiento en el marco de dicho Decreto Legislativo; Que, Korea-Latin America Food & Agriculture Cooperation Initiative (KoLFACI) es una iniciativa de cooperación multilateral que se enfoca en compartir el conocimiento y la experiencia en tecnología agrícola y servicios de extensión para promover el desarrollo agrícola sostenible en los países de América Latina y el Caribe. Asimismo, ha estado implementando numerosos proyectos con 13 países miembros: Bolivia, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú y República de Corea; Que, con fecha 04 de junio de 2020, el INIA, en el marco de sus competencias, suscribió con el KoLFACI el Proyecto de Cooperación Técnica con título “Investigación en mejoramiento de la fertilidad del suelo mediante la aplicación de tecnologías de transformación de estiércol en abonos, Perú”, por el periodo de seis (6) años, el cual tiene como objetivo general desarrollar una tecnología para mejorar la fertilidad de los suelos mediante la transformación del estiércol en abono orgánicos acelerado y de lenta liberación; Que, a través de la Carta DE-INTA-499-2023 de fecha 15 de agosto de 2023, la Dirección Ejecutiva del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria (INTA) informa al Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), que la Korea-Latin America Food & Agriculture Cooperation Initiative (KoLFACI), tomó la decisión de celebrar la reunión anual de evaluación del proyecto “Investigación para mejorar la fertilidad de suelo mediante la aplicación de la tecnología de transformación de estiércol en abono” que se realizará el 06 de setiembre de 2023, en la ciudad de San José, República de Costa Rica, señalando además que, participarán en la reunión, los representantes de la Secretaría de KoLFACI y los investigadores principales de los miembros del proyecto estiércol del ganado, por lo que desean invitar al señor Enrique Meseth Macchiavello; Que, la citada reunión tiene como objetivos: a) revisar las actividades avanzadas durante el tercer año y el plan a desarrollarse en los siguientes años, b) reforzar la capacidad de los investigadores principales a través de la presentación de resultados en auditorio y fase de campo, y c) establecer la red para intercambiar y compartir la información relativa al fertilizante orgánico entre los países miembros; Que, con O fi cio N° 275-2023-MIDAGRI-INIA-J de fecha 24 de agosto de 2023, el Jefe del INIA remite el expediente de autorización de viaje al exterior del señor Enrique Meseth Macchiavello, Director de la Subdirección de Investigación y Estudios Especiales de la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario, para su participación en la mencionada reunión; Que, resulta de interés nacional e institucional la participación del profesional del INIA, toda vez que, representará al país en la exposición de los avances y resultados del proyecto “Investigación en mejoramiento de la fertilidad del suelo mediante la aplicación de tecnologías de transformación de estiércol de ganado en abonos”, lo cual permitirá difundir las acciones realizadas en el Perú, y a su vez, promoverá la cooperación técnica internacional y genera alianzas estratégicas que conllevan a alternativas tecnológicas en bene fi cio de los agricultores del país; Que, los gastos que irrogue el viaje del señor Enrique Meseth Macchiavello, Director de la Subdirección de Investigación y Estudios Especiales de la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario del INIA, por concepto de viáticos y pasajes aéreos, serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, según lo indicado en la Certi fi cación de Crédito Presupuestario contenida en la Nota Nº 0000004723; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del citado profesional en el referido evento, resulta necesario autorizar el viaje a la ciudad de San José, República de Costa Rica, del 05 al 08 de setiembre de 2023; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modi fi catorias, establece que la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y Organismos Públicos Descentralizados se otorgará mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector; Con las visaciones del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2022-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI; y, la Resolución de Secretaría General N° 0076-2019-MINAGRI-SG, que aprueba la Directiva Sectorial N° 002-2019-MINAGRI, Directiva del procedimiento para la autorización del viaje, otorgamiento y el control de pasajes, viáticos y rendición de cuentas por Comisión de Servicios al exterior e interior del país; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Enrique Meseth Macchiavello, Director de la Subdirección de Investigación y Estudios Especiales de la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario del Instituto Nacional de Innovación Agraria, a la ciudad de San José, República de Costa Rica, del 05 al 08 de setiembre de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, están a cargo del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, de acuerdo al siguiente detalle: