NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (15/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 76
TEXTO PAGINA: 48
48 NORMAS LEGALES Viernes 15 de setiembre de 2023 El Peruano / El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo N.° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley N.° 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N.° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la Ley N.° 30483, también modi fi cada mediante Ley N.° 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. La Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo de Fiscal Provincial del Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos de Arequipa, así como también al Fiscal Adjunto Provincial del referido Despacho, cuya plaza se va a generar en virtud al nombramiento del Fiscal Provincial, nombramientos y designaciones que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo N.° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N.° 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Luis César Salas Bejarano, Fiscal Adjunto Provincial Titular Especializado en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio (Corporativo) de Arequipa, Distrito Fiscal de Arequipa, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos de Arequipa, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.° 1025-2015-MP-FN, de fecha 25 de marzo de 2015. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Luis César Salas Bejarano, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos de Arequipa, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Nombrar a la abogada Rosalu Inofuente Soncco, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos de Arequipa. Artículo Cuarto.- Disponer que los nombramientos y designaciones señalados en los artículos segundo y tercero, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Ofi cina General de Potencial Humano y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2215275-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Modifican la Resolución Jefatural N° 000042-2023/JNAC/RENIEC, mediante la cual se delegó facultades en diversos funcionarios de RENIEC; y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000152-2023/JNAC/RENIEC Lima, 14 de septiembre de 2023VISTOS: El Informe N° 000234-2023/OAF/ULG/RENIEC (05SET2023) de la Unidad de Logística de la O fi cina de Administración y Finanzas; el Memorando Nº 000912-2023/OAF/RENIEC (06SET2023) de la O fi cina de Administración y Finanzas, el Informe N° 001129-2023/OAJ/RENIEC (11SET2023) de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que mediante Resolución Jefatural N° 000042-2023/ JNAC/RENIEC (17FEB2023), se efectuó la delegación de facultades en diversos funcionarios de RENIEC; Que en virtud del Informe N° 000234-2023/OAF/ ULG/RENIEC (05SET2023), la Unidad de Logística de la O fi cina de Administración y Finanzas sustenta la necesidad que se le delegue la facultad de aprobación de los expedientes de contratación de Acuerdo Marco, lo cual garantizaría la efectiva y oportuna atención de las referidas contrataciones; Que el numeral c) del Artículo Tercero de la Resolución Jefatural N° 000042-2023/JNAC/RENIEC (17FEB2023), delegó en la Jefa de la O fi cina de Administración y Finanzas, la facultad de aprobar los expedientes de contratación de Acuerdo Marco; Que de acuerdo a lo establecido en el literal q) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por la Resolución Jefatural Nº 000086- 2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modi fi catoria, el Jefe Nacional del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC) cuenta, entre sus atribuciones, con la facultad de delegar en el Secretario General, Gerente General, Directores, Sub Directores, Jefes de Ofi cina y Jefes de Unidad, las facultades y atribuciones que le asigne la Ley y el Reglamento de Organización