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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (09/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Sábado 9 de setiembre de 2023 El Peruano / señor Francisco Alexander Gavidia Gavidia, Juez de Paz Letrado titular de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, como Juez Especializado provisional del Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; con competencia territorial en todo el distrito judicial. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Magistrado Coordinador del Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio, Corte Superior de Justicia de La Libertad, jueza y juez mencionados; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente Consejo Ejecutivo 2213399-1 Prorrogan plazo para la implementación de las disposiciones establecidas en la Resolución Administrativa N° 000253-2022-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000379-2023-CE-PJ Lima, 7 de septiembre del 2023VISTO:El O fi cio N° 001447-2023-P-CSNJPE-PJ, cursado por la Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000253-2022-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la aplicación en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, de la organización, funciones y estructura del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Administrativa N° 090-2018-CE-PJ, a excepción de los juzgados de paz letrados y juzgados de paz. Asimismo, que de forma transitoria, en tanto la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada no se constituya como unidad ejecutora, se le inaplican los artículos 26 y del 29 al 46 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Administrativa N° 090-2018-CE-PJ; debiendo en su lugar, la Gerencia de Administración Distrital con el apoyo de las unidades que la conforman, desarrollar las funciones establecidas en el artículo 23 del acápite “Cortes Superiores de Justicia que cuentan con menos de seis Salas Superiores” del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Administrativa N° 000321-2021-CE-PJ. Segundo. Que, asimismo, mediante Resolución Administrativa N° 000310-2022-CE-PJ, se dispuso el plazo de 120 días calendario para la implementación de las disposiciones establecidas en la Resolución Administrativa N° 000253-2022-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Posteriormente, dicha medida se prorrogó a través de las Resoluciones Administrativas Nros. 000430-2022-CE-PJ, 000073-2023-CE-PJ, 000143-2023-CE-PJ y 000287-2023-CE-PJ. Tercero. Que, al respecto, la Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada mediante O fi cio N° 001447-2023-P-CSNJPE-PJ, pone en conocimiento de este Órgano de Gobierno que se encuentra trabajando en la implementación de las disposiciones establecidas en la Resolución Administrativa N° 000253-2022-CE-PJ; por lo que se encuentran en reuniones preparatorias con la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial; así como la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, para la aprobación del Cuadro de Asignación de Personal-CAP institucional. En ese sentido, a fi n de consolidar la citada implementación, solicita la prórroga de 90 días calendarios para realizar el proceso de reestructuración de la mencionada Corte Superior Nacional. Cuarto. Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia; por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la propuesta presentada. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 1442-2023 de la trigésima octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 29 de agosto de 2023, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Prorrogar, por 90 días calendario, el plazo señalado en la Resolución Administrativa N° 000310-2022-CE-PJ y prorrogado mediante Resoluciones Administrativas Nros. 000430-2022-CE- PJ, 000073-2023-CE-PJ, 000143-2023-CE-PJ y 000287-2023-CE-PJ, para la implementación de las disposiciones establecidas en la Resolución Administrativa N° 000253-2022-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente Consejo Ejecutivo 2213403-1 Imponen medida disciplinaria de destitución a Asistente de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima INVESTIGACIÓN DEFINITIVA N° 1527-2020-LIMA Lima, diez de mayo de dos mil veintitrés.- VISTA: La Investigación De fi nitiva número mil quinientos veintisiete guión dos mil veinte guión Lima que contiene la propuesta de destitución del señor José Carlos Acevedo Rey, por su desempeño como Asistente de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, remitida por la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolución número treinta y cinco, de fecha tres de agosto de dos mil veintidós, de fojas novecientos setenta y cuatro a mil ocho; y, el recurso de apelación interpuesto por el citado investigado contra la misma resolución, en el extremo que dispuso medida cautelar de suspensión preventiva en el ejercicio de todo cargo en