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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (09/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Sábado 9 de setiembre de 2023 El Peruano / Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor RAMON OMAR OSTERLOH CUETO en el cargo de Director II de la Unidad de Gestión del Talento Humano e Integridad del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - AURORA del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese. NANCY TOLENTINO GAMARRA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2212264-1 RELACIONES EXTERIORES Cancelan Exequátur que reconoce a Cónsul Honorario de la República Federativa de Brasil en Pucallpa, con circunscripción en el departamento de Ucayali RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 133-2023-RE Lima, 8 de setiembre de 2023 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 229-2013-RE, de 20 de diciembre de 2013, se reconoció al señor Nelson Torres Contreras, como Cónsul Honorario de Brasil en Pucallpa, con circunscripción en el departamento de Ucayali; y, se le extendió el Exequátur correspondiente; Que, el artículo 25 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24 de abril de 1963, dispone que las funciones de un miembro de la o fi cina consular terminan, inter alia: i) por la noti fi cación del Estado que envía al Estado receptor de que se ha puesto término a esas funciones; ii) por la revocación del exequátur; y, iii) por la noti fi cación del Estado receptor al Estado que envía de que ha cesado de considerar a la persona de que se trate como miembro del personal consular; Que, a través de la Nota N° 296, de 20 de julio de 2023, la Embajada de la República Federativa de Brasil en el Perú informó el fallecimiento del señor Nelson Alcibíades Torres Contreras, quien desempeñaba el cargo de Cónsul Honorario de la República Federativa de Brasil en la ciudad de Pucallpa. Asimismo, solicitó a la Cancillería peruana se realicen las gestiones correspondientes para formalizar el término de su reconocimiento en dicho cargo; Que, el literal l) del artículo 116 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010- RE, señala que la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, tiene como una de sus funciones especí fi cas, constituir el nexo con el Cuerpo Consular acreditado en el Perú, evaluar y tramitar las solicitudes de Exequátur y Reconocimiento Provisional, así como prestar apoyo para el desempeño de sus actividades; Que, mediante Memorándum (DGC) N° DGC01333/2023, de 8 de agosto de 2023, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares emitió opinión favorable para proceder a la cancelación del Exequátur otorgado al señor Nelson Torres Contreras, quien fuera reconocido como Cónsul Honorario de la República Federativa de Brasil en la ciudad de Pucallpa; Que, en virtud de lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se puede disponer en el mismo acto de administración, que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros, y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto, el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo señalado en los incisos 11 y 13 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, en el artículo 25 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; SE RESUELVE:Artículo 1.- Cancelación de Exequátur Se cancela el Exequátur que reconoce al señor Nelson Torres Contreras, como Cónsul Honorario de la República Federativa de Brasil en Pucallpa, con circunscripción en el departamento de Ucayali, con e fi cacia anticipada al 20 de julio de 2023. Artículo 2.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2213641-4 Reconocen a Cónsul Honorario del Reino de Suecia en Lima, con jurisdicción en todo el Perú, con excepción de los departamentos de Cusco, Apurímac y Madre de Dios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 134-2023-RE Lima, 8 de setiembre de 2023CONSIDERANDO:Que, los numerales 1 de los artículos 2 y 11 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24 de abril de 1963, disponen que el establecimiento de relaciones consulares entre Estados se efectuará por consentimiento mutuo; y, el jefe de la o fi cina consular será provisto por el Estado que envía de un documento que acredite su calidad, en forma de carta patente u otro instrumento similar, extendido para cada nombramiento y en el que indicará, por lo general, su nombre completo, su clase y categoría, la circunscripción consular y la sede de la ofi cina consular; Que, el numeral 1 del artículo 12 de la referida Convención establece que el jefe de o fi cina consular será admitido al ejercicio de sus funciones por una autorización del Estado receptor llamada exequátur, cualquiera que sea la forma de esa autorización, con el cual, el Estado peruano reconoce al referido Cónsul; Que, el literal l) del artículo 116 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010- RE, señala que la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares tiene como una de sus funciones especí fi cas constituir el nexo con el Cuerpo Consular acreditado en el Perú; Que, mediante Nota N° 027/2022, de 19 de julio de 2022, la Embajada de Suecia en el Perú solicitó el consentimiento del Gobierno peruano para la apertura de un Consulado de Suecia en Lima, con circunscripción en todo el país, con excepción de los departamentos de Cusco, Apurímac y Madre de Dios;