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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (09/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Sábado 9 de setiembre de 2023 El Peruano / económica de sepelio de los asegurados a los regímenes de fi nanciamiento subsidiado y semicontributivo a cargo del SIS; Que, a través de la Resolución Jefatural N° 119- 2019/SIS, se actualiza la Directiva Administrativa N° 002-2019-SIS/GNF- V.02 “Directiva Administrativa que regula el procedimiento de trámite y reconocimiento del reembolso de las Prestaciones Económicas de Sepelio para los Asegurados del Seguro Integral de Salud”, cuya fi nalidad es dotar al SIS de un procedimiento que regule la tramitación y reconocimiento del reembolso de la prestación económica de sepelio para los asegurados a los regímenes de fi nanciamiento subsidiado y semicontributivo del SIS; Que, los numerales 8.1 y 8.2 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-SIS/GNF-V.02 establecen, respectivamente, que “La presente Directiva Administrativa se aplica para el procedimiento de trámite y reconocimiento del reembolso de la PES y los procedimientos complementarios comprendidos en la presente Directiva Administrativa, a partir de su vigencia” y que “Los expedientes de la PES cuyo trámite aún no haya fi nalizado a la fecha de entrada en vigencia de la presente Directiva Administrativa, continuarán tramitándose de acuerdo a las disposiciones de la normatividad vigente al momento de su tramitación y hasta su reembolso”; Que, a través del Memorando N° 001822-2023- SIS/OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional aprueba y adjunta la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000001307, cuyo monto asciende a S/. 68 332 549,64 (Sesenta y ocho millones trescientos treinta y dos mil quinientos cuarenta y nueve con 64/100 Soles) en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en mérito al Memorando N° 002103-2023-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; Que, mediante el Memorando N° 001122-2023-SIS/ OGTI, la O fi cina General de Tecnología de la Información hace suyo el Informe N° 000120-2023-SIS/OGTI-US, en el cual señala que han realizado las validaciones y el cruce regular de los Formatos Únicos de Atención - FUA de prestaciones económicas de sepelio con el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, y la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, generando y poniendo a disposición de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, los reportes de cierre de producción correspondientes al periodo calendario del mes de julio 2023; Que, a través del Memorando N° 002432-2023-SIS/ GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento hace suyo el Informe N° 000024-2023-SIS/GNF-EGVR por medio del cual, entre otros aspectos, concluye que “El número de FUA programadas para pago de Sepelios por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios (RO) son de 8,022 (Ocho mil veintidós) FUA por el importe de S/ 7 876 780,00 (Siete millones ochocientos setenta y seis mil setecientos ochenta con 00/100 Soles)”, recomendando aprobar la programación de las prestaciones económicas de sepelio correspondiente al periodo calendario del mes julio 2023; Que, mediante Informe Legal N° 000603-2023-SIS/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, sobre la base de las opiniones técnicas de la Ofi cina General de Tecnología de la Información, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, considera que resulta viable que la Jefa del SIS, al amparo de las disposiciones contenidas en la Directiva Administrativa N° 002-2019-SIS/GNF-V.02 “Directiva Administrativa que regula el procedimiento de trámite y reconocimiento del reembolso de las Prestaciones Económicas de Sepelio para los asegurados del Seguro Integral de Salud”, aprobada por Resolución Jefatural N° 119-2019/SIS, emita la resolución jefatural que apruebe la programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio a favor de los a fi liados que se detallan en el archivo digital adjunto al Informe N° 000024- 2023-SIS/GNF-EGVR; Con el visto del Director General (e) de la O fi cina General de Tecnología de la Información; del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; del Secretario General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023; en el Decreto de Urgencia N° 046-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y fi nanciera para fortalecer el aseguramiento universal en salud en el marco de la emergencia nacional por la COVID-19, modi fi cado por el Decreto de Urgencia N° 078-2021; en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; en la Directiva Administrativa N° 001-2016-SIS/GNF-V.01, aprobada por Resolución Jefatural N° 090-2016/SIS; y, en la Directiva Administrativa N° 002-2019-SIS/GNF-V.02 aprobada por Resolución Jefatural N° 119-2019/SIS. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional por la suma de S/ 7 876 780,00 (Siete millones ochocientos setenta y seis mil setecientos ochenta y 00/100 Soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, correspondiente a las solicitudes de prestaciones económicas de sepelio del mes julio 2023, según el detalle que obra en archivo digital adjunto al Informe N° 000024-2023-SIS/GNF-EGVR. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento adoptar las acciones que correspondan para hacer efectivo el cumplimiento de la presente resolución. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución a la Ofi cina General de Administración de Recursos, a fi n de realizar las acciones necesarias para el cumplimiento de la programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio señalada en el artículo 1. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Jefa del Seguro Integral de Salud 2213628-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Designan Jefe de la Oficina de Planeamiento y Modernización del OSCE RESOLUCIÓN Nº D000195-2023-OSCE-PRE Jesús María, 7 de septiembre del 2023 VISTOS: El Informe Nº D000284-2023-OSCE-UREH de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe Nº D00452-2023-OSCE-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 51 de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa,